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Tópico: INCONSISTENCIA CON MIS INGRESOS CON RFC DE COLEGIATURAS...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2016 15:16:07 Asunto: Re: INCONSISTENCIA CON MIS INGRESOS CON RFC DE COLEGIATURAS...
Buenas tardes Solicita la devolución manual, si la inconsistencia persiste te van a requerir conforme al CFF para que presentes toda tu documentación y ya explicas la situación mediante escrito libre Saludos
Tópico: Endosatario en Procuración
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Agosto 17, 2016 13:50:58 Asunto: Endosatario en Procuración
Buenas Tardes al Foro Tengo el caso de un descuento por embargo de sueldo por orden judicial y en la orden del Juez se nombra a un endosatario en procuración para entregarle a el los cheques de ese embargo mi pregunta ¿ Es correcto que se nombre a un endosatario para entregar estos pagos ? y que procedimiento me recomendarían seguir Gracias
Tópico: Expediente Laboral de un Empleado
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Agosto 17, 2016 13:27:48 Asunto: Re: Expediente Laboral de un Empleado
Buenas tardes Aunque los documentos base son los que cito el camarada Enrique, dependiendo del giro de la empresa o si es sector Gobierno yo le agregaría -Carta de Antecedentes no penales -Carta de no Inhabilitación como servidor público (si es gobierno) -Cartilla militar (varones) -Título Profesional -Curriculum Vitae
Tópico: registor contable de compras y ventas en efectivo y a credito personas morales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2016 13:18:03 Asunto: Re: registor contable de compras y ventas en efectivo y a credito personas morales
buenas tardes Más que del foro fiscal sería en el foro contable pero con gusto trataremos de ayudarte Primeramente aquí veo una contabilidad de costos es decir compras varios insumos para lograr un producto final en diferentes procesos y obvio todo eso te genera un costo Aquí te sugiero sin hacer propaganda un libro de costos muy famoso para ir entrando en materia cuando tu compras tus insumos, materia prima o materiales y los adicionas o transformas, hay que tener en cuenta los elementos que conforman el Costo -Materiales -Mano de Obra -Gastos Indirectos estos factores obviamente inciden en el precio de venta final de tu producto (terminado o semiterminado) un ejemplo si la base de pintura te cuesta 100 , pero para lograr un determinado color o acabado ocupas un empleado y obvio luz, maquina igualadora y etiquetas etc ya no son 100 pesos sería por decir algo 120 pesos, ese digamos seria tu costo de ventas de un producto terminado , mismo que tendrías que manejar en una cuenta de balance dentro del rubro de inventarios que se llamaría 'almacén de productos terminados' Ese producto lo quieres vender y tu consideras un margen de ganancia de 30% luego entonces tu precio de venta sería $156 .00 consecuentemente tu asiento para reconocer ese ingreso sería Bancos(si es contado) Clientes (si es crédito ) 156.00 Ventas 156.00 y hay que afectar el inventario mediante este asiento mediante una póliza de diario Costo de ventas 120.00 Inventario de Productos Terminados 120.00 esto cada vez que enajenes o vendes un producto no hay que olvidar que una obligación que marca la ley de ISR es realizar un inventario físico y aquí hay que atender a los diferentes métodos de valuación de inventarios que señala el Art 41 que son PEPS Costo Identificado Costo Promedio Detallista El costo de Ventas se determinaría así Inventario Inicial + Compras Netas - Inventario Final Si necesitas mas ayuda en específico te dejo mi correo ozielsilva@hotmail.com Espero no haberte confundido
Tópico: CFDI de nominas en pacialidades
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2016 09:49:20 Asunto: Re: CFDI de nominas en pacialidades
Buenas tardes Primeramente habría que checar con mucho cuidado el contrato, reglamento o acuerdo en particular a esta situación Por ejemplo en mi empresa se tiene pactado un haber de retiro y un programa de pensiones complementarias al IMSS, de esa manera se efectúan pagos periódicos por 24 meses y claro a los que causan ISR se les retiene y se emite el CFDI correspondiente un pago de nomina como tal no puede hacerse en parcialidades, te recomiendo tener especial cuidado con esto
Tópico: Ingresos Exentos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2016 09:29:47 Asunto: Re: Ingresos Exentos
Buenas Tardes El art 150 nos señala que 'las personas físicas que obtengan en un año de calendario, a[color=blue] excepción de los exentos[/color] y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto mediante declaración anual. Y el articulo 93 nos maneja las pocas exenciones que quedan en los ingresos de personas físicas El concepto exento como tal para el CFF solo se cita en el Art 14B penúltimo párrafo 'En las declaraciones del ejercicio correspondientes a la sociedad fusionada o a la sociedad escindente que desaparezcan, se deberán considerar todos los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas; el importe total de los actos o actividades gravados y [color=blue]exentos[/color] y de los acreditamientos; el valor de todos sus activos o deudas, según corresponda, que la misma tuvo desde el inicio del ejercicio y hasta el día de su desaparición. En este caso, se considerará como fecha de terminación del ejercicio aquélla que corresponda a la fusión o a la escisión.' Al menos lo que encontré yo Quedamos en contacto
Tópico: Compensación 2016
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2016 14:56:37 Asunto: Re: Compensación 2016
buenas tardes La opción es la siguiente SAT/tramites/devolucionesycompensaciones/aviso de compensación tienes que tener a la mano tu papel de trabajo, donde se origino ese saldo a favor de pago de lo indebido y tus auxiliares contables https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/ Te dejo el link Saludos
Tópico: Facturas de 2014 pagadas hasta 2015 ¿no deducibles?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2016 14:46:21 Asunto: Re: Facturas de 2014 pagadas hasta 2015 ¿no deducibles?
buenas tardes Cito lo siguiente : Que tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren los artículos 72 y 73 de esta Ley, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 17 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate, se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante transferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones. Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en el comprobante fiscal que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses, excepto cuando ambas fechas correspondan al mismo ejercicio. Y el art 46 del Reglamento de ISR nos dice que 'Para los efectos del artículo 31, fracción XIX, primer párrafo de la Ley, tratándose de gastos deducibles de servicios públicos o contribuciones locales y municipales, cuya documentación comprobatoria se expida con posterioridad a la fecha en la que se prestaron los servicios o se causaron las contribuciones, los mismos podrán deducirse en el ejercicio en el que efectivamente se obtuvieron o se causaron, aun cuando la fecha del comprobante respectivo sea posterior y siempre que se cuente con la documentación comprobatoria a más tardar el día en el que el contribuyente deba presentar su declaración del ejercicio en el que se efectúe la deducción. Esperando esta información sea de utilidad
Tópico: SUA y WINDOWS 10
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 12, 2016 10:52:57 Asunto: Re: SUA y WINDOWS 10
Buenos Días al menos a mi si me causo bastante conflicto te recomiendo primero hacer un respaldo de todo tu SUA y obvio sacar los pagos del mes Julio y archivos y dejarlos listos tendras que bajar el instalador de SUA de la pagina del IMSS y los complementos Una vez ya instalado te recomiendo checar la configuración de tu PC debes elegir como región la de México y checar en que directorio lo instalaste por lo regular debe ser C:SUA o C:COBRANZA y que se hayas instalado correctamente a lo menos la versión 3.4.6. Espero haberte ayudado
Tópico: Venta de terreno
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2016 11:14:47 Asunto: Re: Venta de terreno
ok entonces se debe seguir con lo estipulado en al Art. 19 de LISR para determinar la ganancia por la enajenación de terreno y en este caso el pago seria en especie (fletes) recomiendo llevar un cuidado especial en las cuentas contables y en la emisión del CFDI

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