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25/Jun/21 13:08
COEFICIENTE DE UTLIDAD DESPUÉS DE 5 AÑOS

Buenas tardes, recurro al foro nuevamente para exponer lo siguiente

Me queda la duda con respecto al Art 14 de la LISR que refiere al coeficiente de utilidad que dice:

'Cuando en el último ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad conforme a lo dispuesto en esta fracción, se aplicará el correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente, sin que ese ejercicio sea anterior en más de cinco años a aquél por el que se deban efectuar los pagos provisionales. '

Por ejemplo

Si una empresa inicio sus actividades en 2014

¿genera coeficiente? OBLIGADO A PP´s AÑO
2014 inicia NO NO
2015 SI SI
2016 NO SI 1
2017 NO SI 2
2018 NO SI 3
2019 NO SI 4
2020 NO SI 5
2021 NO ¿NO?

Aquí es donde me queda la duda si a partir del 2021 ya no estoy obligado a efectuar pagos provisionales puesto que ya pasaron los 5 años que señala el referido artículo

Agradecería sus comentarios al respecto y lo que puedan adicionar
 
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oziel
Capitán Segundo

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25/Jun/21 13:32
Re: COEFICIENTE DE UTLIDAD DESPUÉS DE 5 AÑOS

Si estás obligado, no tendrías coeficiente, el resultado es que vas a declarar en ceros.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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25/Jun/21 13:47
Re: COEFICIENTE DE UTLIDAD DESPUÉS DE 5 AÑOS

Artículo 14 LISR. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago,
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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