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07/Oct/09 12:56
Re: Pago en una sola exhibicion

HOLA:
lruizuscanga:
Si puedes utilizar los estados de cuentas bancarios cumpliendo los requisitos, además debes cumplir con esto:

RMF2009
I.2.4.15

Para los efectos del artículo 29-C, fracción II del CFF, el documento a que se hace referencia podrá ser un comprobante simplificado en términos de los artículos 29-A, último párrafo del CFF, 37 y 38 de su Reglamento, tales como una nota de venta, nota de remisión, comprobante emitido por terminal punto de venta o máquina registradora de comprobación fiscal y convencional o cualquier comprobante que se emita por la transacción ya sea que se emita electrónica o manualmente y siempre que en el comprobante se describan los bienes o servicios adquiridos y contengan en forma expresa y por separado los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable.
Tratándose de documentos que se emitan manualmente, además de los requisitos señalados anteriormente, deberán contener preimpreso el RFC del enajenante, del prestador del servicio o del otorgante del uso o goce temporal de bienes.
CFF 29-A, 29-C, RCFF 37, 38

Y cuando te revise la autoridad le vas a mostrar la factura que dice 'PAGO EN UNA SOLA EXHIBICION'?
 

 
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SaúlCastroVázqz
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07/Oct/09 13:34
Re: Pago en una sola exhibicion

Pues si pues es el unico documento que tendria para ampara la operacion ya que la obligacion de expedir los comprobantes por pagos parciales no es mia, ni tampoco lo del pago en una sola exhibicion...
 
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lcruizuscanga
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07/Oct/09 14:05
Re: Pago en una sola exhibicion

es practica comun (comercialmente hablando) que al efectuar un pago este este incompleto, sin embargo fiscalmente se tiene el problema del acreditamiento del iva. Es dificil cumplir tecnicamente con esta disposicion de pagar en parcialidades por que es un pago parcial hasta el momento en que se hace un pago cuando la factura original ya esta en poder del cliente, en este tenor, como ponerle la leyenda? lo mas sano es solicitar solo el comprobante por la parcialidad, este comprobante en la practica no se entrega (elabora) por 'flojera' de muchos de nosotros ya que la bronca se endosa al cliente (problema del acreditamiento). Cuando estas del lado del cliente tienes que luchar contra la ignorancia d emuchos de nosotros y restregarles en la cara que CFF nos dice que los comprobantes de parcialidades no deben estar autorizados por el sat pero si cumplir con ciertos requisitos...si es asi, por que no mandar imprimirlos y expedirlos cuando se de el caso? Respuesta= Ingnorancia, valemadrismo y flojera,......


salu2
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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07/Oct/09 15:25
Re: Pago en una sola exhibicion

HOLA:
liruizuscanga:
La verdad no te endiendo ni papas, pero bueno.

Disculpa el haber opinado.
 

 
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SaúlCastroVázqz
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07/Oct/09 18:17
Re: Pago en una sola exhibicion

no problema mi estimado saul....
 
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lcruizuscanga
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07/Oct/09 18:34
Re: Pago en una sola exhibicion

En resumen:

Para ISR es totalmente deducible

Para IVA solo me acredito el IVA efectivamente pagado

Para IETU deduzco lo efectivamente pagado


Gracias de antemano....
 
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lcruizuscanga
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08/Oct/09 08:18
Re: Pago en una sola exhibicion

De acuerdo contigo...
 
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CP_PACO
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08/Oct/09 08:58
Re: Pago en una sola exhibicion

¿¿¿Y que pasa con la parte de la deuda no pagada para efectos de ISR???Editado: Octubre 08, 2009 08:58:59
 
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.
 
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BR2
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08/Oct/09 09:35
Re: Pago en una sola exhibicion

HOLA:
Deducciones o acreditamientos que se comprueban a través de estados de cuenta:
I.2.4.16. No obstante lo señalado en la regla I.2.4.15., los contribuyentes podrán comprobar las erogaciones por las adquisiciones de bienes, por el uso o goce temporal de bienes o la prestación de servicios, con los estados de cuenta originales en los que conste el pago realizado por los medios que señala el artículo 29-C, primer párrafo sin que se cuente con el documento señalado en la fracción II del mencionado artículo, siempre que se cumpla con lo siguiente:
a) Que se trate únicamente de erogaciones por actos o actividades gravados a la tasa del 15% ó 10%, previstas en los artículos 1 y 2 de la Ley del IVA, según corresponda.
b) Que el estado de cuenta original contenga la clave del RFC de quien enajena los bienes, otorga el uso o goce temporal de los bienes, o presta el servicio.
c) Que registren en su contabilidad, de conformidad con el Reglamento del CFF, las operaciones a que se refiere esta regla que ampare el estado de cuenta.
d) Que vinculen las operaciones registradas en el estado de cuenta directamente con los gastos, las erogaciones por la adquisición de los bienes, por el uso o goce de bienes, o por la prestación de servicios, y con las operaciones registradas en su contabilidad, en los términos del artículo 26 del Reglamento del CFF.
e) Que conserven el original del estado de cuenta durante el plazo que establece el artículo 30 del CFF.
f) Que cada transacción no rebase el monto de $100,000.00, sin incluir el importe del IVA.
Cuando en el estado de cuenta que se emita a los contribuyentes no se señale el importe del IVA trasladado, dicho impuesto se determinará dividiendo el monto de cada operación establecido en el estado de cuenta respecto de las erogaciones efectuadas, entre 1.10 ó 1.15, según se trate de erogaciones afectas a la tasa del 10% ó 15% respectivamente. Si de la operación anterior resultan fracciones de la unidad monetaria, la cantidad se ajustará a la unidad más próxima. Tratándose de cantidades terminadas en cincuenta centavos, el ajuste se hará a la unidad inmediata inferior. El resultado obtenido se restará al monto total de la operación y la diferencia será el IVA trasladado.
CFF 29-C, 30, IVA 1, 2, RCFF 26, RMF 2009 I.2.4.15.
 

 
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SaúlCastroVázqz
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08/Oct/09 10:35
Re: Pago en una sola exhibicion

Buen punto saul, pues si, lamentablemente las operaciones en algunos casos sobrepasan los $100,000

por otra parte las diferencias no pagadas...pues en estos casos solicitariamos mejor la nota de credito...mejor dicho se harian las notas de credito....

son operaciones entre empresas del mismo grupo....

se me hace que pudiera incluso haber partes relacionadas...pero esa es otra historia

gracias de nuevo
 
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lcruizuscanga
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