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Tópico: Pensión Alimenticia a hij@ Deducible?
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2013 19:23:50 Asunto: Pensión Alimenticia a hij@ Deducible?
Buenas. Pues tengo una hija de 5 años y siempre me he hecho cargo de ella pero por diversos problemas con mi ex, metí demanda y el juez ordenó pensión alimenticia provisional. La verdad más cómodo, ya que no tengo que ir al banco a depositar. El caso es que, si está calculada antes de impuestos, no considero deba ser un ingreso por el que deba pagar impuestos, es deducible de algún modo? Soy actualmente sueldos y salarios pero para el próximo año me cambiaré a servicios profesionales, la podré hacer deducible mes con mes? Gracias por sus comentarios Saludos
Tópico: Administrador de Arrendamiento de una persona física
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2013 00:48:21 Asunto: Re: Administrador de Arrendamiento de una persona física
[quote]jerry_02600: Hola. tengo un caso: Se trata de una persona física de régimen de arrendamiento la cuál dió la administración a otra persona física la cual es digamos 'ama de casa' el caso es: 1. El total de las rentas es depositado a la cuenta del administrador éste toma su 10% de las rentas y el otro 90% lo entrega al dueño. 2. Se trata de un edificio de 40 deptos por los cuáles nadamas se expide factura a 2 de ellos. El detalle es que al administrador le llego aviso del sat para presentar el pago de impuestos por los ingresos que tiene en su cuenta personal. Revisando un poco la Ley me encontré que el administrador puede fungir como un subarrendador,diciendo por ejemplo: Total de rentas del mes 500,000 Deducciones (90%) = 450,000 Base Gravable = 50,000 Según yo es una buena salida, pero como se comprueba que es cierto ésto, tiene que haber un contrato de por medio?,el subarrendador debe expedir facturas al arrendador por los 50,000?? si es así las facturas tendrían que ser mas IVA el cual lo hace sujeto de IVA Saludos[/quote]
Tópico: Administrador de Arrendamiento de una persona física
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2013 00:24:04 Asunto: Administrador de Arrendamiento de una persona física
Hola. tengo un caso: Se trata de una persona física de régimen de arrendamiento la cuál dió la administración a otra persona física la cual es digamos 'ama de casa' el caso es: 1. El total de las rentas es depositado a la cuenta del administrador éste toma su 10% de las rentas y el otro 90% lo entrega al dueño. 2. Se trata de un edificio de 40 deptos por los cuáles nadamas se expide factura a 2 de ellos. El detalle es que al administrador le llego aviso del sat para presentar el pago de impuestos por los ingresos que tiene en su cuenta personal. ¿Que se puede hacer en éste caso, como comprueba el adminsitrador que su ingreso únicamente representa el 10% del total de los ingresos, bajo que régimen se debe actualizar al administrador? Quedo en espera de sus comentarios Saludos
Tópico: contribuyente con CBB que sigue emitiendo facturas cuando rebaso el limite
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2013 00:12:15 Asunto: Re: contribuyente con CBB que sigue emitiendo facturas cuando rebaso el limite
Hola Estrictamente los comprobantes emitidos despues de rebasar el límite no son válidos, en consecuencia no representan un comprobante fiscal y reitero 'estrictamente' sin embargo el problema es para la PM o PF que los emitió, y ojo la reforma del 31 de Mayo ya no contempla 4,000,000 se bajo el monto a 250,000, te pongo el extracto: [b]Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos[/b] I.2.8.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, las personas físicas y personas morales que tributen en el Título II de la Ley del ISR que en el último ejercicio fiscal, hubieran manifestado en la declaración anual del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $250,000.00, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa con dispositivo de seguridad. Los ingresos acumulables de referencia se determinarán únicamente con aquéllos que deriven de ingresos, actos o actividades por los cuales exista obligación de expedir comprobantes fiscales. Segundo párrafo. (Se deroga) ............................................................................... En cualquier caso, cuando los ingresos acumulables excedan de $250,000.00, las personas físicas y morales no podrán volver a ejercer la opción a que se refiere la presente regla durante los ejercicios posteriores. La facilidad prevista en la presente regla no podrá aplicarse a los contribuyentes que inicien actividades. CFF 29, 29-A, 29-B, RMF 2013 I.2.8.3.1.1. Saludos
Tópico: Comprobantes Fiscales para Empresa (PM) nueva creacion
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 02, 2012 15:05:19 Asunto: Comprobantes Fiscales para Empresa (PM) nueva creacion
Hola. Se trata de una Persona Moral del Regimen General que incia operaciones el 15 de octubre del 2012. Y se opta por emitir CBB hasta que no se supere la cantidad establecida por la ley de 4,000,000 acumulables por ejercicio, con fundamento en la RMF(2012) I.2.8.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, hubieran obtenido para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa. Pero para dicha administracion, se necesita un sistema y se opto por el Admin de Contpaq, la persona que fue a la oficina a vender el sistema, era un fiscalista especializado en la materia, mi primer duda fue porque un fiscalista anda vendiendo software, bueno, la otra fue que me dijo: Para 2013 los comprobantes fiscales deben ser a fuerzas CFDI, si emites CBB durante 2013 estas en un error ya que la ley marca que la factura electronica es obligatoria para 2013, a lo que refute la ley permite la opcion de emitir CBB mientras no superes los mentados 4,000,0000. Colegas les pregunto. En realidad ya no podre usar CBB para 2013 y tendre que emitir CFDI? Saludos
Tópico: Intereses de financiamiento
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 02, 2012 14:54:06 Asunto: Re: Intereses de financiamiento
Hola Los intereses que cobra una persona moral del sistema fianciero en este caso una SOFOM a una moral van a tasa 0, lo dice la ley del IVA en su articulo 15. Los unicos intereses gravados con respecto al IVA son: -Aquellos que se cobran al publico en general -Personas Fisicas con actividad empresarial que no usen el financiamiento en su negocio. DIchos intereses tambien son deducibles segun la ley de ISR en el apartado de las deducciones, Ojo nadamas los intereses, el pago del capital no es un gasto ni es gravado, unciamente regresas lo que se te presto. SALUDOS [i]Editado: Noviembre 02, 2012 14:54:50[/i]
Tópico: Pago Unico de Jubilación, se grava para ISR anual y que monto?
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2012 10:05:25 Asunto: Re: Pago Unico de Jubilación, se grava para ISR anual y que monto?
Gracias por sus atenciones Les comento mas detalles: -Efectivamente es un pago único de Jubilación, otorgado por una aseguradora, la cual al dejar de trabajar x tiempo, se pide el pago de jubilación. ese es el concepto. -Otra duda, cuando la persona física quiere presentar su declaración anual, le 'precarga' los ingresos reportados por las demas personas fisicas/morales, pero no aparace el ingreso del pago de la jubilación.... La solución rápida es decir....a bueno el SAT tiene esos ingresos reportados, pues entonces omitimos el pago de la jubilación y ya......... Como ven esa solución? SALUDOS
Tópico: Pago Unico de Jubilación, se grava para ISR anual y que monto?
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2012 15:07:46 Asunto: Pago Unico de Jubilación, se grava para ISR anual y que monto?
Buen día colegas, pues me enteré del siguiente caso y me quedó la duda Se trata de una persona física que recibe ingresos por sueldos, asimilados, intereses, etc, en abril del 2011 recibió un pago único de jubilación, por decir algo rápido, 500,000 y se le retuvieron 100,000, recibió 400,000 netos, dicho pago lo hizo una aseguradora AXXA, en la constancia de retencion de la aseguradora no maneja exención alguna Se puede manjear una excención para la anual???? he leído el art 109 fracc X: X. Los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, así como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores al servicio del Estado con cargo a la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, [color=red]hasta por el equivalente a noventa veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio o de contribución en el caso de la subcuenta del seguro de retiro[/color], de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez o de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro. Los años de servicio serán los que se hubieran considerado para el cálculo de los conceptos mencionados. Toda fracción de más de seis meses se considerará un año completo. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título. Aplica aunque provenga de AXXA? o cómo se tendría que hacer? aplica exención? Saludos
Tópico: TRATAMIENTO FISCAL PAGO DERECHOS LA CNVB
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2012 21:32:59 Asunto: TRATAMIENTO FISCAL PAGO DERECHOS LA CNVB
Buen día Colegas Resulta que se trata de Una SOFOM ENR, se hizo un pago de derechos a la CNVB por concepto de 'Derechos de Vigilancia' para el ejercicio 2012. Contablemente se dió tratamiento de un diferido durnte todo 2012 Pero Fiscalmente: -IETU, Deducción por Concepto de Contribuciones? tomando como base lo que dice el CFF que los derechos se consideran contribuciones. -ISR, Deducción concepto contribuciones -IVA, obviamente no genera IVA, sin embargo se tiene que considerar para la DIOT del mes?, si no se considera mis deducciones en IETU no cuadra con el importe de la DIOT. Espero puedan aclarar mis dudas SALUDOS
Tópico: COEFICIENTE DE UTILIDAD REGISTRO EN DECLARACION ANUAL
jerry_02600

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2012 15:53:35 Asunto: Re: COEFICIENTE DE UTILIDAD REGISTRO EN DECLARACION ANUAL
Gracias por sus comentario, ya hice la complementaria la mandé y presente en portal bancario la complementaria también. Con respecto a las pagos provisionales es el primero que se efectuará, dado que el ejercicio anterior no se tenía coeficiente GRACIAS Y SALUDOS

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