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Tópico: ingresos por regalias
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2016 08:28:18 Asunto: Re: ingresos por regalias
Buen día Te recomiendo que revises el contrato mediante el cual se perciben esos ingresos ya que la exención que comentas aplica a los derechos de autor de acuerdo al articulo 93 fracción XXIX de la LISR, y además debes emitir el comprobante fiscal respectivo cuidando o identificando de quienes se reciben los pagos. SALUDOS
Tópico: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2016 17:41:11 Asunto: Re: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI
Debes elegir la opción que hasta cierto puto te genere menos problemas, con relación a los tipos de sociedades puedes ser sociedad civil y ser un titulo III es decir sin de deducciones al no ser contribuyentes del ISR. Ahora es correcto lo que te comentaron por teléfono puedes emitir el comprobante con fecha actual haciendo referencia al momento en que se devengo el servicio. Pero se trataría de una deducción contable no fiscal ya que si revisas el articulo 27 fracción XVIII , será la base legal que la autoridad lo considerará para su no deducibilidad ya que por omisión no estas cumpliendo con todos los requisitos que se establecen en este titulo con independencia de que deberás cumplir con las demás disposiciones antes mocionadas pero desafortunadamente la persona física si acumulará el ingreso y tu no podrás tener la deducción fiscal. Saludos espero a verte ayudado en el análisis y al final tu tienes la ultima palabra.
Tópico: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2016 08:41:11 Asunto: Re: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI
Buen Dia Antes que nada hay que analizar las diferentes circunstancias que planteas 1.-La sociedad civil debe expedir el comprobante aunque sea con fecha de este año a fin de reconocer tanto la salida del pago como la disposición del comprobante a favor de quien le presto el servicio independiente. 2.-Presentar al declaración informativa de salarios y conceptos asimilados 3.-Para efectos de la deducibilidad hay que saber si la sociedad es un titulo II o un titulo III ya que si fuera II no seria deducible por no haber expedido el comprobante en tiempo como los requisitos que establece la ley de renta. 4.- En el calculo anual de la persona física si es que procede puede solicitar devolución siempre y cuando tenga la constancia y documentos que demuestren el saldo a favor Saludos
Tópico: finiquito 31 de dic 2015
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2016 13:47:30 Asunto: Re: finiquito 31 de dic 2015
Buenas Tardes alexsam87 A ver si entendí para efectos de Aguinaldo estoy de acuerdo pero por que en vaciones y prima se anticiparon a pagar las del segundo año que aun no tendría derecho y ademas proporcionalmente por lo que comentas y lo extraño antes de que renunciara. Por lo que veo solo debes calcular todos los pagos que relizaste en el mes para el caso de isr y en cuanto a prestaciones si ya las pagaste de esa forma es lo único que le corresponde mas la proporción a la fecha de renuncia. Mas bien se requiere mas información ya que no mencionas si ya disfruto las que le corresponden al primer año. Saludos
Tópico: SI EN RECIBO DE NOMINA SEMANAL SALE ISR A FAVOR SE DEBE PAGAR?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2016 13:34:41 Asunto: Re: SI EN RECIBO DE NOMINA SEMANAL SALE ISR A FAVOR SE DEBE PAGAR?
Buena Tarde Te recomiendo que con independencia a la información que te arroje el sistema realices el calculo de isr y subsidio mensual acumulado todos los ingresos gravados y determines si es procedente o no que retengas o entregues subsidio. Saludos
Tópico: EXTINCION DE LA DEUDA SIN DINERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2015 16:25:24 Asunto: Re: EXTINCION DE LA DEUDA SIN DINERO
Buenas Tardes Haber si entendí, tienes pasivo y mencionas que no lo vas a pagar en este año ya que lo harás por medio de la extinción, hasta este momento estamos hablando de 2 figuras totalmente distintas, por lo que se ve lo manejaras por la parte CIVIL, o CIVIL-MERCANTIL Entonces la respuesta la tienes el soporte con el que acreditaras el pago regístralo en la contabilidad y de esa forma cancelas el pasivo. Saludos
Tópico: AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL EN ESPECIE (MERCANCÍAS)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 30, 2015 10:48:37 Asunto: Re: AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL EN ESPECIE (MERCANCÍAS)
Buenos Días dmisael Si a la mercancía se le dará el tratamiento de aportación lo correcto es la protocolización ante Federatario Publico, eso le dará mas fuerza al no encontrar documentación que soporte el pago, ya que proviene del Socio, y a mi consideración no serian deducibles ya que no partirías de datos de costeo, para efectos del costo de lo vendido. Saludos
Tópico: Requerimiento ISN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 30, 2015 10:21:02 Asunto: Re: Requerimiento ISN
Hola Buen día Antes que nada, la situación se ve que prácticamente que va a un litigio, debido a que no pueden comprobar el convenio celebrado, por otro lado supongo que de acuerdo a los registros patronales aperturados por la sociedad en la misma entidad (en caso de haber) se puede determinar cuanto es el monto que de debió haber pagado a cada sucursal y al pagarlo en la matriz desconociendo el famoso acuerdo pues supongo que tendrías saldo a favor por pago de lo indebido, por lo que tendrías que tramitar la devolución y como indemnización al estado deberás cubrir los accesorios que nunca pagaste por las demás sucursales aunque normalmente es complicado por lo que debes revisar bien código estatal de ese impuesto saludos.
Tópico: PREMIOS OTORGADOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2015 09:54:57 Asunto: Re: PREMIOS OTORGADOS
Hola Buen día Antes que nada hay que analizar diferentes circunstancias, es decir que tan común en la empresa es que se de este tipo de eventos y sobre todo como se lleva la comunicación o convocación para los participantes ya que hay empresas que simulan este tipo de eventos para hacerse de bienes de una manera inusual, te lo comento como experiencia en empresas que venden autos, sino es así, el premio no se lo esta ganando por su trabajo sino en una competencia fuera de su centro de trabajo, a mi consideración si se debería pagar impuesto sobre el bien quizá este equivocado ya que el propósito de la ley de renta en su articulo 90 menciona que se pagara impuesto por recibir ingresos en bienes y en esta caso si se estará incrementa el Patrimonio de quien se beneficia por dicho bien. independientemente del procedimiento contable que le de la empresa, ya que además se desconoce si es un auto de lujo o de clase normal por lo que pudiera causar polémica con las autoridades. Saludos
Tópico: PENSION NEGADA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 27, 2015 09:22:51 Asunto: Re: PENSION NEGADA
Hola Buen dia Básicamente el personal del Instituto en ocasiones nos fácil enteder, lo que tratan de decir te sugiero que lo haga por medio de la Modalidad 40, de esta forma tendrá que ir nuevamente al Instituto y será mas fácil que buscar un Patron Saludos

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