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Tópico: Retención iva a persona fisica con actividad empresarial
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 08:30:19 Asunto: Re: Retención iva a persona fisica con actividad empresarial
Que tal! Buen Día Antes que nada vamos a la practica independientemente del 'concepto 'Servicio de análisis de sistema hidráulico' tendrías que comentarnos en que consistió y si celebraste contrato cuales eran los fines y una vez conociendo esa información, podemos considerar o no tal retención y en apariencia no parece actividad empresarial Saludos
Tópico: AVISO SAT ctas incobrables
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2018 08:53:47 Asunto: Re: AVISO SAT ctas incobrables
Buenos Días Conforme a lo que establece el articulo 27 Fracción XV de la LISR, una vez que te ubiques en el supuesto. El aviso es por medio de buzón tributario Saludos
Tópico: INFORMATIVA DE CUENTAS INCOBRABLES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2018 09:17:19 Asunto: Re: INFORMATIVA DE CUENTAS INCOBRABLES
Que tal Buenos Días Dependerá mucho de cada operación en lo particular, ya que no aplica en todos los casos tomando en cuenta que 'Una Nota de Crédito No Cancela una Factura' y mas si hay situaciones que con afectación en los inventarios, ni mucho menos conforme a las NIF. Quizá en operaciones pequeñas pudiera ser. Saludos
Tópico: agente inmobiliario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2018 09:04:08 Asunto: Re: agente inmobiliario
Que tal buenos días Por la actividad a realizar seria Actividad Empresarial en las actividades mediara una comisión. Saludos
Tópico: Sueldo y Asimilado a Salario. La misma persona
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2018 16:14:48 Asunto: Re: Sueldo y Asimilado a Salario. La misma persona
Que tal buenas tardes! Si mencionas que pagarás mas del limite establecido en la Ley del Seguro Social, no habría razón para que generes otro pago que además no tendrá sustento ya que se trata de salarios mejor aplícalo directamente en la nomina Saludos
Tópico: timbrado aportacion patronal fondo ahorro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 17, 2017 09:33:48 Asunto: Re: timbrado aportacion patronal fondo ahorro
Que tal buen día Haber veo la siguiente situación Una vez retirada la cantidad de fondo de ahorro tanto del patrón como del trabajador debe ir a una empresa dedicada en términos del titulo III, a la administración del ahorro ya que si es administrada por el Patrón generaría mucha incertidumbre a no ser este el modo idóneo pero en tu caso esta a vigilancia del comité quien su función es la administración y dadas que son prestaciones derivadas de una relación laboral ya van dentro del CFDI de la nomina. Saludos
Tópico: Adquisición de mercancías y activo fijo; devengacion contable
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Noviembre 17, 2017 09:06:29 Asunto: Re: Adquisición de mercancías y activo fijo; devengacion contable
Que tal buen dia Para el primer caso , revisa tu contrato y ve a la parte de condiciones de entrega ya que si analizas la devengacion ya ocurrio. Por medio de documentos de control interno previo al pago ya conocías la mercancía descripción y todo lo relacionado; estabas en posibilidad de aplicar ambos principios tanto sustancia económica y para la devengacion ya que se tenia el derecho de cobro, por lo que podias realizar un registro previo. Para el segundo caso a mi parecer estas adquiriendo herramientas habría que analizar lo siguiente: 1.-Si solo realizas pagos a cuenta del total de la factura y las herramientas no te las proporcionan todavía , ni tampoco la factura nuevamente recurre a tu contrato. 2.-Si recibes la factura y las herramientas y las iras pagando en parcialidades. Tu registro contable será normal ya que solo se trata de un pasivo pero el bien ya lo puedes utilizar y su procedimiento de depreciación es normal. Ya que no es muy clara la información es mi opinión Saludos
Tópico: VENTA CASA HABITACIÓN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 14, 2017 12:13:11 Asunto: Re: VENTA CASA HABITACIÓN
Que tal calamity Antes que nada te comento que la situación que expones para efectos del pago de impuestos una vez aplicada la exención que señala el articulo 93 Fracción XIX y sus requisitos respectivos para el calculo de impuesto lo mas recomendable es lo siguiente: Que la persona que va a invertir le facture todas las remodelaciones al dueño hagan un acuerdo y una vez que se venda la casa se toma el dinero de para pagarle al contratista con independencia del pago de impuestos ya que la obligación le corresponde únicamente al dueño y el contratista pagara su impuesto conforme a lo que facturo. Saludos
Tópico: COMPLEMENTO DE PAGO EN NOMINA C.F.D.I. 3.3.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 14, 2017 08:47:26 Asunto: Re: COMPLEMENTO DE PAGO EN NOMINA C.F.D.I. 3.3.
Buen Día Hasta el momento el SAT ha expresado que la clave debe ser 99 independientemente de la forma en como lo hagas ya que el RLIS permite el pago de la nomina en efectivo para efectos de deducibilidad. Por lo tanto en aplicación del articulo 99 LISR señala la expedición de' comprobantes fiscales en la fecha en que se realice la erogación correspondiente'. es decir ya conoces de que manera le pagas a tus trabajadores algunos puede ser con cheque, transferencia, efectivo incluso adicionalmente con vale electrónico de despensa o gasolina si es que lo hicieras. Tratando de evitar errores el criterio del sat es utilizar la clave antes indicada, pensando que señales cheque o transferencia y realmente no lo hayas pagado asi , entonces si habría un problema ya que no seria deducible, y bien si no lo especificas como lo hagas estará correcto. Saludos
Tópico: Inscirpcion al SAT escuela
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 13, 2017 10:47:51 Asunto: Re: Inscirpcion al SAT escuela
Buenos Dias Independientemente de la opinión que les dieron en el sat, el beneficio fiscal' ACUMULACIÓN DE INGRESOS POR FLUJO DE EFECTIVO' le es aplicable al Titulo II de la ley de renta. Habría que revisar bien el objeto social y saber que actividades se van a llevar acabo y en que % estas se obtendrán los ingresos. lo recomendable es que analices ya que encuadran en el Articulo 79 Fracción X del la LISR por tanto no puedes aplicar a esta opción. a menos de que el 80% sean por venta de productos y el 20% de enseñanza, por poner un eiemplo y constituirte en titulo II Saludos

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