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18/Dic/15 12:44
EXTINCION DE LA DEUDA SIN DINERO

Buen día

Tengo una deuda con un proveedor en 2015

¿ De qué otra forma puedo hacer deducible este gasto si no lo voy a pagar en el ejercicio con dinero ? Es decir, quiero extinguir la deuda con algún contrato o acuerdo, algo parecido.. PERO SIN ACUMULAR INGRESO,

Evientemente debe tener una contrapartida contable, quizás otros ingresos pero no acumulables o no gravados.. por el beneficio del acuerdo.



Agradezco sus sugerencias.
 
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RASINI
Sargento Segundo

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18/Dic/15 16:25
Re: EXTINCION DE LA DEUDA SIN DINERO

Buenas Tardes

Haber si entendí, tienes pasivo y mencionas que no lo vas a pagar en este año ya que lo harás por medio de la extinción, hasta este momento estamos hablando de 2 figuras totalmente distintas, por lo que se ve lo manejaras por la parte CIVIL, o CIVIL-MERCANTIL

Entonces la respuesta la tienes el soporte con el que acreditaras el pago regístralo en la contabilidad y de esa forma cancelas el pasivo.

Saludos
 
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FISCIVAN11
Sargento Primero

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