Tengo una duda con un finiquito, a X trabajador entro a laborar el 14/5/14, en la primera quineca de Dic 2015 se le pagaron sus prestaciones de ley (Aguinaldo, Vacaciones PV) y el 31 de dic 2015 rencuncio voluntariamnte.
Mi duda es como le calculo su finiquito si todas las partes proporcionales se le pagaron el 15 de dic 2015, solo tendria que pagare la quincena del 31 de dic 15?
A ver si entendí para efectos de Aguinaldo estoy de acuerdo pero por que en vaciones y prima se anticiparon a pagar las del segundo año que aun no tendría derecho y ademas proporcionalmente por lo que comentas y lo extraño antes de que renunciara.
Por lo que veo solo debes calcular todos los pagos que relizaste en el mes para el caso de isr y en cuanto a prestaciones si ya las pagaste de esa forma es lo único que le corresponde mas la proporción a la fecha de renuncia.
Mas bien se requiere mas información ya que no mencionas si ya disfruto las que le corresponden al primer año.