Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de FISCIVAN11

Autor Mensaje
Tópico: CAMBIO A UNA OUTSORSING
FISCIVAN11

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Marzo 18, 2016 10:11:42 Asunto: Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING
Hola Cynthia_Abril Por lo que veo hay diferentes escenarios que competen a diferentes ordenamientos legales que por su puesto tendrás algunas dificultades con cada una de las autoridades si lo llegaran a detectar. Por ejemplo la fuente de empleo continua al igual que los trabajadores cuando mencionas la palabra outsourcing normalmente cambia todo sueldo y prestaciones dejan de ser las mismas por estrategias internas aunque considero que esta es la parte mas importante en la pregunta por los derechos de los trabajadores antes de pasar al escenario contable y fiscal de la primera empresa. Para efectos de provisionar finiquito mas indemnización como pasivo total para efectos de la planilla laboral como una futura contingencia, pues seria a tu criterio pero pues ala vez no ya que no hay demanda ni despido aunque legalmete te puedes amapar con el contrato de servicios que celebraste con la outsourcing para dejar de pagar sueldos cuotas imss e impuesto sobre nomina Saludos
Tópico: Automóvil recibido como obsequio ¿debe de pagar isr?
FISCIVAN11

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 17, 2016 09:59:25 Asunto: Re: Automóvil recibido como obsequio ¿debe de pagar isr?
Hola Buen día Pues como se ve la situación hay que realizar diversos planteamientos ya que nos das muy poca información por lo que te comentaré lo que mas se apega a la vida real según las autoridades 1.-Cual fue el nexo comercial que hubo entre las empresas para que una le regalara un vehículo a la otra, quizá por ser buen cliente o son empresas hermanas o situaciones similares 2.-No especificas que tipo de auto es puede ser de lujo , clásico, viejo o descompuesto para reparar o ya se deprecio. considerando que fuera un auto nuevo y austero o equipado le darás un uso y por otro lado la ley de renta menciona que se acumulara los ingresos también en bienes por lo que de manera conservadora sino acreditas los 2 puntos antes mencionados como una razón lógica y de negocios considero que a valor mercado estimes el valor del auto y lo acumules a tus ingresos de esa forma te dejaran tranquilo en mi experiencia he pasado por ese tipo de casos y normalmente lo aplican de esa manera ya que la autoridad no tendrá elementos sino se comprueba el supuesto obsequio. Saludos Supongo que lo
Tópico: PARTE NO DEDUCIBLE POR INGRESOS EXENTOS PARA EL TRABAJADOR
FISCIVAN11

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 16, 2016 08:44:47 Asunto: Re: PARTE NO DEDUCIBLE POR INGRESOS EXENTOS PARA EL TRABAJADOR
Buen Día Antes que nada debes tener un papel de trabajo donde tengas identificados los conceptos que que son parcialmente deducibles como comentas Ahora para el registro contable debes considerar todo conforme a las nominas para el resultado contable y para efectos fiscales es donde debes hacer la separación es decir el efecto que te dará será en la CONCILIACIÓN ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL FISCAL, Según mi apreciación analízalo nuevamente. Saludos
Tópico: en que casos puedo deducir sueldos y gratificaciones no pagadas para ISR?
FISCIVAN11

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 16, 2016 08:26:18 Asunto: Re: en que casos puedo deducir sueldos y gratificaciones no pagadas para ISR?
Buen dia mbcontadores Conforme al principio del Devengado se entiende que los subordinados ya realizaron el servicio por lo tanto se genera el derecho de pago, y lo siguiente es realizar el registro contable de la provisión de esas nominas, por lo que hablariamos de una deducción contable no fiscal ya que para efectos de DEDUCIBILIDAD al no pagarlos pues no expediste el CFDI correspondiente y tampoco pagaste el Impuesto Sobre nomina ya que no hubo erogación. y no reúnes los requisitos del articulo 27 LISR Como las deducciones son anuales pues en este caso no tendrías una deducción fiscal desde mi punto de vista Saludos
Tópico: Cálculo de ISR de un bono por desempeño semestral en una nómina semanal o catorcenal
FISCIVAN11

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 16, 2016 08:18:56 Asunto: Re: Cálculo de ISR de un bono por desempeño semestral en una nómina semanal o catorcenal
Buen Dia Estoy de acuerdo con Carlos1 debes calcularlo con la tarifa que le correspondió en dicho pago y si se tratará del ultimo periodo de pago del mes realizar el ajuste correspondiente. Saludos
Tópico: SEGUROS DE VIDA PAGADOS POR EL PATRON EN TARJETAS DE CREDITO?
FISCIVAN11

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 14, 2016 13:36:24 Asunto: Re: SEGUROS DE VIDA PAGADOS POR EL PATRON EN TARJETAS DE CREDITO?
Ok A ver si entendí entonces seria de la siguiente manera 1.- Si los gastos son a nombre del patrón y los paga con tarjeta de crédito personal o corporativa con la intención de deducirlos en una Sociedad entonces si serian no deducibles. 2.-Pero si son pagados con una tarjeta de crédito personal entonces si puede deducirlos pero como persona física al momento de presentar su declaración anual en los limites que establece la ley de renta. Puedes leer el artiuclo 151 SR de las personas fisicas SALUDOS
Tópico: SEGUROS DE VIDA PAGADOS POR EL PATRON EN TARJETAS DE CREDITO?
FISCIVAN11

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 14, 2016 09:19:43 Asunto: Re: SEGUROS DE VIDA PAGADOS POR EL PATRON EN TARJETAS DE CREDITO?
Buenos Dias Si son deducibles Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: III. Estar amparadas con un comprobante fiscal y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria Ademas de: XI. .... Los pagos de primas de seguros de vida que se otorguen en beneficio de los trabajadores, serán deducibles sólo cuando los beneficios de dichos seguros cubran la muerte del titular o en los casos de invalidez o incapacidad del titular para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social, que se entreguen como pago único o en las parcialidades que al efecto acuerden las partes. Serán deducibles los pagos de primas de seguros de gastos médicos que efectúe el contribuyente en beneficio de los trabajadores. Te recomiendo que leas este articulo y revises si cumples con todo lo señalado Saludos
Tópico: COMISIONES PAGADAS POR MEDIO DE VALES DE DESPENSA
FISCIVAN11

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 09, 2016 14:45:18 Asunto: Re: COMISIONES PAGADAS POR MEDIO DE VALES DE DESPENSA
Buenas tardes Tengo entendido que cada Tarjeta es un producto totalmente diferente al otro, por un lado. Y cuando tu realices el procedimiento para que estas tarjetas tengan saldo conforme al tipo de tarjeta que mas se apegue a tu giro económico, tendrías que crear una razón lógica de lealtad o prestación la cual tendrán este tipo de doctores externos y ajenos al laboratorio y te pueden generar complicaciones con las diversas autoridades considerando bajo que regla o argumento utilizas para realizar la entrega de dichas tarjetas mas no significa que sea un gasto deducible para el criterio de la autoridad, tendrías que demostrarlo. Por otro lado lo mejor es que le realices pagos como realmente recibes el incremento de tus ingresos por medio de ellos, es decir mediante la figura de asimilados a salarios o comisionista les retienes el impuesto expides el comprobante les pagas y serán deducibles de esta forma estarás mas tranquilo. Saludos Y tu tienes la ultima respuesta.
Tópico: compra de mobiliario por cuenta de otra entidad
FISCIVAN11

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 04, 2016 13:58:40 Asunto: Re: compra de mobiliario por cuenta de otra entidad
Hola Buenas Tardes Antes que nada debes analizar lo que tratas de realizar bajo las siguientes situaciones 1.-Si la de Servicios adquirio a su nombre bienes que son estrictamente indispensables para sus actividad económica hay que hacer la separación de que se trata de un activo fijo por lo tanto solo estarías acreditando el IVA y deberas depreciar de acuerdo a al especificación de cada uno por lo tanto la deducción será minima. 2.-Si no es el caso y le expides una factura a la otra empresa seria algo muy extraño y a la vez particular para cada persona ya que tu prestas servicios y por el otro lado vendes activos u otros bienes a los cuales deberas acumular a tus ingresos asi como el traslado del IVA pues no es lago muy común ya que no obtienes mucho beneficio por ese lado. 3.-La segunda empresa deducirá algo y acreditara el iva proviniendo de una empresa de servicios por lo que un futuro seria algo muy cuestionado pero si es necesario para los fines comerciales adelante no es muy común en la vida real. Por lo que se ve si se puede pero será un foco rojo ya que ambas son de nueva creación y además que tipo de relación comercial tienen entre si digo algunos cuestionamientos que suelen hacer las autoridades Suerte Saludos
Tópico: EMPLEADO EXTRANJERO CONTRATADO EN MEXICO.
FISCIVAN11

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 04, 2016 13:35:24 Asunto: Re: EMPLEADO EXTRANJERO CONTRATADO EN MEXICO.
Buenas Tardes Supongo que previo a esta situación ya tienes la información suficiente para poder decidir contratar los servicios de este mecánico hondureño basándonos en que cuenta con todos los requisitos legales para su legal estancia en el país, y lo único que te preocupa es la manera en como contractualmente acordaran las condiciones de trabajo o servicio. Como el servicio será realizado en territorio nacional 1.-Partiendo de eso si será trabajador debe acudir a registrarse al Sat 2.-Tramitar un Numero de seguridad social 3.-Revisa la Ley y Reglamento de Migración 4.-Como sugerencia págale aperturale una cuenta de nomina en México y que después el envié el dinero si es que tiene que hacerlo. 5.-Y si será en otro régimen fiscal como actividades empresariales que te entregue la factura Deberas cumplir con toda la obligaciones fiscales a las que de lugar la contratación ya sea laboral o independiente. Por lo demás no tendrás ningún problema partiendo desde su legal estancia e inscrito en el SAT Estarás mas tranquilo Saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12