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14/Ene/16 12:46
CAMBIO A UNA OUTSORSING

Buen día,

Espero se encuentren todos muy bien. Deseo hacerles la siguiente consulta, se desea cambiar la plantilla laboral de una empresa (menos uno o dos trabajadores) a una outsourcing, pero no se liquidará a los empleados de la primera, porque lo ven como una 'sustitución patronal', cosa que a mi parecer no lo es, ya que tendría que hacerse el cambio de todos para que la primera empresa se dé de baja al IMSS y la outsourcing, que es la nueva al darse de alta se quedaría con el registro patronal de la anterior.

Como comenté, sólo se quedarán en la primera empresa de 1 a 2 empleados por lo que no se puede quedar sin registro patronal, y mi duda es como amarrar bien la baja de los trabajadores que si se cambiarán, al no existir finiquito ni liquidación. Cabe señalar que la outsourcing reconocerá la antigüedad de los trabajadores.



Agradezco de antemano sus comentarios,
 
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Cynthia_Abril
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14/Ene/16 13:14
Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING

Hola Cynthia_Abril buen día

A que se refiere con como amarrar bien la baja de los trabajadores ?

Saludos.
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
Mayor

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14/Ene/16 17:52
Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING

Buen día Vscape,

Gracias, sabe que a lo que me refiero es que si hay una forma de poder justificar que no exista un pago de finiquito o liquidación a los empleados,

Saludos y quedo a sus órdenes,
 
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Cynthia_Abril
Teniente

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16/Ene/16 09:08
Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING

De especificarlo en el contrato individual del trabajador, donde se respete la antigüedad y prestaciones.

saludos.
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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18/Ene/16 09:59
Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING

Le agradezco By Paco por su comentario, y en el caso de las empresa en la que originalmente estaba, como amparo la salida del trabajador sin pagarle finiquito, ya que este es un derecho de los trabajadores.

Saludos y agradeciendo de antemano.

:)
 
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Cynthia_Abril
Teniente

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18/Mar/16 10:11
Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING

Hola Cynthia_Abril

Por lo que veo hay diferentes escenarios que competen a diferentes ordenamientos legales que por su puesto tendrás algunas dificultades con cada una de las autoridades si lo llegaran a detectar.

Por ejemplo la fuente de empleo continua al igual que los trabajadores cuando mencionas la palabra outsourcing normalmente cambia todo sueldo y prestaciones dejan de ser las mismas por estrategias internas aunque considero que esta es la parte mas importante en la pregunta por los derechos de los trabajadores antes de pasar al escenario contable y fiscal de la primera empresa.

Para efectos de provisionar finiquito mas indemnización como pasivo total para efectos de la planilla laboral como una futura contingencia, pues seria a tu criterio pero pues ala vez no ya que no hay demanda ni despido aunque legalmete te puedes amapar con el contrato de servicios que celebraste con la outsourcing para dejar de pagar sueldos cuotas imss e impuesto sobre nomina

Saludos
 
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FISCIVAN11
Sargento Primero

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18/Mar/16 12:06
Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING

Buen día,

Por la información que proporcionas parece mas una simulación que una outsoursing, y siempre que son actos simulados nos preocupamos de más.
Cuando son actos reales las cosas salen de forma natural.

Salu2
 
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grupoimper
Capitán Primero

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18/Mar/16 17:47
Re: CAMBIO A UNA OUTSORSING

se preocupan del asunto de la seguridad social pero el punto descuidado y que requiere proteccion es el ambito laboral.

No es posible jurídicamente hablando, en términos de LFT, terminar un contrato laboral por la simple voluntad del patrón, incluso si le pone la renuncia el trabajador también a ladito, con huella, declaración filmada y hasta notariada, si gustan. Este finiquito seria totalmente falso como los billetes de 2 pesos de Lopez Obrador.

Como hacer bien las terminaciones laborales. Mediante convenios laborales.

1 contrato es el documento que ademas de ponerse de acuerdo ambas partes, patron y trabajador y fijan las condiciones de trabajo, pago y reglas. Aquí se crean obligaciones y derechos. Pero con contratos no es la figura o documento jurídico que sirva para ampliar o elimina, incluso para cancelar o dar por terminado algunas obligaciones y derechos o todos.

El convenio laboral es el instrumento para hacer toda modificación o eliminación de vigencia al contrato laboral. Ademas de diferir en lo comentado. El convenio laboral interviene obligatoriamente por ley la Junta de Conciliación, SIN su participación NO ES CONVENIO, es un contrato. por tal motivo, es inservible, pues para terminar relaciones laborales YA QUE POR LEY debe ser un convenio laboral. Art 33 LFT

Es decir, ambas parte llegan a la Junta e indica en que condiciones terminan su relación laboral, a ambos les dan su papelito y ahí cada quien para su casa.

Ya tienen la terminación laboral. Pues después de este momento, proceden las bajas ante el Seguro Social, no antes. Siempre se brinca este paso.

Si van a realizar una sustitución patronal.... pues quizás no requieran darse de baja y alta a trabajadores. Pero esto es con la LSS. Para la LFT, la relaciones laborales tan solo proceden con los convenios laborales, Se requiere de la ratificación de la junta. Si no hay ratificación el contrato sigue vivo e incluso me atrevería a afirmar que ahora hay dos patrones para toda la vida laboral del trabajador. Pues el del contrato inicial y quien dice o pretende sustituirlo. Jamas se ha dejado evidencia laboralmente que el nuevo patrón sustituye al anterior. Tal hecho debe plasmarse en un convenio laboral y donde quedaría confeccionado genuinamente, pues si existe debe estar depositado en la Junta una de sus copias.



Editado: Marzo 18, 2016 17:49:45
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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