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15/Mar/16 23:58
Automóvil recibido como obsequio ¿debe de pagar isr?

A todos los foristas les agradezco de antemano sus comentarios y opiniones respecto a las siguientes dudas:

Una persona moral recibe un automóvil como obsequio de otra persona moral que emite un CFDi por un total de $ 1.00 un peso ¿se debe de pagar ISR por este obsequio recibido?, de ser así ¿cual seria la base para determinar el ISR?

Saludos.
 
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ITorres
Soldado

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17/Mar/16 09:59
Re: Automóvil recibido como obsequio ¿debe de pagar isr?

Hola Buen día

Pues como se ve la situación hay que realizar diversos planteamientos ya que nos das muy poca información por lo que te comentaré lo que mas se apega a la vida real según las autoridades

1.-Cual fue el nexo comercial que hubo entre las empresas para que una le regalara un vehículo a la otra, quizá por ser buen cliente o son empresas hermanas o situaciones similares

2.-No especificas que tipo de auto es puede ser de lujo , clásico, viejo o descompuesto para reparar o ya se deprecio.

considerando que fuera un auto nuevo y austero o equipado le darás un uso y por otro lado la ley de renta menciona que se acumulara los ingresos también en bienes por lo que de manera conservadora sino acreditas los 2 puntos antes mencionados como una razón lógica y de negocios considero que a valor mercado estimes el valor del auto y lo acumules a tus ingresos de esa forma te dejaran tranquilo en mi experiencia he pasado por ese tipo de casos y normalmente lo aplican de esa manera ya que la autoridad no tendrá elementos sino se comprueba el supuesto obsequio.

Saludos





Supongo que lo
 
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FISCIVAN11
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17/Mar/16 12:50
Re: Automóvil recibido como obsequio ¿debe de pagar isr?

FISCIVAN11:

Muchas gracias por tus comentarios y una disculpa por haber proporcionado poca información, lo que pasa es que no sabia como plantear mis dudas.

El nexo comercial efectivamente fue solamente por ser buen cliente, las empresas no son partes relacionadas.

Es un automóvil nuevo austero y se esta utilizando en la empresa.

Yo lo estoy acumulando como un ingreso como lo menciona la Ley de ISR pero la empresa no lo quiere acumular, quieren un fundamento legal que diga específicamente que los obsequios que reciban deben de pagar isr, porque según ellos no recibieron un ingreso.

¿como les demuestro que el obsequio que recibieron si es un ingreso?

de antemano gracias por sus comentarios, saludos.
 
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ITorres
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17/Mar/16 18:09
Re: Automóvil recibido como obsequio ¿debe de pagar isr?

Buena tarde:

Considero que se tendrán que aplicar las reglas de la donación...

sinónimo de obsequiar: agasajar, regalar, honrar, halagar, dar, donar, ofrecer, gratificar, homenajear.

Diccionario de sinónimos y antónimos © 2005 Espasa-Calpe

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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18/Mar/16 09:38
Re: Automóvil recibido como obsequio ¿debe de pagar isr?

a-cano:

Gracias por tu comentario me es de utilidad, lo voy a complementar con la definición de ingreso que viene en la NIF A-5 Elementos Básicos de los Estados Financieros, para que la empresa lo registre como un ingreso contable y acumulable para ISR.

Saludos.
 
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ITorres
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