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Autor | Mensaje |
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Tópico: Enajenación en declaración | |
icadena Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2020 23:09:14 Asunto: Re: Enajenación en declaración |
Buenas noches. Si superó esa cantidad. La constancia del notario lo refleja en 2020, pero al cliente le dieron el 50% en 2019. Tendría que declararlo según constancia ó conforme lo depositaron? Aunque toda la operación está exenta. Agradezco su ayuda | |
Tópico: Enajenación en declaración | |
icadena Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2020 17:05:32 Asunto: Enajenación en declaración |
buenas tardes. Tengo un cliente que vendió una casa y le pagaron una parte en 2019 y otra parte en 2020. La constancia del notario viene como 2020 la operación. Es una casa y esta exenta la operación. Debo declarar en 2020? Agradezco mucho su opinión | |
Tópico: Costo de lo vendido personas fisicas | |
icadena Mensajes: 9 |
Foro: Contabilidad Enviado: Abril 28, 2020 18:16:40 Asunto: Re: Costo de lo vendido personas fisicas |
Ah ok, tenía entendido que en personas físicas la deducción es en el momento de que esta pagado, por ser flujo de efectivo. Entonces sería deducible como costo de lo vendido? Como en personas morales? Agradezco mucho su ayuda | |
Tópico: Costo de lo vendido personas fisicas | |
icadena Mensajes: 9 |
Foro: Contabilidad Enviado: Abril 28, 2020 17:55:48 Asunto: Re: Costo de lo vendido personas fisicas |
Ah ok, tenía entendido que en personas físicas la deducción es en el momento de que esta pagado, por ser flujo de efectivo. Entonces sería deducible como costo de lo vendido? Como en personas morales? Agradezco mucho su ayuda | |
Tópico: Costo de lo vendido personas fisicas | |
icadena Mensajes: 9 |
Foro: Contabilidad Enviado: Abril 28, 2020 16:38:30 Asunto: Re: Costo de lo vendido personas fisicas |
Disculpen, algún comentario? | |
Tópico: Costo de lo vendido personas fisicas | |
icadena Mensajes: 9 |
Foro: Contabilidad Enviado: Abril 28, 2020 14:10:16 Asunto: Costo de lo vendido personas fisicas |
Buenas tardes: Siendo persona física con actividad empresarial, compré un terreno en 2019 para enajenarlo en 2020, el terreno esta totalmente pagado. Mis preguntas son: 1.- Se debe enviar la compra a deducción autorizada para efectos fiscales? 2.-Cómo lo debo reflejar en el balance de la anual? Me refiero en la pregunta 2, como aun no se vende no debería estar en inventarios? Pero siendo perdida fiscal, ya deberia reflejarse totalmente en pérdida del ejercicio? Agradezco mucho su ayuda. | |
Tópico: calculo anual trabajadores 2019 | |
icadena Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2020 11:03:19 Asunto: Re: calculo anual trabajadores 2019 |
Muchas gracias. | |
Tópico: calculo anual trabajadores 2019 | |
icadena Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 29, 2020 13:25:57 Asunto: Re: calculo anual trabajadores 2019 |
En el caso de que sólo fueran favor, podrían aplicarse las diferencias en Marzo y cumplir con la obligación del calculo anual? Agradezco cu ayuda | |
Tópico: calculo anual trabajadores 2019 | |
icadena Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 28, 2020 21:05:02 Asunto: calculo anual trabajadores 2019 |
Buenas noches. Voy a hacer el calculo anual 2019 de mis trabajadores, pero ya está pagada la nómina de la segunda quincena de Febrero. Podría aplicar las diferencia en la primera semana de Marzo ó ya se considera fuera de plazo? Qué podría hacer? Agradezco mucho su ayuda | |
Tópico: Cancelación por sustitución retención 6% | |
icadena Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2020 18:50:31 Asunto: Cancelación por sustitución retención 6% |
Buenas tardes! Se emitió un CFDI en Enero 2020 que tenía que llevar la retención del 6% por la actividad , y no se emitió el CFDI con la retención ni el cliente hizo la retención , se emitió y pago en Enero 2020. Ahora el cliente, quiere que se cancele la factura, se sustituya ya con la retención y ellos enteraran la retención ahora extemporáneamente en febrero. El saldo que pagaron de más lo tomaran a favor. Cómo podría manejar esta situación? Me refiero a que sí debo cancelar el CFDI? Si no me hicieron la retención, me la pueden hacer posteriormente y manejar el excedente del pago como saldo a favor? Qué pasa con los complementos de pago? Supongo que esto lo hacen para que no sea no deducible el comprobante. Agradezco mucho su ayuda |
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