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Tópico: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2009 16:56:40 Asunto: Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
cturrubiates: [quote]....porque tenia que presentar el cd con [b]los anexos a 7 y 7a del sistema f3241[/b] ya que [b]este programa era para grandes contribuyentes[/b]....[/quote] Pues según información (muy escondida del SAT) este Software deberá ser ya usado por el 'Resto de los Mortales', esto es ya deberán utilizarlo las Personas Morales y Físicas 'normales', es decir que no sean Grandes Contribuyentes o que Dictaminen sus estados Fiancieros. Sin embargo el 'escondido Aviso' hace referencia que [b]para Devoluciones y Compensaciones de ISR, IVA e IETU deberá ser utilizado [color=red]a partir de Julio de 2009[/color][/b], esto es hasta la próxima semana y ya lo están requiriendo desde ésta que acaba de terminar, que eficiencia, no ? o será que está practicando para el próximo mes ?: [b]Programa electrónico F 3241[/b] 1. ¿Qué es y para qué sirve? Es la aplicación electrónica que permite crear el archivo digital que contenga la información de los anexos electrónicos A, 7, 7-A, 8, 8-A 9, 10, 10-A, 10-B, 10-C, 10-D, 10-D, 11, 11-A, 12, 12-A 13, 13-A 14 y 14-A según corresponda, de [color=red][b]las solicitudes de devolución o avisos de compensación, en materia del IVA, ISR e IMPAC, que presenten a partir de julio de 2008 [/b][/color]y de IDE a partir del 1 de agosto de 2008. Saludos [i]Editado: Junio 26, 2009 16:57:37[/i]
Tópico: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2009 11:25:00 Asunto: Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
cturrubiates: [quote].....manifesto el sat que ya no recibian devoluciones en disco de 3 1/2 que tenia que ser en cd.... [/quote] Es probable que con la entrada en vigor de la R.M.F. el 1o. de Mayo del presente, se hayan apegado a la Regla que señala que debe presentarse en CD o en USB. Las últimas Devoluciones de IVA que tramité con Dikettes fue en Marzo de este año. [quote].....aparte con el sistema f3241 esta misma .....[/quote] En esto no estoy muy seguro ya que la información que contiene la Regla II.2.2.2 es muy clara y sigue en vigor. Saludos PD.- Normalmente los funcionarios que 'reciben' la documentación de las Devoluciones se contradicen entre ellos sobre la información que se requiere y en que medios, [b]además son como las 'cabañuelas': ningún día amanecen igual.[/b] Saludos
Tópico: Cantidad Recuperada en los gastos efectuados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2009 10:38:49 Asunto: Re: Cantidad Recuperada en los gastos efectuados
Oscar: Es probable que se refiera a lo señalado en el Art. 176 penúltimo parrafo de LISR. Saludos
Tópico: ACREDITAMIENTOS EN PAGO 5% A ENTIDAD FEDERATIVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2009 10:21:46 Asunto: Re: ACREDITAMIENTOS EN PAGO 5% A ENTIDAD FEDERATIVA
tragarza: Hace pocos días se trató este tema, puedes buscar en la página 2, ese tópico lo inició la compañera Charolina. El tópico creo se llama: 'casos prácticos del régimen intermedio' Saludos [i]Editado: Junio 26, 2009 10:23:40[/i]
Tópico: PÁGINA DEL SAT, VOCERO DE LA PGR O DE LA SIEDO ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2009 10:14:27 Asunto: PÁGINA DEL SAT, VOCERO DE LA PGR O DE LA SIEDO ?
He observado desde hace algún tiempo para acá que en la Pagina del SAT al lado derecho en la Sección 'Novedades' el 90 ó 95% de la información que publica el SAT, se refiere a temas de incautación de Contrabandos, drogas Etc. Es una pena, ya que normalmente en esa sección se publicaban temas importantes de aspecto Fiscal y Legal. Ojalá que vuelvan a publicar información relativa a temas Fiscales, ya que la 'otra' Información abunda en los noticieros y en los periódicos. Pido una disculpa por el tópico que no es de Fiscal, pero creo que si se ha desviado el SAT en su Cometido u Objetivo de informar lo referente a lo que nos interesa tanto a los Contadores, como a los Contribuyentes en general, que son las 'Novedades Fiscales y Legales. Saludos [i]Editado: Junio 26, 2009 10:17:31[/i]
Tópico: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2009 08:28:06 Asunto: Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
cturrubiates: Como fundamento a mi comentario anterior sobre la utilización de diskets de 3 1/2', te anoto lo siguiente: II.2.2.2 ….. Adicionalmente a lo señalado en el párrafo anterior, [b][color=red]deberán presentar [/color][color=red]los medios magnéticos a que se refiere el rubro C, numeral 6, inciso d), punto (2), del Anexo 1,[/color] que contengan la información de los proveedores, prestadores de servicios y arrendadores que representen al menos el 80% del valor de sus opera[/b][b]ciones[/b], así como la información correspondiente a la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, operaciones de importación y exportación. …. [color=red][b]Anexo1[/b][/color] [color=red][b]6. Instructivo para la presentación de información en medios magnéticos[/b][/color]. Características generales Cuando en las disposiciones fiscales se hiciera referencia a declaraciones, avisos o cualquier información que deba presentarse mediante medios magnéticos, se estará a lo siguiente: [color=red][b]c) Información de libre presentación[/b][/color] La información que deba presentarse en medios magnéticos, en cuya presentación no se indiquen características específicas, [color=red][b]deberá contenerse en discos flexibles de 3.5”, [/b][/color]de doble cara y alta densidad, procesados en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII) y en sistema operativo DOS, versión 3.0 o posterior, con etiquetas externas que señalen cuando menos los siguientes datos: .-R.F.C. del contribuyente. .-Nombre, denominación o razón social. .-Declaraciones que incluye. .-Números de discos que presenta. .-Periodo que comprende la información. .-Fecha de entrega. Te cito el Inciso C) en lugar del D) ya que este último solamente señala conceptos técnicos de la ubicación y características de la información que se captura Que por favor les pregunte a los del SAT si estas disposiciones ya fueron derogadas ya que por mi parte estoy seguro que siguen vigentes. Saludos [i]Editado: Junio 26, 2009 08:43:09[/i]
Tópico: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2009 21:16:32 Asunto: Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IVA
cturrubiates: El software que requieres es el siguiente: [b]'Información de operaciones con proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y comercio exterior relacionadas con la solicitud de devolución o el aviso de compensación de saldos a favor de IVA'[/b] Lo puedes descargar en esta liga: [b][url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_9988.html[/url][/b] En lo personal, siempre he presentado la información de los Proveedores en Diskets de 3 1/2' y me los han aceptado, nunca he utilizado ni los CD ni el USB. En cuanto a los anexos, si se trata de IVA Convencional, solamente adjuntas los Anexos '1' y 'A' en formatos de 'papel'. Saludos [b]PD.- Debes solicitar en cualquier Módulo del SAT el[color=red] “Validador de Dispositivos Magnéticos”[/color] mediante unidad de memoria extraíble (USB), para validar los medios magnéticos referidos.,[/b] [i]Editado: Junio 26, 2009 07:58:52[/i]
Tópico: actualizacion de saldo a favor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2009 18:42:42 Asunto: Re: actualizacion de saldo a favor
luis81: [quote]....[b]LA ACTUALIZACION DE SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS[/b] (PARA EFECTOS DE COMPENSACION) [color=red][b]ES UN INGRESO ACUMULABLE[/b][/color]? [/quote] No, no es un Ingreso Acumulable, según el criterio del SAT: [b]CRITERIOS NORMATIVOS 2007[/b] 7/2007/CFF.- [color=red][b]Actualización.[/b][/color] [color=red][b]No se considera ingreso acumulable para efectos del cálculo del impuesto sobre la renta.[/b][/color] El monto de [color=red][b]la actualización [/b][/color]correspondiente a las devoluciones,aprovechamientos y compensación [b]de saldos a favor [/b][b]a cargo del fisco federal, [color=red]no debe considerarse como ingreso acumulable [/color]para efectos del cálculo del impuesto sobre la renta.[/b] Ello es así, toda vez que la actualización constituye una partida no deducible en el impuesto sobre la renta en los términos del artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, y que la misma tiene como finalidad el reconocimiento de los efectos que los valores sufren por el transcurso del tiempo y por los cambios de precios en el país. Saludos [i]Editado: Junio 25, 2009 18:45:27[/i]
Tópico: ART. 32 DE CFF ¿ALGUIEN SABE COMO VA A FUNCIONAR AHORA?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2009 18:04:40 Asunto: Re: ART. 32 DE CFF ¿ALGUIEN SABE COMO VA A FUNCIONAR AHORA?
CP_PUEBLA: Bienvenido (a) !!! El cuarto párrafo del Art. 32 del C.F.F. [b]antes del 4 de Junio de 2009,[/b] te señalaba que en la declaración complementaria solamente se presentaban los datos corregidos: ANTES DEL 4 DE JUNIO 09: Artículo 32. La modificación de las declaraciones a que se refiere este Artículo, se efectuará mediante la presentación de declaración complementaria [b]que modifique los datos de la original[/b], sin embargo normalmente anotabas todos los demás datos de la declaración, era opcional. Ahora a partir del 4 de Junio 09, te obliga a que anotes todos los datos, es decir, ya no es opcional sino obligatorio: A PARTIR DEL 4 DE JUNIO 09: Artículo 32. La modificación de las declaraciones a que se refiere este artículo se efectuará mediante la presentación de declaración que sustituya a la anterior, [b]debiendo contener todos los datos que requiera la declaración aun cuando sólo se modifique alguno de ellos.[/b] Con la entrada de la 'Nueva Plataforma' o 'Servicio de Declaraciones y Pagos' una vez que entre en vigor, van a cambiar los procedimientos para la presentación tanto de las declaraciones normales como de las complementarias. Es conveniente leer los Capitulos I.2.14 y II.2.12 de la RMF 2009, especialmente las Reglas siguientes: de la II.2.12.1 a la II.2.12.7 asi como la I.2.14.3 y I.2.14.4 Saludos [i]Editado: Junio 25, 2009 18:12:53[/i]
Tópico: DEDUCCIONES DE LAS INVERSIONES PARCIALMENTE DEDUCIBLES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2009 09:36:19 Asunto: Re: DEDUCCIONES DE LAS INVERSIONES PARCIALMENTE DEDUCIBLES
hidrometria: [quote]LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO ASÍ COMO EL COMBUSTIBLE Y EL IVA CORRESPONDIENTE LOS CONSIDERO DEDUCIBLES Y ACREDITABLES AL 50%(LA PROPORCIÓN DEDUCIBLE PARA ISR).[/quote] Asi es. Fundamentos: ISR.- ART. 32 FRACC. II IVA.- ART. 5 FRACC. I IETU.- ART. 6 FRACC. IV. Saludos

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