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Tópico: Invitación a reclasificación riesgo trabajo empresa
leopardo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 27, 2011 10:18:32 Asunto: Re: Invitación a reclasificación riesgo trabajo empresa
Como algo agregado dire que lo más común es poner toda la atención a la determinación anual del riesgo de trabajo pero que pocas veces, cuando menos en lo que me ha tocado ver, en verificar que la empresa aún se encuentre dentro de la clase I, II... etc, que realmente le corresponda, las empresas son dinámicas y por tanto siempre hay que estar vigilantes para realizar los ajustes fiscales que sean necesarios, en este caso con el IMSS. Agradezco sus conocimientos porque son una forma de retroalimentarse y estar en actualización continua en lo que es nuestro trabajo. Que tengan un excelente día.
Tópico: Invitación a reclasificación riesgo trabajo empresa
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 26, 2011 18:29:10 Asunto: Re: Invitación a reclasificación riesgo trabajo empresa
Muchas gracias Vcaspe y Enríque no me queda ya duda alguna el riesgo mayor es el que manda en cuestiones de seguros, no había considerado ese punto de vista, creo que no es necesario abundar más en el tema y que siga el IMSS adelante con su procedimiento de reclasificación. En cuanto al fuchibol yo soy Puma de corazón y parece que para nosotros ya va mejhorando la cosa, y el América... el mejor equipo que le he visto es cuando tenian en su filas a Biyic. Un saludos a ambos y nuevamente gracias por su aportación y su tiempo.
Tópico: Invitación a reclasificación riesgo trabajo empresa
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 26, 2011 15:49:56 Asunto: Invitación a reclasificación riesgo trabajo empresa
Buenas tardes espero me puedan ayudar con lo siguiente, un patrón recibió la invitación a reclasificarse y se acudio a la cita en el IMSS, y le dicen que debe de cambiarse de la clase II a la III porque tiene 'almácen' y aunque no se tenga servicio de entrega de mercancia con el sólo hecho de hacerlo en ocasiones muy aisladas con eso basta para que así se considere. El caso es que aún aceptando esto me dicen que de acuerdo a reglamento el cambio de la prima tiene que ser a partir de enero de 2010 a la fecha, pero ya platicando despues con el patrón me dice que esta misma persona del IMSS en diciembre de 20007 los visito cuando tenian un negocio más grande, con un bodega y con la misma situación con respecto a la entrega de mercancias a domicilio, solo se hace en casos muy aislados, y en ese entonces se le reclasifico al la clase II que es la que aún conserva ahora y considero que si la situación de la empresa a lo más en la actualidad se encuentra en el mismo supuesto que en 2007, entonces debe considerarse que la persona del IMSS X que es la misma de ahora 2011 hizo una reclasificación inadecuada en ese entonces y ahora quiere corregir su ahora a costa del patrón haciendolo pagar por todo el 2010 lo que va del 2011 con actualización y recargos lo cual no considera que sea lo correcto. Saludos y si ocupan algo más de información para poder ayudarme avisenme para proporcionarselas. Gracias de antemano
Tópico: Reparto de utlidades
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 15, 2011 11:29:50 Asunto: Re: Reparto de utlidades
Gracias pepesoto asi lo creo tambien yo, y Enríque gracias por complementar este tema del ptu y tambin al Lobo siempre todos muy activos y dispuestos a ayudar en los diferentes foros de fiscalia.
Tópico: Reparto de utlidades
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 14, 2011 11:22:18 Asunto: Re: Reparto de utlidades
Pepe gracias es buen punto, esto significa que si el contribuyente tiene como único ingreso la venta de refacciones, sus trabajadores tendrán derecho como máximo cobrar una ptu equivalente a un mes de sueldo del trabajador y si hay remanente se quedaría para repartirlo al año siguiente. Y esta fracción se refiere exclusivamente a personas físicas ¿Verdad? Saludos.
Tópico: Reparto de utlidades
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 14, 2011 11:08:07 Asunto: Re: Reparto de utlidades
Hola Enrique no no cobra rentas ni intereses, es persona física regimen intermedio. Saludos
Tópico: Reparto de utlidades
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 13, 2011 19:26:28 Asunto: Re: Reparto de utlidades
Hola Lobo es correcto lo que dices, si estoy conforme a ley y el contribuyente o patrón le quiere sacar la vuelta a su responsabilidad ya es otra cosa. Tan sólo hay que plantearle bien fundamentada la situación para que el contribuyente se de cuenta que se estan haciendo bien las cosas. Gracias nuevamente, siempre es bueno tener el apoyo de gente con más experiencia que uno.
Tópico: Reparto de utlidades
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 13, 2011 13:26:26 Asunto: Re: Reparto de utlidades
Muy bien Enríque y Lobo, no hay más que decir al respecto sino simplemente que le debo de fundamentar al patrón que es su obligación repartir la totalidad de la PTU al único trabajador de la empresa. Una disculpa si no hice un buen planteamiento. Saludos y que tengan un excelente semana
Tópico: Reparto de utlidades
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 11, 2011 12:28:14 Asunto: Re: Reparto de utlidades
Buenos días lobo la información que me pasaste en el link ya la conozco muchas gracias y es de acuerdo a eso que considero que por ser uno solo el trabajador en la empresa a el le tocaría todo el reparto de utilidades aun cuando hubiera laborado nueve meses pues no hay nadie más a quien repartirserlo, solo que el patrón como son $9,000.00 esta viendo la manera de darle menos. En lo que he estudiado sobre PTU este se reparte sobre los trabajadores en relación al tiempo y prercepciones recibidas durante el jercicio fiscal que se trate, pero siendo uno solo el que laboro en la empresa a este le tocaría la totalidad de las utilidades. ¿Estoy en lo correcto o estoy pasando por alto algo? Saludos
Tópico: Reparto de utlidades
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 11, 2011 11:57:35 Asunto: Reparto de utlidades
Hola muy buenos días un contribuyente persona física tuvo utlilidad durante el 2010, en marzo de es mismo año contrata a su unico trabajador que aún a la fecha sigue en la misma empresa. Se determinó una utilidad a repartir de digamos $9,000.00, cantidad que desde mi punto de vista le tocaria en su totalidad al unico trabajador independiente mente si se dio de alta en marzo o si lo hibera hecho en noviembre. Sólo que el patrón dice que como se le va a entregar todo si sólo debería entregarsele lo proporcional al tiempo que laboró. Mi pregunta es de acuerdo a ley que es lo que se le tendría que dar al trabajador, desde luego independientemente de que al patrón le guste o no. Saludos y muchas gracias.

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