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Tópico: Venta de inmueble en abonos
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 06, 2010 12:47:23 Asunto: Re: Venta de inmueble en abonos
Gracias, por sus opiniones, todos tienen razón. La escritura que planeo el notario, es una compraventa a plazos. Su inquietud actual, es como el enajenante y él como notario, es solidario responsable de los impuestos que se deben retener. Ahi esta el quid porque pretende cobrarlo y enterarlo. Como se va hacer los enteros del iva en base al flujo de efectivo, por el momento no esta muy claro y las consultas al SAT, fueron, por favor dejeme consultar y en ocasiones se corto la llamada por el tiempo de espera. Lo que si nos mencionaron, que la el notario debe solicitar una autorización de la operación ante el SAT, para garantizar de alguna manera el pago de los impuestos. Con relación el enajenante, efectivamente paga su impuesto sobre la renta tal como lo explicaron muy atinadamente. La duda es el famoso IVA. Ya que en la escritura el notario es solidario responsable por los impuestos mal calculados, o no retenidos de manera oportuna, es donde el notario pretende curarse en salud. Gracias por su apoyo Petrus
Tópico: Venta de inmueble en abonos
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2010 23:28:29 Asunto: Venta de inmueble en abonos
Buenas Noches Foristas. Expongo aqui el caso, lo trate de ubicar por medio del buscador de fiscalia y no logre localizar la situación, que a continuación expongo: Mi compadre esta por vender un inmueble que tiene construcciones. El valor del terreno es de $ 10,000,000.00 y de las costrucciones $ 12,000,000.00, segun los avaluos. La operación es una venta en 120 abonos, sin enganche. El notario le informo, que independientemente de que si la operación es en abonos y se estipulen en la escritura de compraventa, el impuesto al valor agregado debe ser pagado de inmediato, es decir el 16% de $ 12,000,000.00 da un total de $1,920,000.00., no me suena razonable, ya que no se esta pagando la totalidad de la operación. Pregunto ¿Cada parcialidad que se pague, lleva una parte del iva? Cada pago parcial, consta de un pago del importe de la deuda y los intereses pactados, ¿el interes es afecto al iva?, y el pago parcial de la suerte principal ¿le corresponde una parte del iva? Una luz por favor. Petrus
Tópico: PAGO PARCIA FACTURA 2009
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2010 11:31:39 Asunto: PAGO PARCIA FACTURA 2009
Hola Foristas. Algunos clientes y proveedores de la empresa, nos han enviado comunicados, que van efectuar pagos parciales a las facturas del año 2009 y que estamos en posibilidad de hacer pagos provisionales a las facturas que debemos., Cobrando o pagando el importe gravado más el iva unicamente. Ejemplo La empresa expidio una factura en diciembre del 2009, por un monto total de $215,000.00, que incluye artículos tasa a 0% y articulos al 15 % más el iva como sigue: Importe artículos tasa 0% $100,000.00 Importe artículos tas 15% $100,000.00 IVA 15,000.00 Total $215,000.00 Cabe mencionar que estos totales se muestran en las facturas. Envian (y enviamos) un comunicado especificando que el pago parcial se refiere a los artículos gravados y su tasa del 15%. Creo que es una solución que han buscado las empresas, a la problematica de los 10 días para el pago de las facturas. Del analisis de la reforma, a la Ley del IVA, no especifica si el pago es total o parcial, de ahí este esquema. En mi opinión, se vale siempre y cuando se encuentre bien soportado el cheque y el deposito. Contablemente con mucha transparencia. ¿Que opinan? Petrus
Tópico: EXCLUSION DE SOCIOS EN UNA SOCIEDAD CIVIL
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 29, 2009 13:56:36 Asunto: Re: EXCLUSION DE SOCIOS EN UNA SOCIEDAD CIVIL
Lo más importante es conocer los estatutos de la sociedad civil, en ellos deben de estar plasmados, las reglas de admisión, baja y exclusión de socios. Deben ser convocados todos los socios y además entregar con suficiente tiempo, la convocatoria y los documentos que se van a tratar. No se trata de quitar solo por quitar, al socio, hay derechos y obligaciones, deben cumplirse con los lineamientos de convocatoria, etc, etc, etc,. En una sociedad me toco vivir esta situación y los únicos que ganaron ( $ ) fueron los abogadosy la sociedad se fue a pique.. Petrus
Tópico: VALE LECTRONICO COMO PAGO NOMINA
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 29, 2009 12:29:01 Asunto: VALE LECTRONICO COMO PAGO NOMINA
Buenos tardes Foristas. ¿Alguien conoce acerca de pago de nómina con vale electronico personalizado? Mi hijo presta servicios en una empresa, donde manejaban el esquema de coperativa, el cual van a dejar de aplicar en el 2010. Le hacen la propuesta siguiente para el año 2010: a) Una parte por nómina (lógicamente baja) y la otra parte por el esquema de vales electronicos personalizados. ????? (Esta parte no la entiendo, no se como se aplica y como lo justifican contablemente.); cada mes le dan un vale electronico con su nombre, y solo puede ser usado en compra de mercancias o en cajeros. b) O bien tu sueldo completo con los descuentos de ISR, IMSS, INFONAVIT, pero el costo de ellos, son abssorvidos por el trabajador. El argumento que hace el representante de la empresa, es el costo de tu sueldo para la sociedad es de $ 30,000.00 mensuales. Si quieres seguir recibiendo los 30,000.00 debes de escoger el plan a). En caso de escoger el plan b), el costo para la empresa sigue siendo 30,000.00, es decir, te dismunuyo el sueldo y te sumo lo que la empresa debe de pagar por IMSS e INFONAVIT. Como en estos tiempos no hay muchas oportunidades, hay q aceptar el A??? NO ENTIENDO LA DINÁMICA DE LOS VALES ELECTRONICOS PERSDONALIZADOS, ¿QUE ESQUEMA ES ESTE?, NO TENGO LA MÍNIMA IDEA DE COMO FUNCIONA ESTE ESQUEMA. ¿PREVISION SOCIAL? ¿EL VALE PERSONALIZADO SE COMPRA POR MES?... ¿COMO LO JUSTIFICA LA EMPRESA? ???????? Saludos PETRUS
Tópico: AUDITORIA GABINETE POR AMORTIZACION DE PERDIDAS
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2009 22:21:36 Asunto: Re: AUDITORIA GABINETE POR AMORTIZACION DE PERDIDAS
Gracias por los comentarios, son oportunos y claros, ya comentare como concluye.
Tópico: Reforma IVA y Transitorios
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 13:04:04 Asunto: Reforma IVA y Transitorios
Acudi a curso reformas fiscales y me quede HELADO, por lo siguiente. Se reforma el IVA de la tasa 15% a la tasa del 16%. No hay problema PERO En los artículos trásitorios se señala lo siguiente. Se podrá aplicar la tasa del 15% ó del 10%(frontera), en la enajenación de bienes y servicios, siempre y cuando: i) Si las operaciones se celebraron hasta el 31 de diciembre. Bien sin problema ii) Si los bienes y servicios se entregaron o se proporcionaron en el 2009. Bien sin poroblema iii) Y QUE EL PAGO SE REALICE DENTRO DE LOS 10 PRIMEROS DIAS NATURALES DEL 2010. Por lo general las empresas otorgan crédito de 15, 20 o 30 días. Un pago a un proveedor o una cobranza a un cliente cuya fecha de operación fue el 23 de diciembre, si es pagada o cobrada el 11 de enero, quiere decir que ya causo el 16%????? YYYYYYYYYYYYYY, que hago, la venta se realizo bajo las leyes del 2009 y la cobranza o el pago, bajo las leyes del 2010 (después del 11 de enero), ya por ese hecho tengo que cobrar o pagar una diferencial de IVA, y el comprobante QUE??? Si alguién me ayuda por favor, swe los agradecer .
Tópico: AUDITORIA GABINETE POR AMORTIZACION DE PERDIDAS
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2009 16:04:31 Asunto: Re: AUDITORIA GABINETE POR AMORTIZACION DE PERDIDAS
Gracias. Me acerque a la autoridad y me sugirio que proporcione copia de la declaración complementaria por corrección fiscal y copia del acta de cierre de la revisión de gabinete, es probable que con eso sea suficiente.???? PPETRUS
Tópico: AUDITORIA GABINETE POR AMORTIZACION DE PERDIDAS
Petrus

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 01, 2009 23:09:21 Asunto: AUDITORIA GABINETE POR AMORTIZACION DE PERDIDAS
No pude localizar en el buscador algo parecido a lo que planteo, ofrezco de antemano una disculpa si ya se trato. Soy persona física con actividad empresarial, tuve pérdidas fiscales por los años 1998, 1999, 2000, en el año 2001 obtuve utilidad y amortize, la pérdida de 1998 y parcialmente la de 1999, en el año 2002, obtuve perdida nuevamente. En el año 2003, obtuve utilidad y la amortize la parte restante del año 1999 y parcialmente del 2000. El año 2006, la autoridad me reviso el año 2003 y me incremento la utilidad fiscal, pero habiendo pérdida por amortizar del año 2000, se aplico. La autoridad da por concluida la visita domiciliaria y en la declaración por corrección fiscal, se señala aún la pérdida por amortizar. A partir del 2004 la empresa tiene utilidades fiscales pequeñas, que han ido amortizando la pérdida del año 2000 y la del 2002. En este año, en el mes de abril (2009), se inicia la revisión de Gabinete por el ejercicio 2004. A finales del mes de noviembre, la autoridad nos solicita que proporcionemos toda la documentación del año 2000, para determinar si la péridida de esa declaración es correcta. Dudas. ¿Puede solicitar la autoridad la documentación del año 2000 y hacer la auditoria de Gabinete de ese año, con la excusa de revisar la pérdida?. En la revisión de Gabinete del año 2003, donde hay declaración de corrección fiscal, la autoridad reviso el cálculo de la pérdida y la acepto en la autocorrección. ¿Puede la autoridad brincarse esa declaración y el acta de cierre por autocorrección? ¿Puede la autoridad, aplicar en forma retroactiva las leyes? Gracias por leerme y orientarme. PPETRUS
Tópico: COMO VALUO Y REGISTRO, MARCA Y PATENTE
Petrus

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Noviembre 07, 2009 11:56:34 Asunto: COMO VALUO Y REGISTRO, MARCA Y PATENTE
Hola Foristas: Tengo un nuevo cliente, y me encuentro con lo siguiente: 1.- Desarrollo un producto el cual esta debidamente registrado y patentado. 2.- Se desarrollo una marca propia. 3.- La empresa es de reciente creación del 2006 y en estos tres años, investigo, invirtio y desarrollo un producto. Registro una marca, et etc. Dudas. Una empresa hizo una valuacion de la patente, y en un documento previo del valuador nos señala que tiene un valor de 8 millones. Que la marca tiene un valor de 4 millones de pesos. Nota desconozco los mecanismos que uso, y no pongo en duda lo q hizo. Como registro este valor intangible. Actvo Diferido ( Actualmente No circulante) Pantente 8 millones, marca 4 millones, con abono a una cuenta de capital??? ¿Cual sera el nombre de la cuenta de capital? Como son valores intangibles, queda soportado con el documento del valuador??? Francamente esto es nuevo para mi y estoy con dudas Petrus

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