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17/Jul/10 16:54
Re: Pago parcial iva

Partiendo del inicio del topico
La pregunta:
puedo pagar 160 y argumentar que el pago corresponde solamente al IVA y así poder acreditarlo

Supongo se trata de esta regla miscelánea: (3ra RMF):

TERCERO. Para los efectos del Artículo Octavo, fracción III del “Decreto por el que se reforman, adicionan....los contribuyentes que celebraron operaciones afectas al pago del IVA y, en su caso, del IEPS, con anterioridad al 1 de enero de 2010, que por tal motivo expidieron comprobantes fiscales antes de dicha fecha y que dichas operaciones efectivamente sean cobradas a partir de enero de 2010, para los efectos fiscales podrán expedir los comprobantes siguientes:
a) Tratándose de operaciones en las que las partes hayan convenido un precio sin considerar el IVA y, en su caso, el IEPS, los contribuyentes podrán expedir, por cada operación que efectivamente cobren en 2010, un comprobante fiscal complementario al que hubieren expedido con anterioridad al 2010, para trasladar el IVA y, en su caso, el IEPS....Los comprobantes fiscales que se expidan para estos efectos en 2010, en lugar de incluir la información a que se refieren las fracciones V y VI del artículo 29-A del CFF, deberán hacer referencia a los comprobantes fiscales que se hubieran expedido con anterioridad al 2010, para lo cual deberán llevar la siguiente leyenda: “Este comprobante es complementario del expedido con el folio __ de fecha ______”........
 
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vabdo
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19/Jul/10 10:58
Re: Pago parcial iva

Que onda Perron, ¿ cual es ahora tu conclusión?



saludos
 
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CPhugoocejo
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20/Jul/10 13:01
Re: Pago parcial iva

¿ Qoe onda Perrón? me parece es hora de que ahora expongas lo que procede...creo que ya todos expusimos nuestra opiniones..solo faltas tú...o de plano serás parte de la estadística de lo que abren temas y NUNCA CIERRAN el tema....



En fin, pensé que tenías argumentos......




saludos
 
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20/Jul/10 13:56
Re: Pago parcial iva

Buen dia.

Sugiero que ya demos por cerrado este topico, ya que al menos mi abundante ignorancia no me permite saber que pretende el compañero 'perron'.
Si quiere fundamentos creo que en la Ley del IVA los puede localizar.
Es grato que existan personas que se toman la molestia de atender estos asuntos de superioridad.
Gracias por la retroalimentacion de los maestros.

Saludos
 
C.P. Mario Orlando Beltran Lopez
 
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cpmario
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20/Jul/10 16:13
Re: Pago parcial iva

hola.....

creo que como el dice el dicho el pez pro su propia boca muere y el compañero ('''''') perron, fue lo que le paso pues, el no dio su opinon ni fundamentos....

gracias.... a todos los que compartieron su punto de vista
 
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cperic_mx
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20/Jul/10 16:39
Re: Pago parcial iva

Creo Perron va más allá por una supuesta laguna que se deja ver en el Art.5 LIVA.
 
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FISCALDICT
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20/Jul/10 17:33
Re: Pago parcial iva

No veo positivo que haya ataques en el foro, y menos cuando alguien opina diferente, ya que eso hace la diferencia entre un foro monotono y uno pujante.

En lo personal, aunque no resulta 'lògico' el razonamiento de Perron, tampoco lo veo descabellado, ya que tiene posibilidades, y si estuvieramos hablando de millones de pesos por una situaciòn similar, la pensarìa dos veces antes de decir que no.

Salutes
 
 
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neonato
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25/Jul/10 17:03
Re: Pago parcial iva

buenas tardes, no he podido ver el post debido a que tengo mucha chamba gracias a Dios, pero veo que ha habido mucha intención de contestar



Hugo

no entiendo cómo dice que tus posts son para que los demás piensen??

Si los mismo contienen errores básicos


Dentro de los fundamentos que pones señalas el art.1 pero no señalas algo muy importante

Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

Actos o actividades gravadas

I. Enajenen bienes. .

II. Presten servicios independientes.

III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes.

IV. Importen bienes o servicios


El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.



Aquí encontraras la base de lo que digo, si una cosa es el precio del bien y otra cosa es el traslado del impuesto,(ya que no forma parte del precio) se podría decir que existen dos obligaciones de pago (precio y traslado del impuesto) y un solo acreedor (el CONTRIBUYENTE, que realizó el acto)



y digo el contribuyente ya que a juan perez le trasladan el IVA (segun tu ejemplo), y ya habíamos quedado que la LIVA (art 1) dice que trasladar el impuesto es el cobro o cargo que el CONTRIBUYENTE debe hacer de UN MONTO EQUIVALENTE AL IMPUESTO


Pero bueno.......


ya puse el ejemplo de lo que digo con la aplicación de pagos, que te dan las instituciones de crédito


ahora te dejo una pregunta para hecerte pensar como tu dices


si la CONTRAPRESTACIÓN es la base de todo como usted afirma, por qué me puedo acreditar el IVA pagado en aduanas aunque no haya pagado la CONTRAPRESTACIÓN o PRECIO del BIIEN



asesoria

gracias por sus respuestas son igual de utiles que el software que promociona


Dina

baya, baya como diria usted


me gustaría saber sus propia opinión, no copia de otros compañeros


mire con la misma buena intención que tiene hugo de hacerla pensar por usted misma, contesteme la siguiente duda, en base a los art, 11 y 12 que usted argumenta


y si por la enajenación no hay contraprestación o pago del precio????


por ejemplo, si mi compadre me enajena un bien 100 + 16 de IVA, y luego me perdona la deuda (esto se llama condonación de acuerdo al C.Cv. y es una forma de extinguir obligaciones), que pasa????


de acuerdo a usted, y el 11 y 12 nunca se cobraron las contraprestaciones


pero de acuerdo al art. 1b el interes del acreedor quedo satisfecho (se extinguio la obligación)


pero!!!!!! tansiquiera existio enajenación???

el 11 y 12 dice que se concreta la enajenación hasta que efectivamente se cobren las tan dichosas CONTRAPRESTACIONES


solo otro apunte, de aucerdo con el CFF si hay enajenación


tons?????



solo una cosa, ya casi resuelvo este tema con ayuda de colegas, en cuanto terminemos les paso la conclusión si les interesa
 
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Cabo

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26/Jul/10 09:29
Re: Pago parcial iva

no entiendo cómo dice que tus posts son para que los demás piensen??


Que onda Perron...


Porque si observas entre líneas mis participaciones, todas tienen la palabra ' instigar '....


No mi estimado, no me contestes con otra pregunta, solo enfoca tu opinión y punto, o bien, cuando tengas ya la respuesta o el planteamiento completo, la expones aquí como bien has dicho..te parece?



saludos
 
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26/Jul/10 09:50
Re: Pago parcial iva

Para los pagos parciales y que proceda el acreditamiento del IVA:

La LIVA en su art 5 a mediados de uno de sus parrafos de la fracción I, expresa lo
siguiente:

Tratándose de erogaciones parcialmente deducibles para los fines del impuesto sobre la renta, únicamente se considerará para los efectos del acreditamiento a que se refiere esta Ley, el monto equivalente al impuesto al valor agregado que haya sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto al valor agregado que haya pagado con motivo de la importación, [b]en la proporción en la que dichas erogaciones sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta. Asimismo, la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta, se considera como erogación totalmente deducible, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en la citada Ley.
[/b]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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