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Tópico: devolucion de ide negada
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2012 12:01:14 Asunto: Re: devolucion de ide negada
Hola buenos dias !!! Una pregunta relacionada al tema. . . . la compensación del IDE se puede hacer en meses distintos al de la retención?, es decir, este mes me retienen IDE, lo acredito Vs ISR y Retenciones de ISR del pago provisional de Mayo, el resto lo compenso contra IVA y IETU, y si me queda remanente puedo seguirlo compensando Vs IVA y IETU en junio, julio etc. hasta agotarlo o forzosamente despues de compensar en mayo debo solicitar la devolución del remanente?. . . . y en caso de que si se pueda seguir compensando en meses posteriores, ya no se puede compensar contra el ISR que resultara en dichos meses posteriores? Perdón a lo mejor son preguntas muy tontas pero no quisiera quedarme con la duda. Le agradezco.
Tópico: HERENCIA
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2012 17:26:38 Asunto: Re: HERENCIA
Muchas gracias a todos por sus aportaciones... Como conclusión, se debe presentar la información de la parte de la herencia recibida en el ejercicio 2011, que es de lo que ya se tiene posesión, y lo que está pendiente se declarará en el ejercicio 2012, cuando ya se haya terminado con todos los trámites en curso. Ya chequé los artículos 175 y el segundo DT 2002 y si se presta a confusiones, pero como el monto excede de los 500,000.00 mejo los declaramos al fin y al cabo estan exentos. Muchisimas gracias por apoyarme !!! Saludos.
Tópico: IVA en Declarasat
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2012 14:01:32 Asunto: Re: IVA en Declarasat
Muchisimas gracias a todos por sus respuestas. Que tengan buena tarde y buen provecho. Saludos !!
Tópico: Venta de casa habitacion
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2012 12:54:52 Asunto: Re: Venta de casa habitacion
Hola, buen dia !! Analí, según el art. 130 del Reglamento de LISR establece que se comprueba que es la casa habitación del contribuyente con CUALQUIERA de los documentos que menciona dicho articulo, es decir, que si presentaste los recibos de la luz de 5 años inmediatos anteriores a la enajenación y estan a tu nombre y con el domicilio correcto con eso era suficiente, no debieron exigirte que tambien tu credencial de elector coincidiera también. A menos que alguien mas conozca si se cambiaron los requisitos. Saludos!
Tópico: HERENCIA
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2012 12:11:13 Asunto: HERENCIA
Buenos dias!! Un contribuyente recibió una herencia en el 2011, la cual se encuentra áún en proceso. En diciembre de 2011 se les depositó a los herederos su parte en numerario y los bienes inmuebles aun estan en proceso, ya que es un poco mas complicado por eso de los avaluos y los traslados. Mi duda es si para el 2011 los herederos deben declarar la parte que recibieron en efectivo (Ya que rebasa los 500,000 ) y en la declaraciona anual del año próximo (la del 2012 que se presenta en abril de 2013, espero que todavía estemos por aqui) se declararía la parte recibida en bienes. Espero haber sido clara en mi planteamiento y espero sus amables respuestas. Saludos !!
Tópico: IVA en Declarasat
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2012 11:50:35 Asunto: IVA en Declarasat
Hola Buenos dias a todos !! Mi duda es si en el Declarasat se debe presentar la información del IVA, ya que en el DIMM no se presenta o si sigue vigente el decreto del 30 de Junio de 2010, donde en el Art. segundo dice que se puede optar por no presentar la infromación del IVA si se presentan las DIOT mensualmente. Agradezco todos sus valiosos comentarios. Saludos!!
Tópico: PRESTAMO CON INTERESES
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2012 17:22:43 Asunto: Re: PRESTAMO CON INTERESES
Gracias Joegon, me acaban de aclarar que el prestamo es a solo 4 meses y al término de ese periodo se pagarán tanto el capital como los intereses, pero por lo que le entendí a Usted, no importa el periodo, si no el hecho de tener que facturar los intereses lo que generaría un aumento de obligaciones, ¿verdad? Por otro lado, hice una 'simulación' de aumento de obligaciones y me genera junto a las demas obligaciones la siguiente: 'Presentar la declaración y pago provisional semestral de impuesto sobre la renta (isr) por intereses y ganancia cambiaria. régimen de los demás ingresos.', Entonces los intereses no los acumularía a los demas ingresos cada mes, solo presentaría un pago provisional semestral exclusivamente por los intereses y en la anual si acumularía todo, es lo que entiendo yo, no se si esté bien. Y para IETU los Intereses cobrados no son objeto de este impuesto. Es lo que he estado encontrando al investigar sobre este asunto. Espero me den su valiosa opinión para saber si estoy en lo correcto y si no para saber que es lo que debo hacer. Por favor. Les agradezco mucho.
Tópico: PRESTAMO CON INTERESES
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2012 12:27:54 Asunto: PRESTAMO CON INTERESES
Buena tardes! Una persona física con actividad empresarial le va a hacer un prestamo a otra persona física con actividad profesional, para que esta última pueda deducir los intereses pagados ¿se le deben facturar los intereses? Y la persona que otorga el prestamo ¿deberá hacer algún cambio en su RFC para poder otorgar el préstamo? revisando su documentación en su actividad economica dice: Otros Servicios de apoyo a los negocios, no se si dentro de esta actividad pudiera entrar el del cobro de intereses. Cabe mencionar que no se dedica a hacer prestamos, será por unica ocasión y en el contrato de mutuo se especifica que el préstamo es a 2 años, asi que durante este tiempo se cobrarán los intereses. Espero que mi duda sea clara y agradezco de antemano sus respuestas. Saludos
Tópico: A PARTIR DEL 2012, TODAS LAS PERSONAS MORALES SE INCORPORAN AL PAGO REFERENCIADO
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 22, 2011 11:26:24 Asunto: Re: A PARTIR DEL 2012, TODAS LAS PERSONAS MORALES SE INCORPORAN AL PAGO REFERENCIADO
Hola Buenos dias !! Cruzalex, mientras no estes habilitado para presentar declaraciones por pago referenciado no vas a poder accesar por el momento, es decir, te van a habilitar hasta que estes obligado a hacerlo por ese medio, me imagino que empezarán a habilitar a todas las personas morales a partir de mediados de enero de 2012. Mientras tanto, si no conoces el sistema de presentación te aconsejo leer las ayudas que está proporcionando el SAT por medio de su página. El sistema de DyP es como un resumen de tus papeles de trabajo, incluye el listado de IETU, el apartado del IVA es un poco laborioso a mi consideración, porque te piden todo muy detallado. En ISR es tu cálculo completo desde los ingresos nominales, coeficiente, inventario acumulable,estímulos etc. y en retenciones solo las cantidades retenidas y si aplicas compensaciones es otro rollo, porque debes hacerlas por 'Mi portal' de forma obligatoria, y aunque presentes remanentes debes incluír todos los anexos (como cuando presentas la compensacion inicial). que de haberlo presentado en el formato 41 en papel por remanentes, solo se llenaría el propio formato y ya. En fin. . . Más trabajo para los contadores, que a fin de cuentas la mayoría de los clientes no te quieren pagar, porque para ellos el resultado es el mismo, pagar sus impuestos. Suerte !!
Tópico: COMPENSACION DE SALDOS A FAVOR EN DyP
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2011 12:50:17 Asunto: Re: COMPENSACION DE SALDOS A FAVOR EN DyP
Hola buen dia!! Me comentaron lo mismo, que se deben presentar los anexos cada vez que se compense el remanente, lo cual me parece ilógico, preferiría presentar el formato 41, pero ya no se puede, ,... en mi caso el saldo a favor es de IETU, debo presentar los anexos 14 y 14-A, que no son sencillos de llenar, pero pues lamentablemente asi son nuestras autoridades fiscales, lejos de una simplificación fiscal nos complican mucho mas los trámites,... en el sistema DyP de por sí la captura de información se incrementó considerablemente... que lamentable, porque ademas en los anexos siempre se va a capturar la misma información, solo cambiaría el mes, no se para que les sirve esto si es lo mismo, pero para el contribuyente esto nos podría llevar a cometer algun error de dedo y mandar la información erronea... Pero pues no hay de otra a darle! Saludos y gracias por sus colaboraciones.

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