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Tópico: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2013 11:47:04 Asunto: Re: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
Ok, muchas gracias !!! Buen día !!!
Tópico: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2013 13:16:39 Asunto: Re: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
Ok entiendo, declaro el total, pero entonces lo debería declarar también en el renglón de IVA pagado no acreditable, para que 'cuadre' ¿ es correcto?, así lo hago con los pagos parcialmente deducibles, (aunque este no es el caso, porque el gasto si es totalmente deducible pero no acreditable el IVA pagado) y asi mi DIOT queda como mi pago provisional referenciado. Gracias por el seguimiento a mi duda.
Tópico: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2013 10:59:15 Asunto: Re: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
Antes que nada, gracias por su respuesta Bandido07 y buen dia !! A ver si le entendí bien... Usted me indica que debo presentar la DIOT con esos proveedores como si hubiese acreditado el IVA ?... Si este fuera el caso entonces la IVA de la DIOT no correspondería contra el IVA Acreditable declarado en mis pagos provisionales. O como sugiere que se deba presentar? Mil gracias por su atención.
Tópico: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 21, 2013 19:22:36 Asunto: DIOT: IVA Pagado por P.M. que construye en terreno para casa-habitación
Hola Buenas tardes !! trabajo para una Persona Moral dedicada a la construcción, hasta ahora solo habia construído obra publica, pero recien adquirió 4 lotes residenciales y está construyendo las bardas perimentrales, para dentro de algunos años hacer 4 casas y venderlas. El IVA de los gastos en los que se ha incurrido por la construccion de las bardas que comento, lo estoy considerando como parte del costo. Mis dudas son ¿Debo declarar esas operaciones en la DIOT? Si es así ¿Se declararían como IVA pagado no acreditable? ya que dice que es en la proporción a las deducciones autorizadas y en este caso todo sería considerado como deducción autorizada, incluyendo el IVA. O por ese hecho de considerarse como parte del costo ¿no se deben declarar? Cabe mencionar que los proveedores son los mismos que nos proporcionar materiales y servicios para la construcción de obra pública, asi que si tuviera que informarlos solo agregaría los importes que correspondan a la construcción de la barda perimetral. Espero que me puedan apoyar con sus comentarios, los agradezco mucho de antemano.
Tópico: PRESTAMO DE PERSONA FISICA A PERSONA MORAL
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2012 17:27:23 Asunto: PRESTAMO DE PERSONA FISICA A PERSONA MORAL
Hola, Buenas tardes!! Les comento el caso: Una persona fisica con Actividad empresarial le hace un prestamo a una PM, por lo tanto le va a cobrar intereses mensuales durante la vida del crédito que será a 2 años. Entiendo que la Persona Física debe entregar factura por el cobro de los intereses a la PM y desglosarle el IVA, la duda es, la PF debe acumular mensualmente a sus ingresos por actividad empresarial el monto de los intereses cobrados? Leyendo el Art. 168 dice que el pago debe ser mensual y será sobre los intereses reales positivos devengados. En una consulta al SAT me dicen que el pago debe ser anual, como fundamento me dió el Art, 167 LISR. Hice una simulación de aumento de obligaciones en el portal y como nueva obligacion me arroja 2 pagos semestrales, asi que ya es confuso este asunto para mi. Además, para IETU ¿tambien gravan? y el Impuesto se pagaría de firma mensual? Agradezco de antemano todos sus comentarios. Saludos!
Tópico: Publicacion Decreto ISR articulo 109 fraccion III
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2012 18:16:58 Asunto: Re: Publicacion Decreto ISR articulo 109 fraccion III
Excelente noticia !!! Gracias por el dato. Saludos !!!
Tópico: DONACION DE ACCIONES
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2012 12:41:34 Asunto: Re: DONACION DE ACCIONES
Alguien que me pueda orientar respecto a que valor debo declarar esta donación de acciones? He consultado al SAT y no me han sabido contestar, no se si alguno de ustedes haya tenido este caso. O si ya de plano las declaro a valor nominal. Por favor. Gracias y Saludos !
Tópico: devolucion de ide negada
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2012 16:53:33 Asunto: Re: devolucion de ide negada
Hola. Mi confusión es porque literalmente dice 'Susceptible de ser compensada contra OTRAS CONTRIBUCIONES FEDERALES en los terminos del Art. 23 del CFF', por eso mi duda, pero si me comenta que ha presentado compensaciones contra ISR y Retenciones de ISR sin problema alguno es porque si se puede hacer. Agradezco mucho sus comentarios
Tópico: DONACION DE ACCIONES
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2012 14:01:56 Asunto: DONACION DE ACCIONES
Buenas tardes a todos !! Tengo el caso de un contribuyente del que ya se presentó su declaración anual 2011, y hace unos dias, al llenar una solicitud de credito bancaria nos dimos cuenta de que su Papá le donó acciones de una S.A. en Abril del 2011 y no se declaró dicha donación en la anual, por lo que vamos a presentar una complementaria, ya que el total de sus ingresos gravados y excentos excede del 1;500,000 ya considerando esa donación. Mi duda es si debo declarar el valor nominal de las acciones o que procede en este caso. Hasta lo que he invesrtigado la Ley del ISR solo contempla los casos en que se enajenen esas acciones como se debe considerar el valor de adquisición, pero en el caso de la donación no he encontrado como se debe declarar el ingreso, que por supuesto está exento. Les agradezco mucho sus valiosas aportaciones !!
Tópico: devolucion de ide negada
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2012 13:46:19 Asunto: Re: devolucion de ide negada
Gracias grupoimper, Ya chequé la regla que me comenta y aunque no dice especificamente que se compensa hasta agotar el saldo a favor, por logica y por lo que menciona la regla acerca de que la diferencia es susceptible de ser compensada contra OTRAS CONTRIBUCIONES FEDERALES conforme al art 23 del CFF, entiendo que se puede seguir compensando hasta agotarlo, como en las demas. Lo que si no me queda muy claro es si puedo compensarlo en los meses posteriores incluso contra el ISR y retenciones o ya solo contra IVA y IETU.

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