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Tópico: RFC DEL IMSS
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2009 13:51:54 Asunto: Re: RFC DEL IMSS
Muchas Gracias y que tengas un Bonito día!!!!
Tópico: PENSIONES EN DECLARASAT
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2009 13:47:40 Asunto: Re: PENSIONES EN DECLARASAT
Hola buen día!!! No, no logré conseguir la constancia, lo único que me dieron fué una copia de todos los recibos desde febrero de 2008 hasta abril de 2009, y me dijeron que ellos ni conocen esas constancias, que siempre que les han solicitado algo solo entregan copia de los recibos. Los recibos son sencillos y los entregan en una hoja membretada del IMSS (tipo copia) y se llama INFORME DE PAGO, vienen como un recibo normal de nómina y solo llenan los campos de percepciones, los de deducciones están vacíos, asi que ya con eso voy a presentar la declaración, obviamente sin retenciones, ah, cabe aclarar que te lo dan en una hoja de re-uso jejeje, por si faltaba algo mas, total, les pedí el RFC del IMSS porque aunque no ponga retenciones me lo solicita el DECLARASAT. Entonces voy a hacer lo siguiente: De la Afore si tengo constancia, de esa no hay problema, la voy a capturar en la parte de Jubilación como pago en una exhibición De lo que le pagó INFONAVIT no tengo constancia alguna, pero es nada, (menos de 5,000.00), asi que la voy capturar igual en Jubilación como pago en una exhibición y con el RFC del INFONAVIT, aunque no tenga retenciones Y de lo del IMSS voy a sumar todos los recibos y lo capturo tambien en Jubilación, como pago en parcialidades, sin retenciones y con el RFC del IMSS. Es a la conclusión que he llegado, espero estar en lo correcto, te agradezco tus comentarios. Ah, y es verdad en el IMSS no saben nada, es mas, ni de trámites que solicitan ellos (por ejemplo de las modificaciones en la Construcción, pero esa es otra historia...) Gracias , Buen día!!!
Tópico: RFC DEL IMSS
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2009 19:49:42 Asunto: RFC DEL IMSS
Hola Buen día!!!! Alguien me podría proporcionar el RFC del IMSS por favor? Les Agradezco de antemano
Tópico: PENSIONES EN DECLARASAT
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2009 17:37:03 Asunto: Re: PENSIONES EN DECLARASAT
GRACIAS POR TU RESPUESTA JUANCARM, YA LO BUSQUE PERO NO ENCONTRÉ LO QUE BUSCO, SI ENCONTRÉ ASUNTOS RELACIONADOS AL PAGO DE PENSIONES Y SI SON ACUMULABLES Y LAS PARTES EXCENTAS, ETC. PERO LO DEL LLENADO DEL DECLARASAT Y DE LAS CONSTANCIAS ANUALES POR MAS QUE BUSQUÉ NO ENCONTRÉ NADA, TE COMENTO QUE YA CONTACTÉ A UNA PENSONA DEL IMSS (ADMINISTRATIVO) Y QUEDÓ DE DARME UNA RESPUESTA MAÑANA TEMPRANO O DE SER POSIBLE DARLE SU CONSTANCIA AL PENSIONADO, ESPERO QUE ASÍ SEA. GRACIAS POR TU AYUDA
Tópico: PENSIONES EN DECLARASAT
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 19:36:39 Asunto: PENSIONES EN DECLARASAT
Hola buenas noches Estoy realizando una declaración anual de PF que tramitó a principios del 2008 su Pensión ante el IMSS, (además obtiene otros ingresos) en un principio solo tiene los depósitos que le han estado haciendo a su tarjeta bancaria cada mes y los depósitos de sus importes cobrados en una exhibición dei INFONAVIT y otros rubros , que le pagó su Afore en una sola exhibición. Hice una consulta en el SAT, porque yo nunca habia presentado una declaración anual con Ingresos por pensiones, y me comentan que hay que solicitar una constancia anual del pago de pensiones al IMSS, consulté con el IMSS y me dijeron que acuda a la clinica al Área de control de prestaciones, donde le dicen al contribuyente que ellos ni conocen las constancias, que lo mas que le pueden dar es una copia de los recibos de pensión mensuales. Al hacer un intento de captura en el Declarasat capturo por separado lo que le pagaron en una exhibición (La afore y el INFONAVIT) y lo que le pagan mensualmente (El IMSS), pero me solicita el RFC del retenedor (a pesar de que no estoy poniendo nada en retenciones), Es correcto que ponga el RFC de la AFORE y del INFONAVIT aunque no tenga ninguna constancia, mas que un depósito bancario (en lo que se pagó en una sola exhibición) pero en el pago de pensión mensual por parte del IMSS ¿que le pongo? Alguien ha hecho algo semejante? Espero haber escrito con claridad mi planteamiento Gracias por sus comentarios
Tópico: DECRETO 23 ABR 2003
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 19:03:48 Asunto: Re: DECRETO 23 ABR 2003
MMM pues si que está un poco raro esto, porque por una parte la información de la página del SAT (La tablita donde explica en que casos se consideran los 1,800.00 y en que casos los 1,000.00) dice que es para la DECLARACION ANUAL DEL 2008, pero por otro lado Los criterios fiscales para la declaración anual de 2008 publicada en la misma página del SAT dice que no se considerará el estímulo.... Leyendo detenidamente el DECRETO DEL 01 DE OCTUBRE DE 2007 en el artículo Octavo fracción II dice: [i]Los contribuyentes a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que se encuentren obligados a presentar declaración anual en los términos de la citada Ley, acreditarán contra el impuesto del ejercicio determinado conforme al artículo 177 de la misma Ley el monto que por concepto de subsidio para el empleo se determinó conforme a la fracción anterior durante el ejercicio fiscal correspondiente, previsto en la constancia que para tales efectos les sea proporcionada por el patrón, sin exceder del monto del impuesto del ejercicio determinado conforme al citado artículo 177.[/i] Así que yo considero que podemos acreditar el subsidio para el empleo 'Según tabla' como se le conoce coloquialmente y sin ímitación alguna, ya que no establece ningún límite, como el decreto del 23 de abril de 2003. En la misma tabla de criterios fiscales para las declaraciones anuales de personas fisicas dice: [i]Acreditamiento del subsidio para el empleo con acumulación de otros ingresos (asimilados u otros capítulos de la Ley). Será acreditable el subsidio para el empleo contra el impuesto sobre la renta determinado de la aplicación del artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, cuando el asalariado acumule otros ingresos, ya que en el Artículo Octavo, fracción II, segundo párrafo del Decreto del Subsidio para el Empleo, no establece limitante cuando se está en este supuesto.[/i] O Ustedes qué opinan?
Tópico: DECRETO 23 ABR 2003
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 10:45:36 Asunto: Re: DECRETO 23 ABR 2003
OK, ENTONCES SEGUN ENTIENDO, EL ESTÍMULO DE LOS 1,800 DEL 23 DE ABRIL DE 2003 ES SOLO SI SE OBTUVIERON INGRESOS POR SALARIOS, Y SEGUN LA TABLA SI EL CONTRIBUYENTE ESTA INSCRITO EN OTRO RÉGIMEN DISTINTO AL DE SALARIOS, PERO NO OBTUVO INGRESOS DE ESE OTRO RÉGIMEN Y SOLO LO OBTUVO EN EL DE SALARIOS PUEDE APLICARLO TAMBIEN. EN EL CASO DE HABER OBTENIDO OTROS INGRESOS APLICARÍA SOLAMENTE EL DE 1,000.00 DEL DECRETO DEL 4 DE MARZO DE 2008. NUNCA SE PODRÁN BENEFICIAR DE LOS 2 ESTÍMULOS. ESPERO HABER INTERPRETADO BIEN LO QUE TAN AMABLEMENTE ME RESPONDIÓ. MIL GRACIAS Y SALUDOS!!!!!
Tópico: Pago provisional persona fisica honorarios
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 10:31:12 Asunto: Re: Pago provisional persona fisica honorarios
Sigue igual que en la prehistoria, con la hoja de ayuda y tarjeta tributaria te presentas al banco a pagar, la Hoja de ayuda la puedes obtener en el portal del SAT. Buen dia!!!
Tópico: DECRETO 23 ABR 2003
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 19:33:39 Asunto: DECRETO 23 ABR 2003
BUENAS NOCHES, MI DUDA ES SI EN LA DECLARACION ANUAL DEL 2008 DE PERSONAS FISICAS SE PUEDE APLICAR EL DECRETO DEL 23 DE ABR DE 2003, (APLICAR LOS 1,800.00) AUN Y CUANDO EN DICHO DECRETO SE REFIERE AL CREDITO AL SALARIO, EN EL 2008 PODEMOS 'TRADUCIRLO' COMO SUBSIDIO AL EMPLEO? ADEMAS EN LAS CONSTANCIAS DE SUELDOS NO INCLUYE EL SUBSIDIO AL EMPLEO QUE LE CORRESPONDIÓ AL TRABAJADOR SEGUN LA TABLA, SE DISMINUIRÍAN LOS 1,800.00 COMPLETOS? GRACIAS POR SUS RESPUESTAS
Tópico: declaracion de clientesy proveedores
ssalda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2009 11:55:15 Asunto: Re: declaracion de clientesy proveedores
Hola buen dia!!! Acabo de hacer una consulta en el chat de la página del SAT y me comentaron que si tomo la opción de presentar la declaración DIMM (persona física) aún asi debo presentar la DIOT de enero a Junio SIN OPERACIONES, pero el asesor no me supo dar fundamento alguno, ¿alguien sabe si esto es correcto?, porque en mi caso me favorecía mas presentra clientes y proveedores que el DIOT, por el monto de mis operaciones. Agradezco sus valiosos comentarios

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