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Tópico: Reducción de capital, IETU?
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 19, 2008 17:52:58 Asunto: Re: Reducción de capital, IETU?
Aunque de acuerdo al ejemplo que plasma el compañero, las acciones no se están enajenando, se están reembolsando, al grado de que incluso, supongo, se cancelarán, en ese sentido no cabe la enajenación, pues resultaría que la empresa en cuestión estaría recomprando sus acciones, situación de entrada prohibida, a menos que seas una empresa que cotice en bolsa. Vamos poniendo como ejemplo que se tratara de una enajenación de acciones, entonces estaríamos ante una permuta, que conlleva dos enajenaciones: 1 La transmisión de las acciones y 2 La transmisión del terreno. La segunda enajenación, estoy de acuerdo está exenta, más no así la del terreno. Saludos.
Tópico: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 19, 2008 17:45:13 Asunto: Re: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
En cuanto a lo que se refiere a contratos estoy de acuerdo en que debe existir la firma autógrafa, pues es ésta la que da certeza de la voluntad en el acuerdo de las partes. Por lo que se refiere a la nómina, curiosamente no existe disposición que nos obligue a recabar la firma en cuestión,salvo que alguien indique y fundamente lo contrario. En ese sentido, la firma se ha venido usando como un elemento de que se está entregando y por lo tanto recibiendo tal cantidad, por lo que en mi opinión, la transferencia electrónica tendría que ser más que suficiente, ya que queda evidenciado que se depositó en la cuenta del trabajador en cuestión.. Caso contrario pasa con las autoridades, ya que ahí sí existe disposición expresa de que cualquier acto de autoridad, a parte de estar fundado y motivado, debe llevar la firma del funcionario competente. Saludos
Tópico: Reducción de capital, IETU?
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 16:52:28 Asunto: Re: Reducción de capital, IETU?
Entonces tampoco tienesCUCA suficiente, pues se ve rebasada al grado que incluso la CUFIN es insuficiente. Del fecto de ISR que comentaba, me referia al terreno, pues tendrás que ver tres aspectos en caso de hacerlo mediante la transmisión del terreno. 1) La reducción de capital en sí 2) La enajenación del terreno 3) E efecto en el accionista por la adquisición en caso que el valor de avaluo sea por arriba de la cantidad pactada como reducción. Saludos.
Tópico: Reducción de capital, IETU?
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 10:16:51 Asunto: Re: Reducción de capital, IETU?
Y que efecto le están dando en ISR?, ya que hay puede haber puntos interesantes al grado de que puede haber doble gravamen. Saludos.
Tópico: perdidas de ISR
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 09:49:31 Asunto: Re: perdidas de ISR
La única alternativa que te queda, es irte al amparo, tu tienes las cifras como para valorar el costo beneficio. Saludos.
Tópico: Beneficio fiscal RM I.3.13.1 del 27-5-2008 Para Sueldos y Salarios
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 09:43:04 Asunto: Re: Beneficio fiscal RM I.3.13.1 del 27-5-2008 Para Sueldos y Salarios
Sí te entiendo, está un poco distorcionada la idea y el enfoque. Saludos.
Tópico: TIPO DE CONTRATO PARA UN TRASPASO
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 09:41:03 Asunto: Re: TIPO DE CONTRATO PARA UN TRASPASO
Pues de entrada es una compra-venta, pues estás adquiriendo activos, marcas, cuentas por cobrar, etc. Saludos.
Tópico: I.D.E.... Caro su pago... qué tal un descuento'''
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 09:38:07 Asunto: Re: I.D.E.... Caro su pago... qué tal un descuento'''
Efectivamente por medio de sepomex se puede hacer dicha estrategia, sin embargo existen rumores, por el hecho de que las operaciones por dicha vía han sido abismales, de que dentro de poco se van a efectuar retenciones, pues se pretende regular dicho esquema de otyra manera, para que en su caso valoren el implementar la estrategia comentada, pues será de corto plazo. Saludos.
Tópico: Ingresos acumulabes
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 09:34:16 Asunto: Re: Ingresos acumulabes
Trátandose de activos fijos, el fundamento que te podría orientar de mejor manera es el plasmado en el artículo 43, tercer párrafo, de la Ley de ISR. No me queda claro el recargo de la prima, supongo que hablas de la prima de seguro, es por pagarla a destiempo? Saludos.
Tópico: COMPENSACION DEL IVA A FAVOR CONTRA IVA A CARGO DE MESES ANTERIORES
javsaid

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2008 09:27:47 Asunto: Re: COMPENSACION DEL IVA A FAVOR CONTRA IVA A CARGO DE MESES ANTERIORES
Lo que la regla te está regulando es la compensación de saldos a favor de IVA contra otras contribuciones, dandote únicamente la facilidad de que sean del mismo periodo. La Ley del IVA sólo te permite: 1) Acreditamientos de saldos a favor de meses anteriores contra saldos a cargo de meses posteriores. 2) Compensación de saldos a favor de IVA contra otros impuestos. Para tu caso en particular la compensación de IVA contra IVA podríamos decir que no existe en términos de IVA, siendo improcedente la actualización y por ende el respectivo aviso. El único supuesto de compensación, como bien dices, es hacia atrás o de reversa. Saludos.

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