Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de javsaid

Autor Mensaje
Tópico: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
javsaid

Mensajes: 22
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 25, 2008 09:15:01 Asunto: Re: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
Bueno eso de endeble argumento ya lo decidirá la junta de conciliación o la instancia que corresponda en su momento, y obviamente 'no me quedaría así', pues insisto no sería el único argumento ni los pagos por medios electrónicos la única prueba, por otro lado la imposibilidad de pago no la dije yo, la dijo el compañero que inicio el tema que hemos venido comentando, desconozco el total de antecedentes y mis comentarios siempre han sido partiendo de que así son las cosas, es decir que realmente no pueden recabar las firmas en cuestión. Por último tal y como indiqué en mi anterior mensaje, coincido en que lo mejor es obtener la firma en cuestión a fin de facilitar las cosas, sin embargo me gustaría vieran la siguiente tesis en materia laboral: Registro No. 170186 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVII, Febrero de 2008 Página: 2383 Tesis: I.6o.T.370 L Tesis Aislada Materia(s): laboral SALARIO. LAS CONSTANCIAS DE NÓMINA MEDIANTE DEPÓSITOS ELECTRÓNICOS, AUNQUE NO CONTENGAN LA FIRMA DEL TRABAJADOR, TIENEN VALOR PROBATORIO COMO COMPROBANTES DEL PAGO DE AQUÉL, SI LAS CANTIDADES CONSIGNADAS EN ELLAS COINCIDEN CON LAS QUE APARECEN EN LOS ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS BAJO EL CONCEPTO 'PAGO POR NÓMINA' U OTRO SIMILAR. Aun cuando las constancias de nómina salarial mediante depósito electrónico no contengan la firma del trabajador, tienen valor probatorio para considerar que corresponden al pago de salarios y sirven como comprobantes de éstos, si las cantidades que aparecen en aquéllas coinciden con las que constan en estados de cuenta bancarios, si en ellos se detallan los depósitos realizados por el patrón en la cuenta del trabajador bajo el concepto 'pago por nómina' u otro similar, tiene cierta periodicidad y aparece el nombre de la institución bancaria emisora. SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 10266/2007. Rebeca Sánchez Ordóñez. 29 de noviembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Elia Adriana Bazán Castañeda. Saludos
Tópico: deduccion de terrenos de una inmobiliaria
javsaid

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 25, 2008 08:25:09 Asunto: Re: deduccion de terrenos de una inmobiliaria
Hola a todos: Aunque el terreno en cuestión al ser activo o inventario, en ambos casos se podrá deducir para efectos del ISR hasta la enajenación del mismo. Si lo que se busca es la deducción anticipada habría que ver si se puede aplicar en dado caso el estimulo del Art. 225 LISR. Saludos.
Tópico: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
javsaid

Mensajes: 22
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2008 13:54:13 Asunto: Re: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
Estoy de acuerdo en que en dado caso el Patrón tendrá que probar su dicho, pero de acuerdo a mi argumentación, parto de dos premisas: 1).- La empresa practicamente está imposibilitada a recabr las firmas. 2).- Ninguna Ley me está obligando a recabar la mencionada firma. De acuerdo a lo anterior y a fin de discernir lo procedente, creo que con lo que se está haciendo es suficiente, sin en que en ningún momento se deba entender que me voy a saltar alguna etapa procesal, de hecho el deposito en cuestión no tendría que ser la unica prueba, pues tal y como lo plasma el artículo 776 de la LFT, se puede aportar lo que sea. Al final de cuentas, coincido en que lo mejor es obtener la firma en cuestión, pero si es prácticamente imposible hacerlo, pues no les queda otra alternativa. Saludos.
Tópico: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
javsaid

Mensajes: 22
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2008 09:04:39 Asunto: Re: FIRMA FACSIMILAR EMPLEADOS
Pues yo sigo insistiendo que en caso de que la recabación de la firma en cuestión se dificulte sobre manera, con la transferencia deberá ser más que suficiente, pues existen varios principios procesales y juridicos que ayudarían al patrón en cuestion, tales como: - Nadie está obligado a lo imposible. - El actor está obligado a probar sus acciones, en este caso el trabajador deberá comprobar que no se le pagó, pues él es el que en dado caso iniciaria el litigio. En ese sentido al demostrar el patrón que le depositó en su cuenta y que la misma estaba a nombre del trabajador, éste último tendrá que probar que no se le hizo llegar el dinero por que la cuenta no era de él o algo por el estilo, lo cual practicamente será indefendible. Saludos.
Tópico: saldos a favor iva
javsaid

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2008 10:59:56 Asunto: Re: saldos a favor iva
Ok Lobozac, me queda claro el ejemplo. Para el otro compañero, antes de decidir si se dió la prescripción habría que valorar si no se ha interrumpido la misma. Un Tip para distinguir prescripción y caducidad: Los créditos fiscales incluidos los saldos a favor prescriben. Las facultades de las autoridades caducan. Saludos.
Tópico: saldos a favor iva
javsaid

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2008 09:43:17 Asunto: Re: saldos a favor iva
Que tal Lobozac, me llamó la atención que hables de un saldo a favor ANUAL de IVA del ejercicio 2007, sin embargo en dicho ejercicio ya eran pagos mensuales definitivos, está correcto tu ejemplo? Digo por que si es de otro ejercicio (2002 por ejemplo ) tal vez deberíamos estar hablando de prescripción, en caso de haber transcurrido más de 5 años. Saludos.
Tópico: margen de intermediación financiera,,, que considero y que no como ingreso gravable para IETU
javsaid

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 12:02:36 Asunto: Re: margen de intermediación financiera,,, que considero y que no como ingreso gravable para IETU
La ley dice que el margen de intermediación es la diferencia entre el interés cobrado y el pagado, en ese sentido, si del cocepto que comentas se genera algun interés, sí habria que incluir el interés en cuestión. Aunque me queda la duda respecto a tu pregunta, por qué, en dado caso podrías considerar que no se computa? Lo anterior a fin de soportar mejor mi dicho. Saludos.
Tópico: DEPOSITO EN GARANTIA IETU
javsaid

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 09:23:21 Asunto: Re: DEPOSITO EN GARANTIA IETU
Este es uno de los temas que más controversia causan, pues la Ley intenta tipificar como un acto gravado a los depositos y los anticipos, si bien coincido que no es una contraprestación tal cual. En mi opinión, creo que de manera conservadora nos conviene darle el tratamiento de gravados a tales conceptos, pues caso contrario será materia de litigio ante las autoridades con pocas posibilidades de ganar. Por otro lado, al tratarse de un concepto de entrada acumulable conforme a lo indicado en el artículo 2, en mi opinión es deducible conforme a lo preceptuado en el artículo 5, fracción I y 6 fracción I, pues la intención de la Ley es tipificar como parte de la contraprestación a tales conceptos. Saludos.
Tópico: Reducción de capital, IETU?
javsaid

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 19, 2008 20:26:12 Asunto: Re: Reducción de capital, IETU?
Perdón quise indicar que la primera enajenación es la exenta, es decir la de las acciones. Saludos.
Tópico: tratados internacionales
javsaid

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 19, 2008 18:00:46 Asunto: Re: tratados internacionales
Sí existe tratado con China y sí está el apartado de intereses, por favor ve a esta liga: http://proteo2.sre.gob.mx/tratados/archivos/CHINA-DOBLE_IMPOSICION.pdf Saludos.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9