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Tópico: AVISO COMPENSACION COMPLEMENTARIO
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 21, 2009 09:22:12 Asunto: Re: AVISO COMPENSACION COMPLEMENTARIO
Gracias por tu respuesta Enrique, lo que no me queda tan claro es si el aviso de compensación complementario solo se presenta cuando modifico la cantidad que compenso o cuando modifico la declaración en la que compenso, porque en el aviso de compensación original yo puse la referencia del Número de operación y fecha de presentación de la declaracion 'normal' y ahora si compenso en la complementaria esos números cambian, entonces vuelvo a mi cuestionamiento Los 13,809.00 que pagué en la declaración normal deben disminurse en la complementaria bajo el concepto de compensacion? o solo lo declaro en el renglón de 'monto pagado con anterioridad'? (que lo pague mediante compensación) Gracias
Tópico: AVISO COMPENSACION COMPLEMENTARIO
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2009 20:10:06 Asunto: AVISO COMPENSACION COMPLEMENTARIO
Hola buenas tardes, si pudieran darme su opinion respecto a este tema. En el pago provisional de ISR de Junio 2008 compense un saldo a favor de ISR del ejercicio 2007 de la siguiente manera: ISR a cargo 13809.00 recargos 156.00 compensación 13965.00 pagado 0 Ahora en Mayo tengo que presentar una complementaria del provisional de junio 2008 que queda así: ISR a cargo 14209.00 menos [b][color=red]compensacion? o monto pagado con anterioridad? 13,809[/color][/b] actualizacion 10.00 recargos 30.00 a pagar 440.00 Mi duda es si los $13,809.00 se presentan como compensación o como 'monto pagado con anterioridad' , a mi me parece que debe ser como compensación y presentar un aviso complementario, pero de ser así, donde quedan los $156.00 que compense en el aviso 'normal' ya que de mi saldo a favor compensé originalmente 13.965, y ahora parce que solo estuviera compensando 13,809.00 Que opinan? (espero haberme explicado) Gracias.
Tópico: clientes y proveedores datos 2008 declarados en 2009
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2009 18:17:40 Asunto: Re: clientes y proveedores datos 2008 declarados en 2009
Concuerdo con este último comentario '[b]presentar completo clientes y proveedores.........o solo la mitad de proveedores diot[/b] ' gracias.
Tópico: clientes y proveedores datos 2008 declarados en 2009
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2009 17:48:55 Asunto: Re: clientes y proveedores datos 2008 declarados en 2009
LOBOZAC, para que no te preguntes solo, mejor te pregunto yo, si como persona física solo presentante DIOT de Julio a Diciembre y declaras clientes y proveedores (mayores a 50,000) en tu opinion, la información relativa a los clientes y proveedores debe abarcar solo el período enero -junio (ya que julio-diciembre se presentó mediante DIOT) o se debe presentar CyP por todo 2008? Saludos y gracias por tus aporaciones.
Tópico: LISTADO IETU...AHORA SI EN LEY
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2008 12:50:57 Asunto: Re: LISTADO IETU...AHORA SI EN LEY
Mi opiion (Lobozac) como anteriormente la exprese en algún topico referente al Listado de Conceptos del IETU, va en el sentido de que no estaba legalmente fundamentada la presentación del listado (aunque todos lo presentamos para evitarnos molestias), pero que desde mi punto de vista el SAT no podía (legalmente insisto, porque de poder..puede) requerir la no presentación del mismo por no tener sustento legal. No sé si conozcan algun caso en que la autoridad haya requerido al contribuyente por este motivo. En cuanto a la retroactividad coincido con Chavalon y Fiscalia en que la redacción del artículo no me parece con intencion de aplicarse a todo el ejercicio 2008 sino solamente a las declaraciones de 2008 que se presentan en 2009, en este caso Diciembre y la declaración anual. Por ahí vi que alguien te acusaba LOBOZAC de censurar los comentarios 'tontos' espero el mío no sea considerado dentro de esa categoría....ja ja ja, No ya en serio, a mi me parece muy bien lo que haces de 'invitar' a los foristas a que no solo pregunten y esperen les resuelvan todas sus dudas sino que por lo menos den su opinion y también coincido contigo en la recriminación hacia ciertos foristas que parece que solo contestan por aumentar su puntaje (para que decir nombres....) Saludos y gracias a todos por sus comentarios. PD. Me voy de Rodillas hasta la basilica si por fin gana la Maquina Celeste....
Tópico: LISTADO IETU...AHORA SI EN LEY
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2008 11:30:28 Asunto: Re: LISTADO IETU...AHORA SI EN LEY
ok. lo siento...solo busque algunos topicos mas atras y no vi alguno que hiciera referencia. Bueno pues entonces remitamonos al topico anterior. saludos.
Tópico: LISTADO IETU...AHORA SI EN LEY
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2008 10:43:19 Asunto: LISTADO IETU...AHORA SI EN LEY
Para los que hace algún tiempo considerarón que el SAT tenía fundamentos para exigir la presentación del Listado de conceptos del IETU.. [i][b]Información de listado de conceptos que sirvieron de base para calcular el IETU[/b] Se establece la obligación [u][b]formal[/b][/u] para que los contribuyentes del IETU presenten la información relativa a los conceptos que les sirvieron de base para determinar ese gravamen en sus pagos provisionales y en la declaración anual, tales como: los ingresos obtenidos, los ingresos exentos, las deducciones autorizadas y los créditos que correspondan, en términos de las disposiciones aplicables, mediante reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. Fundamento legal: Artículo 22, cuarto y quinto párrafo de la LIF para el año 2009[/i]
Tópico: PAGO DIFERENCIAS EN RETENCIONES ISR
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2008 18:12:10 Asunto: PAGO DIFERENCIAS EN RETENCIONES ISR
Hola colegas, resulta que haciendo una verificaci{on de los pagos provisionales de impuestos retenidos de 2008 nos encontramos conque en Mayo de 2008, por una equivocación contable una parte del ISR retenido de sueldos y salarios se pago como ISR retendio de asimilados a salarios, se los pongo en numeros: ISR sueldos y salarios $14,699.00 ISR asimilados a salarios $86,663.00 Total enterado $101,362.00 Cuando debio haber sido: ISR sueldos y salarios $32,192.00 ISR asimilados a salarios $69,170.00 Total enterado $101,362.00 La cuestión aquí es que aunque en realidad pague la totalidad de los impuestos retenidos, si presento complementarias tendré que pagar la diferencia del ISR de sueldos mas actualización y recargos y el exceso de ISR de asimilados declararlo como pago de lo indebido y recuperalo vía compensación o devolución. Alguno de ustedes conoce o sabe si se puede hacer de alguna otra manera para no tener que pagar actualización y recargos? o ni para donde hacerme... De antemano agradezco por sus comentarios.
Tópico: ESTRATEGIA CON APERTURA SUCURSAL
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 11, 2008 14:03:42 Asunto: Re: ESTRATEGIA CON APERTURA SUCURSAL
Gracias por tu respuesta Lobozac, el aviso de apertura se hará via internet en la pagina del SAT (si es que funciona.. ja ja), las facturas se harán con un impresor autorizado en Cancun, el domicilio fiscal será 'prestado' y esta persona nos hará el favor (con un billete de por medio claro) de realizar los trámites necesarios, por eso si alguno de los colegas es residente en Cancun y pudiera informarme cuales trámites son los obligados par este caso. Gracias y saludos a todos.
Tópico: ESTRATEGIA CON APERTURA SUCURSAL
CP_JAAC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 11, 2008 13:47:58 Asunto: ESTRATEGIA CON APERTURA SUCURSAL
Hola buenas tardes a todos, quisiera saber su opinion sobre lo siguiente: - Se va a realizar un desarrollo habitacional en CANCUN y estamos concursando por el proyecto (hablamos de algunos millones de pesos) - Uno de los concursantes es residente en CANCUN (nosotros DF) por lo que traslada el IVA al 10%, por lo que su presupuesto es un 5% mas barato, ya que es muy parecido a nuestro presupuesto (como es habitaciónal el cliente va a llevar el IVA al costo) . - Para estar en igualdad de condiciones, se pretende aperturar un establecimiento (sucursal) en Cancun, vamos a llamarle 'virtual', ya que realmente no vamos a tener personal en Cancun, es solo para efectos de facturar desde esta sucursal y trasladar el IVA al 10%, (tenemos ya el lugar para el domicilio fiscal). Una vez terminado dicho proyecto procederemos a cerrar la sucursal. ¿como ven, les parece bien estructurada la estrategia? ¿Habrá que hacer algún trámite estatal en Cancun ? ¿Se podria subcontratar el proyecto a otra empresa con domicilio en el DF trasladando el IVA al 15% y recuperar el 5% via acreditamiento / devolución? Agradezco de antemano su opinion.

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