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Tópico: Compensación de ISR a favor contra IETU del ejercicio
martillo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2010 14:07:52 Asunto: Re: Compensación de ISR a favor contra IETU del ejercicio
Hola mi estimado lobozac y Cphugocejo,: pues a mi en especial nunca se me habilito el renglón [b][color=red] “ISR PAGADO EN EXCESO APLICADO CONTRA EL IETU” que aparece en la declaración anual en los programas DEM, para personas morales,'[/color][/b], yo lo tuve que hacer a la antigüita, es decir en el portal bancario, mi pregunta es ¿tambien tengo esta facilidad de presentar el aviso de compensacion en el mes de mayo?, [b][color=red]'o en su caso, hubieran optado por compensar dicho saldo a favor contra el IETU a cargo del mismo ejercicio, a través de la aplicación del portal bancario'[/color][/b] Gracias y saludos . [i]Editado: Abril 01, 2010 23:44:50[/i]
Tópico: COMPLEMENTARIA ISR PROPIO VS IDE O SUBSIDIO PARA EL EMPLEO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 15:59:29 Asunto: COMPLEMENTARIA ISR PROPIO VS IDE O SUBSIDIO PARA EL EMPLEO
Que tal coelgas de la comunidad de fiscalia, tengo una duda, a ver si me podrian ayudar por favor: A. en el mes de marzo a octubre de 2009 estuve acreditando por error IDE VS PAGOS PROVISIONALES DE ISR propio Digo por error ya que tenia perdidas fiscales de 2008 y no me las disminui de pagos provisionales de ISR propio. En este caso presente estadisticas en ceros con las razones de acreditamiento de IDE. MI DUDA es si realizo complementarias anotando el verdadero motivo de disminucion de perdidas fiscales, ¿ustedes creen que tena problemas? ¿ustedes que opinan? B.- y de noviembre a diciembre de 2009 estuve acreditando SUBSIDIO PARA EL EMPLEO VS PAGOS PROVISIONALES DE ISR propio. Por ejemplo en el mes de noviembre isr a cargo 575 menos 200 de subsidio para el empleo = 375 a pagar. Repito tenia perdidas fiscales. En este caso la de nov y dic 2009 las presente en el portal bancario, ustedes creen que si realizo complementarias en declaracion estadistica cero, esa cantidad de $200.00 ¿se considere como pago de lo indebido? ustedes que opinan. Gracias por su atencion. Saludos. [i]Editado: Abril 04, 2010 09:47:31[/i]
Tópico: NO OBLIGATORIA LA DECLARATORIA PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 10:07:11 Asunto: Re: NO OBLIGATORIA LA DECLARATORIA PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL IVA
Gracias a todos por su opinion. Saludos.
Tópico: NO OBLIGATORIA LA DECLARATORIA PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2010 11:33:41 Asunto: Re: NO OBLIGATORIA LA DECLARATORIA PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL IVA
Gracias mi estimado contador CPhugoocejo. Ya que tengo un cliente que esta obligado a dictaminar y solicita mes a mes devolucion de IVA y la verdad si le estaba saliendo un poco carito la declaratoria. Saludos.
Tópico: NO OBLIGATORIA LA DECLARATORIA PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2010 21:33:49 Asunto: NO OBLIGATORIA LA DECLARATORIA PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL IVA
Un saludo a la comunidad de fiscalia, pues resulta que hoy se actualizo el anteproyecto de la 4a resolucion miscelanea para 2009, y en una de los modificaciones a la letra dice: [i][b]SEGUNDO. Se reforma la regla II.2.3.1., cuarto párrafo; se adicionan las reglas II.2.3.1., con un quinto párrafo y II.2.3.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, para quedar de la siguiente manera: Devolución de saldos a favor de IVA II.2.3.1. ………………………………………………………………………………. Para los efectos del artículo 14 del Reglamento del CFF, la declaratoria de devolución de saldos a favor del IVA se deberá acompañar de los Anexos 7 y 7-A de la forma oficial 32 según corresponda, quedando el solicitante relevado de presentar la información en medios magnéticos de los proveedores, prestadores de servicios, arrendadores y operaciones de comercio exterior. No obstante lo anterior, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la declaratoria, cuando el contribuyente se encuentre obligado a dictaminar sus estados financieros de conformidad con el artículo 32-A del CFF, cumpliendo solamente con el procedimiento mencionado en los párrafos primero y segundo de la presente regla. ………………………………………………………………………………….. CFF 22, 32-A, 52, RCFF 14, 63, 64, 83, 84, RMF 2009 II.2.3.4.[/b][/i] Esto quiere decir que ya no es obligatorio la declaratoria, cuando se esta obligado a dictaminr los estados financieros. ¿Que opinan de esto? Gracias y saludos.
Tópico: NOTAS DE CARGO 1% IVA ADICIONAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 17, 2010 21:14:12 Asunto: Re: NOTAS DE CARGO 1% IVA ADICIONAL
Perdon LOBO, tienes razon, entonces siguiendo el tenor de que PAGAMOS, perdon por la distraccion, hay 3 supuestos: PERDON POR LAS MAYUSCULAS. SUPUESTO 1. ES UN ACTO DE 2009 1000 MAS IVA 150. PAGAMOS EL 20 DE ENERO DE 2010. 1000 MAS IVA DE 160. OBVIAMENTE EN LA DIOT DE ENERO DECLARO 1000 AL 16%. SUPUESTO 2. ES UN ACTO DE 2009 1000 MAS IVA 150. PAGAMOS el 25 de enero de 2010. Declaro en la DIOT 1150/1.16 = 991.38, en numero cerrados 991.00. Ahora bien el 8 de febrero PAGAMOS el 1% adicional es decir $ 10.00 Declaro en la DIOT 10/1.16 = 8.6, en numero cerrados 9.00. BUENO , ESA ERA LA IDEA MI ESTIMADO LOBO, y que bueno que resolviste el problema, el cual coincidio con el supuesto 2. Saludos.
Tópico: NOTAS DE CARGO 1% IVA ADICIONAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 17, 2010 20:32:19 Asunto: Re: NOTAS DE CARGO 1% IVA ADICIONAL
HOLA LOBOZAC: Mira, creo que esta confuso tu planteamiento ya que no mencionas mas detalles. (y si lo menciones, perdón no los vi) Te pongo 2 supuestos a ver en cual caes: PERDON POR LAS MAYUSCULAS. SUPUESTO 1. ES UN ACTO DE 2009 1000 MAS IVA 150. [b][color=red]PAGAMOS[/color][/b] EL 20 DE ENERO DE 2010. 1000 MAS IVA DE 160. OBVIAMENTE EN LA DIOT DE ENERO DECLARO 1000 AL 16%. SUPUESTO 2. ES UN ACTO DE 2009 1000 MAS IVA 150. [b][color=red]PAGAMOS[/color][/b] el 25 de enero de 2010. Declaro en la DIOT 1150/1.16 = 991.38, en numero cerrados 991.00. Ahora bien el 8 de febrero [b][color=red]PAGAMOS[/color][/b] el 1% adicional es decir $ 10.00 Declaro en la DIOT 10/1.16 = 8.6, en numero cerrados 9.00. En cual supuesto estas? Saludos. [i]Editado: Marzo 17, 2010 21:10:06[/i]
Tópico: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 14:37:14 Asunto: Re: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
totalmente de acuerdo mi estimado lobozac, coincido plenamente contigo. Saludos.
Tópico: DUDA EN SICOFI VERSION 2.1 2010 CAMPO 9
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2010 09:48:19 Asunto: DUDA EN SICOFI VERSION 2.1 2010 CAMPO 9
Que tal colegas, buenos dias, mi duda es la siguiente: Estamos emitiendo comprobantes fiscales digitales, facturacion electronica, al querer enviar el archivo respectivo al SAT SICOFI resulta que ya cambio la estructura y tengo duda en el campo 9 Donde dice 'Efecto de Comprobante' 'Utilizacion de una letra en Mayúscula' 'I Ingreso' , 'E Egreso', 'T Traslado'. Alguien sabe a que se refiere esto?^ Gracias y saludos.
Tópico: Puede un hospital expedir facturas con iva y sin iva ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2010 21:24:45 Asunto: Re: Puede un hospital expedir facturas con iva y sin iva ?
Si es sociedad civil te deben de extender recibo de honorarios y el acto se encontrara exento de IVA con fundamento en el art. citado anteriormente por lcruizuscanga, pero si es SA el acto no estara exento, por ende este te extendera una factura y te cobrara el IVA. Saludos. [i]Editado: Febrero 25, 2010 21:25:54[/i]

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