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Tópico: empresa creada en 2008 debe pagar ietu
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2008 12:37:04 Asunto: Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu
[b]enrique9727 escribió: Si en ISR existe la obligación de presentar PP, también para IETU es obligatorio presentar PP NO HAY OBLIGACIÓN DE PRESENTAR PP EN ISR EN 2008, ENTONCES TAMPOCO EXISTE OBLIGACIÖN PARA PRESENTAR PP EN EL IETU 2008 [/b] En mi opinión creo que no es así, ya que, como mencioné anteriormente, la ley del IETU dispone que [b]los pagos provisionales de este impuesto se harán en los mismos plazos que los establecidos para el ISR[/b]. Los plazos establecidos para el ISR existen, es decir, aunque no se esté obligado a presentar pagos provisionales de ISR, los plazos ahí están, por lo tanto, en mi opinión, considero que sí se deben efectuar los pagos provisionales del IETU aunque no se tuviera la obligación de efectuar los del ISR. [b]Caso contrario sería si la ley del IETU dispusiera que los pagos provisionales de este impuesto se harán [u]conjuntamente[/u] con los del ISR[/b], en este caso sí, es decir, como se tendría la obligación de presentar el pago provisional del IETU conjuntamente con el del ISR, y, al no estar obligado a presentar el pago provisional de ISR, entonces no efectúo el pago provisional de IETU porque, según la ley, tendría que ser de forma conjunta. Saludos...
Tópico: empresa creada en 2008 debe pagar ietu
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2008 15:53:59 Asunto: Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu
Qué tal, buenas tardes... Coincido con Lobozac; de hecho la ley del IETU habla de presentar los pagos provisionales de ese impuesto [u]en los mismos plazos[/u] que los del ISR, pero no dice que se presenten [u]conjuntamente[/u], de ser así entonces, definitivamente, no se presentarían pagos provisionales del IETU. Como que se interpretan parecido, pero no es lo mismo. Conclusión: Tal y como lo menciona Lobozac, son dos impuestos diferentes, cada uno con su propia mecánica; por lo tanto, una PM de reciente creación no efectuará pagos provisionales de ISR, pero sí tendrá que efectuar los pagos provisionales del IETU. Saludos...
Tópico: Herencia a una A.C.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2008 19:07:00 Asunto: Re: Herencia a una A.C.
Hola feliperod: Estuve leyendo todo el Título III de la ley del ISR, y, al parecer, esta herencia recibida por la A.C. sería considerada como un ingreso 'no objeto' para efectos del ISR. Ésa sería mi interpretación, ojalá que alguien más pudiera opinar. Saludos a todos...!!!
Tópico: ¿Se pierde la depreciación?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2008 Asunto: Re: ¿Se pierde la depreciación?
Gracias. ¿Algún otro comentario?
Tópico: Sociedad mexicana con accionista extranjero...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2008 Asunto: Re: Sociedad mexicana con accionista extranjero...
Gracias CP_PACO, saludos...
Tópico: Sociedad mexicana con accionista extranjero...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2008 Asunto: Re: Sociedad mexicana con accionista extranjero...
Gracias por la información; saludos...
Tópico: Sociedad mexicana con accionista extranjero...
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 18, 2008 Asunto: Sociedad mexicana con accionista extranjero...
Qué tal, buenas tardes a todos... Se quiere constituir una sociedad mexicana (SA de CV) que tendrá tres accionistas, dos personas físicas mexicanas con el 10% cada una y una sociedad extranjera con el 80%... ¿Es esto posible? ¿Existe alguna restricción para constituirse de esta manera? ¿En qué ley o leyes está regulado esto? Gracias anticipadas por sus comentarios.
Tópico: ¿Se pierde la depreciación?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 24, 2008 Asunto: ¿Se pierde la depreciación?
Qué tal, buenas tardes a todos... Tengo el caso de una persona física que fue asalariada y, en el 2007, dejó de ser empleado y puso un negocio de venta de equipos eléctricos. Ahora bien, él utiliza su casa como local, pero su casa la adquirió hace diez años. Por lo que mi pregunta es: La depreciación de la casa de los diez años que ya transcurrieron ¿se pierde? ¿o debo de empezar a depreciar desde el momento en el que inició el negocio? Gracias anticipadas por sus comentarios.
Tópico: Afil 15, ¿en qué casos?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 22, 2008 Asunto: Re: Afil 15, ¿en qué casos?
Gracias por sus comentarios, saludos...
Tópico: Afil 15, ¿en qué casos?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 21, 2008 Asunto: Afil 15, ¿en qué casos?
Qué tal, buenos días a todos... ¿En qué casos es necesario presentar el aviso AFIL-15 al Imss? Ya que la persona con la que trabajo realiza trabajos de [u:62959fca73]construcción[/u:62959fca73] y también de [u:62959fca73]mantenimiento de locales[/u:62959fca73], entonces me surge la duda acerca de si también por los trabajos de mantenimiento de locales debe presentar este aviso al Imss. ¿Cuál sería el fundamento legal? Gracias anticipadas por sus comentarios.

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