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21/Feb/08 7:36
Afil 15, ¿en qué casos?

Qué tal, buenos días a todos...

¿En qué casos es necesario presentar el aviso AFIL-15 al Imss? Ya que la persona con la que trabajo realiza trabajos de [u:62959fca73]construcción[/u:62959fca73] y también de [u:62959fca73]mantenimiento de locales[/u:62959fca73], entonces me surge la duda acerca de si también por los trabajos de mantenimiento de locales debe presentar este aviso al Imss.

¿Cuál sería el fundamento legal?


Gracias anticipadas por sus comentarios.
 
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cisneros
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21/Feb/08 16:32
Re: Afil 15, ¿en qué casos?

Estimado Cisneros.
Espero te sirva esta información:

[color=black:d3e7248537]Inscripciones Patronales, Requisitos[/color:d3e7248537]
Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro (AFIL-01).
Hoja de inscripción de las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo (CLEM-01).
Avisos de inscripción del trabajador (AFIL-02) (cuando menos uno).
Formato AFIL-15 (para patrones de la construcción).
Acta constitutiva.
Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (R-1).
Identificación del patrón o representante legal.
Relación de trabajadores eventuales de la Industria de la Construcción (en su caso).

Para Personas Físicas

En caso de que el negocio se encuentre legalmente establecido, cualquier documento oficial que contenga el nombre y domicilio de quien debe registrarse como patrón.

Industria de la Construcción

Cuando el patrón persona física se dedique a la construcción, el formulario de registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (R-1).

Cuando el patrón persona física no se dedique a la construcción, o sea, que construya algún inmueble por eventualidad, el registro se efectuará con cualquier documento que compruebe la identificad del patrón, con objeto de definir su domicilio para efectos de notificar los adeudos (recibo de luz, teléfono, etc.) y la forma AFIL-15 "Aviso de notificación del domicilio de la obra". En este caso no se requiere aviso ante la SHCP.

SALUDOS.
 
LCP. MAE. Jorge Alberto Cárdenas Hdz. Jalisco.
 
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gap
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21/Feb/08 20:25
Re: Afil 15, ¿en qué casos?

:| Buenas noches. El fundamento de la afil-15, lo encontramos en el reglamento de los trabajadores de la ind de la construccion.... deje veo en cual articulo.....

Salut,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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22/Feb/08 15:43
Re: Afil 15, ¿en qué casos?

Gracias por sus comentarios, saludos...
 
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cisneros
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22/Feb/08 21:49
Re: Afil 15, ¿en qué casos?

:| Buenas noches. El articulo del reglamento al que me referia es el 12. Aunque no dice especificamente que el formato es el afil-15, se sobreentiende que el imss elaboró ese formato para que los patrones cumplan con lo especificado en este articulo.

Salutes,
El Lic
 
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pepesoto
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