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Tópico: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importación?
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2005 Asunto: Re: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importaci
Nuevamente gracias por contestar Cavas. Entonces, ese inventario de bicicletas que tenía al 31 de diciembre de 2004 y de 2003, y que por las cuales las hice deducibles en 2004 y en 2003 respectivamente por haber realizado legalmente la importación y haber pagado los impuestos correspondientes, aún así ¿voy a acumular la diferencia de estos inventarios? Otra vez: muchas gracias...!
Tópico: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importación?
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2005 Asunto: Re: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importaci
Gracias por tu respuesta Cavas. Una duda más: Nosotros tenemos el caso de que en la empresa manejamos una "bodega de bicicletas", la cual tenemos clasificadas como bicicletas de producción nacional y bicicletas de importación. Ahora bien, por las bicicletas de importación que teníamos en nuestra bodega al 31 de diciembre de 2004, ya pagamos a través de nuestro agente aduanal todos los impuestos de importación correspondientes, e incluso (obviamente) ya teníamos dichas bicicletas en nuestra bodega; por lo que dichas compras de importación las deduje en el 2004. ¿Por qué comentas que no las podía deducir en el 2004, siendo que ya pagué los impuestos de importación correspondientes en dicho ejercicio? Te agradezco de antemano y nuevamente tus comentarios... Cisneros
Tópico: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importación?
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2005 Asunto: Re: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importaci
¿Alguien tiene algún comentario?
Tópico: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importación?
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2005 Asunto: ¿Por qué se acumula la diferenc de inventarios importación?
Buenas tardes... Para determinar el "inventario acumulable" hay que restarle al inventario base: 1) El saldo pendiente de deducir de los inventarios 1986 ó 1988 2) Pérdidas fiscales pendientes de amortizar 3) Diferencia de inventarios de bienes importados entre diciembre 2003 y diciembre 2004; ya que ésta cantidad se va a acumular en 2005 y no se podrá acumular gradualmente. Ahora bien: ¿Por qué se va a acumular esta diferencia en el 2005? ¿Alguien me podría explicar? Muchas gracias...
Tópico: Ejercicio de inicio de actividades para IMPAC
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 18, 2005 Asunto: Ejercicio de inicio de actividades para IMPAC
Qué tal, buenas noches a todos... El artículo 16 del Reglamento del Impac, menciona que "se considera ejercicio de inicio de actividades, aquél en que el contribuyente comience a presentar, o debe comenzar a presentar, las declaraciones de pago provisional del impuesto sobre la renta, incluso cuando se presenten sin el pago de dicho impuesto". Ahora bien, en octubre 2002 dimos de alta a una persona moral, y a partir de ese mes estuvimos presentando declaraciones estadísticas para informar que no se cuenta con coeficiente de utilidad para el pago provisional. Mi duda es la siguiente: Por haber presentado la declaración con información estadística a partir del mismo mes de octubre de 2002 por el Isr, ¿para efectos del Impac se considera que el 2002 es el ejercicio de inicio de actividades? Gracias anticipadas por sus comentarios.
Tópico: Duda en Impac
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 17, 2005 Asunto: Re: Duda en Impac
Gracias por tu respuesta "slopez" Una pregunta más... ¿Cómo se acredita el pago provisional del Isr? ¿Es el Isr acumulado antes de acreditarle los pagos provisionales? ¿Se comparan los pagos provisionales únicamente del mes, luego de haberles restado los pagos provisionales anteriores a cada uno (Isr e Impac)? Gracias nuevamente...
Tópico: Duda en Impac
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 17, 2005 Asunto: Duda en Impac
Buenos días, les molesto nuevamente... El artículo 7-A de la Ley del Impac, menciona la mecánica para los pagos conjuntos, y establece que es únicamente para las personas morales. Ahora bien, el noveno párrafo del artículo 9 de la Ley del Impac, ¿otorga esa facilidad también para personas físicas? ¿o es diferente el procedimiento? Gracias por sus comentarios...
Tópico: Pago provisional de Impac
cisneros

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 17, 2005 Asunto: Pago provisional de Impac
Qué tal, buenos días... Ahora, por la nueva disposición y mecánica para el cálculo del Impac por lo que resta del 2005 para los que no pagaron durante el ejercicio: 1) ¿Cómo se aplicará el procedimiento de pagos conjuntos? 2) En el caso de personas físicas, ¿se van a comparar únicamente los pagos provisionales de los últimos cuatro meses? Ojalá que pudieran comentar al respecto, gracias... C.P. José Cisneros
Tópico: ¿Trabajador paga créditos Infonavit por sus ausentismos?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 21, 2005 Asunto: Re: ¿Trabajador paga créditos Infonavit por sus ausentismos?
Esmeb, La trabajadora no laboró durante enero y febrero de 2005 por ausentismos. Se reincorporó el 1 de marzo y le dimos de baja el 4 de abril. Ahora bien, la empresa pagó el Infonavit que le retuvo en el mes de marzo, pero no así en enero y febrero porque no tuvo ninguna percepción. Ahora el Infonavit le requiere el pago de enero y febrero, pero ella no tuvo percepciones en esos meses, entonces, ¿cómo va a pagar? Gracias anticipadas por tu respuesta...
Tópico: ¿Trabajador paga créditos Infonavit por sus ausentismos?
cisneros

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 21, 2005 Asunto: Re: ¿Trabajador paga créditos Infonavit por sus ausentismos?
Gracias por contestar Intelectual. Tengo claro que la empresa no tiene la obligación de retener ni de enterar por concepto de créditos Infonavit, de conformidad con el artículo 45 del Reglamento de Inscripción. Ahora bien, ¿EL TRABAJADOR tiene obligación de pagar por ese período que por causa de ausentismos no percibió salario alguno? El Infonavit le está diciendo que sí, pero ¿cómo lo va a pagar si no obtuvo ninguna percepción en ese período de ausentismos? Nuevamente gracias...

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