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Tópico: Donde puedo obtener un contrato individual de trabajo ?
JOEGON

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 20, 2010 15:13:19 Asunto: Donde puedo obtener un contrato individual de trabajo ?
Buenas Tardes, Alguno de ustedes me puede decir, en donde puedo obtener un: CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO (el machote) y no es albur....jajaja Saludos a toda la comunidad....
Tópico: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2010 14:26:46 Asunto: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
Buen día Tengo el siguiente caso, un cliente tiene dos empresas (Empresa 'A' y 'B') La empresa 'A' es la que FACTURA Y COBRA o sea q es la de la operación, La empresa 'B' es la que tiene los empleados que son los que prestas los servicios a la Empresa 'A' Pero no hubo factura de la 'B' a la 'A' y en sí esta empresa 'B' no facturo nada, no tubo ventas, no hubo cobranza, por lo cual estuvo pagando su nomina en efectivo asi como el IMSS y todo lo derivado de la relacion Laboral (finiquitos, aguinaldos, etc, etc) Cabe mencionar que este cleinte me llego en este mes, osea q ya venia con esta situacion. Por lo anterior me quedan las siguientes interrogantes: A) Es deducible esa nomina para ISR y IETU Para despejar esa interrogante me base en lo siguiente: Artículo 31 LISR. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado. IV. Los pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título de esta Ley, se podrán deducir siempre que se cumpla con las obligaciones a que se refiere el artículo 118, fracciones I, II y VI de la misma, así como las disposiciones que, en su caso, regulen el subsidio para el empleo y los contribuyentes cumplan con la obligación de inscribir a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando estén obligados a ello, en los términos de las leyes de seguridad social. Artículo 118. LISR .- Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo (SUELDOS), tendrán las siguientes obligaciones: I. Efectuar las retenciones señaladas en el artículo 113 de esta Ley. II. Calcular el impuesto anual de las personas que les hubieren prestado servicios subordinados, en los términos del artículo 116 de esta Ley. VI. Solicitar a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, les proporcionen los datos necesarios a fin de inscribirlas en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritas con anterioridad, les proporcionen su clave del citado registro. Luego entonces.......... El Art. 31 Fracc. III menciona que pueden no ser pagadas estas erogaciones con cheque nominativo pero no veo que diga que no pase por bancos. POR LO CUAL no seran deducibles ni los sueldos ni sus accesorios. y la Informativa de SUELDOS Y SALARIOS ? Se presenta ? o ya no importa, en la DECLARACION ANUAL NO PONGO NADA EN EL ANEXO: DATOS DE ALGUNAS DEDUCCIONES -SUELDOS- y el IMSS? no va a tener su cruce con la Anual en caso de una compulsa, digo por poner ceros en la ANUAL E INFORMATIVAS total es NO DEDUCIBLE Como ven ? Comentan ?? Saludos
Tópico: expatron no da constacia de sueldos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2010 19:22:19 Asunto: Re: expatron no da constacia de sueldos
Buenas: Por lo pronto para hacer su declaracion o el contador en su caso, no la ocupa, pues ya no EXISTE el subsidio acreditable que si era un dato importante cuando se tenian 2 o mas patrones en un mismo ejercicio, creo q con los recibos bastara para elaborar la declaracion, pues nadie te va a pedir la constancia, hasta q solicites tu devolucion y a la autoridad se le antoje solicitarte documentacion, pero como bien dicen los compañeros, con el DECLARASAT EN LINEA cumples, pero si debes cumplir con tu declaracion en tiempo y forma, y quiza ni ocupes esa constacia ANIMO !!! Salu2
Tópico: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2010 17:36:06 Asunto: Re: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
Totalmente de acuerdo con usted Lo que ocurre y lo vuelvo a repetir ya en 2009 les esta 'cayendo el 20' a algunos contribuyentes q eran de los que no quieren pagar nada, porque argumentan que: 'YO NO VOY A MANTENER AL GOBIERNO CORRUPTO Y HUEV......' sacan esa barra y se 'COMEN' EL TRIBUTO Pero no existe de otra uno les dice tal y cual estan las cosas y trata de dar opciones basadas en la ley, pero les digo a veces ya llegan con 'ideas de otros lados' y que haces ?? En fin Gracias por sus comentarios
Tópico: COMPRA DE FACTURAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2010 14:22:53 Asunto: Re: COMPRA DE FACTURAS
Señores: Yo solo les puedo decir lo siguiente y sobre todo a los que se dan AIRE DE PUREZA Quien este libre de pecado q tire la primera piedra Saludos
Tópico: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2010 13:44:37 Asunto: Re: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
Buenas Tardes CORRECTO contador Vabdo eso mismo es lo que en este caso en particular se busca. En un curso q fui comento el expositor lo siguiente: AL QUE PAGUE IETU en lugar de ISR 'LO MATO' Dado q como lo expuse anteriormente el ISR le genera CUFIN a la empresa y por ende DIVIDENDOS a los socios q posteriormente pueden volverlos a meter a la empresa como aportaciones y generar CUCA o simplemente para 'JUSTIFICAR' su modo de vida, pues sus empresas hasta antes del IETU estaban 'PIERDE Y PIERDE' o ganando muy poquito y ellos (los dueños) cada año cambiando de carro y comprando casas. en fin estas figuras (CUFIN Y CUCA) no las tiene el IETU. Ahí lo pagas y punto. Ahora para hacer esto debemos generar mas utilidad NO MAS GASTOS ni inflar nada como lo comentaron anteriormente, al menos eso pienso y es lo que expongo. En fin como lo dije la cultura va cambiando ya no es DEJAR DE PAGAR, si no PAGAR LO JUSTO y eso no lo digo yó si no los clientes. Saludos
Tópico: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2010 11:09:32 Asunto: Re: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
Buen día MALVERSAR: desfalcar, engañar, apropiarse, defraudar Entonces estoy ENGAÑANDO al fisco si ejerzo lo dispuesto en el Art. 37 parrafo 5 de ser así, no se cuando se aplique. Señores aqui el fondo de esto, no es que no se quiera pagar el impuesto, de hecho he notado que algunos contribuyentes ya han cambiado su forma de pensar, ya no son como antes bajo una supuesta planeacion basada solo en la practica desleal conocida por todos 'COMPRA DE FACTURAS' para manipular la Utilidad, considero que con la entrada primero del IVA en base a Flujo (que por cierto no hubo iniciativa de Ley alla por el 2002) despues EL COSTO DE VENTAS, LA ENTRADA DEL DIOT como medio de complusa y más recientemente el IETU, evidentemente ha cambiado la forma de pensar de algunos contribuyentes en cuanto a pagar o no los impuestos, y NO OLVIDAR LA FACTURA ELECTRONICA (La cereza en el PASTEL) Con todo lo anterior debe el empresario junto con su asesor, buscar alternativas para ser más EFICIENTE en su Administración y no APALANCARSE CON LOS IMPUESTOS. En fin, Si la ley me permite renunciar a una deduccion y por ende tener una utilidad fiscal mayoy, que por consecuencia dara como resultado en este caso en particular un mayor impuesto anual (mismo q se PAGARA) no veo insisto la MALVERSACION, o el ENGAÑO o la DEFRAUDACION. saludos
Tópico: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 18, 2010 20:10:14 Asunto: Re: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
Gracias CPHugo, A veces no hay de otra... pero considero que si renuncias a la depreciacion fiscal del 2009 no estoy SIMULANDO nada, tan es asi, que el mismo 37 LISR me lo permite ¿Donde esta la Simulacion? Saludos
Tópico: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 18, 2010 19:55:57 Asunto: Re: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
Gracias por tus comentarios, Una vez alguien dijo en este foro ' ES QUE QUIEREN QUE SE LES DIGA QUE SI o NO A SUS CUESTIONAMIENTOS, QUE SE LES DE LA RESPUESTA' y lo que buscabas es solo ver si algun colega en su experiencia personal ha tenido un caso parecido y que hizo al respecto aunque sea a grandes rasgos, esto con el fin de orientarnos a tomar una decision en base a un fundamento legal q de certeza a nuestro cliente.
Tópico: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 18, 2010 18:08:52 Asunto: Re: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
Tienen razon ambos, pero la misma planeacion nace del cliente quien es el que ve dia a dia la operacion de su negocio, para entenderme mejor les comento lo siguiente: Empresa creada en 2006 Primer año (2006) obtuvo: PERDIDA 2007 UTILIDAD pero aplico perdida y la agoto 2008 UTILIDAD efectuo pago provisionales ISR 2009 UTILIDAD Efectuo pagos de ISR y IETU Las Utilidades de 2009 le arrojan un C.U. DE 1.85% ( muy bajo) tiene prestamos bancarios (con lo cuales compro activos -camiones- en los años 2008 y parte de 2009) por esas adquisiciones casi no le salio IETU Ejercicio 2010 que se espera : Debe pagar los financiamientos, los cuales saldran del FLUJO y como consecuencia tendra una base importante para IETU que rebasara en mucho a los provisionales de ISR entonces mi cliente dice: NO ESTOY ENCONTRA DE PAGAR IMPUESTOS, PERO QUE ES MEJOR HACER YA QUE VOY A PAGAR? ahí que le puede uno decir: POS PAGA TODO NI MODO,pues claro q no le puedo decir eso, se me va la cuenta. Entonces se hará: Solicitar un prestamo progresivo para cubrir en parte los impuestos y parte gastos de operacion OJO: NO PARA PAGAR COMPRA DE FACTURAS VALINAS. si paga IETU no habra retorno es DEFINITIVO si paga ISR : HABRA UTILIDADES Y SE PUEDE CAPITALIZAR :DIVIDENDO CREAR LA FAMOSA CUFIN Osea: ES MEJOR PAGAR ISR QUE IETU (obviamente siempre q se pueda de acuerdo al marco legal hacerlo) por eso comento: para el cierre de 2009 se debe generar una utilidad mayor que la actual, para 'MANIPULAR' un C.U. mayor que el se tiene hasta ahorita y asi pagar mas ISR que IETU ¿O estará mal todo esto? que pague IETU y cierre el negocio para el 2011 Saludos y gracias

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