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Tópico: EXIMISION EN PAGOS PROVISIONALES EN TAMAULIPAS
lwyzgtz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2010 22:58:28 Asunto: Re: EXIMISION EN PAGOS PROVISIONALES EN TAMAULIPAS
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA POR EL HURACAN ALEX EN LOS SIGUIENTES MUNICIPIOS DE LOS ESTADOS DE N.L., COAH., Y TAMPS. NUEVO LEON TAMAULIPAS COAHUILA ANAHUAC ABASOLO ABASOLO APODACA ALDAMA CANDELA CADEREYTA BURGOS CASTAÑOS CERRALVO CASAS ESCOBEDO CHINA CRUILLAS FRONTERA CIENEGA DE FLORES GUEMEZ GRAL. CEPEDA DOCTOR COSS HIDALGO MONCLOVA ESCOBEDO MAINERO RAMOS ARIZPE GENERAL TREVIÑO EL MANTE SALTILLO GUADALUPE MATAMOROS HUALAHUISES MENDEZ LINARES PADILLA LOS ALDAMAS REYNOSA LOS RAMONES RIO BRAVO MELCHOR OCAMPO SAN FERNANDO MONTEMORELOS SOTO LA MARINA MONTERREY VALLE HERMOSO SAN NICOLAS VICTORIA SAN PEDRO VILLAGRAN SANTA CATARINA SANTIAGO
Tópico: Beneficios Fiscales por ALEX
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2010 18:07:36 Asunto: Re: Beneficios Fiscales por ALEX
Muchas gracias colega muy util tu informacion. Saludos...
Tópico: como defenderse de un pama y recuperar el vehiculo
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Julio 12, 2010 15:46:08 Asunto: Re: como defenderse de un pama y recuperar el vehiculo
Roberto79: No mencionas si contestaron el PAMA en tiempo y forma?
Tópico: ERROR EN SUA,,,,, NO SE ALARMEN
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 05, 2010 17:16:08 Asunto: Re: ERROR EN SUA,,,,, NO SE ALARMEN
[color=blue]Gracias Saludos...[/color]
Tópico: dictamen fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 12:13:47 Asunto: Re: dictamen fiscal
Folio No. : 77/2009-2010 Asunto: Publicación en el DOF / Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria. Dictamen fiscal – Opción de no presentarlo, si se cumple con reglas de carácter general que establezcan las autoridades fiscales correspondientes. A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA EN GENERAL DEL IMCP El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, a través de su Vicepresidencia de Fiscal da a conocer que el día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria ”. Facilidad. Destaca de este Decreto la facilidad relativa al tema del Dictamen de estados financieros para efectos fiscales y del Seguro Social, en el sentido de que, manteniéndose su obligatoriedad, se ofrece la opción de que los contribuyentes puedan optar por no presentarlos, por el ejercicio fiscal de 2010 y posteriores, siempre y cuando presenten la información ( en los plazos y medios ) que, mediante reglas de carácter general, establezcan las autoridades fiscales correspondientes. Consideraciones. Como consideración para el otorgamiento de esta facilidad se explica en el Decreto que la estructura actual de nuestro sistema fiscal resulta, en algunos casos, compleja y onerosa, tanto para el contribuyente como para la autoridad fiscal. También se explica que, derivado de un diagnóstico realizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que tomó en consideración diversos estudios efectuados por organismos internacionales, así como por organizaciones y cámaras que agrupan a algunos sectores de contribuyentes de México, se advirtió que la complejidad mencionada provoca que los contribuyentes dediquen mayor tiempo al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en comparación con otros sistemas tributarios. Estos considerandos coinciden con lo que en el IMCP hemos venido señalando en el sentido de que, por las diversas razones que en su momento hemos expresado, el esquema fiscal de nuestro país no es competitivo en el contexto internacional, por lo que todo aquello que efectivamente ayude a revertir esta limitante debe ser apoyado Alcance. En este momento no conocemos todavía cuál será la información y las reglas que deben establecer las autoridades fiscales para que un contribuyente pueda optar por la no presentación de los Dictámenes de referencia. Tampoco se han precisado cuales serán los beneficios que podrán disfrutar aquellos contribuyentes que se dictaminen ( devoluciones de saldos a favor en línea, mayor confianza en lo declarado, que se traduzca en menores revisiones, etc.), ni las desventajas de aquellos que opten por no presentarlos ( necesidad de comprobar lo declarado que se traduzca en mas revisiones directas, etc.) Además, existen imprecisiones en el Decreto que deberán ser aclaradas, como por ejemplo, la entrada en vigor de esta facilidad para los Dictámenes del Seguro Social. Acciones. Hoy mismo se acordó con la SHCP y con el SAT abrir de inmediato un proceso de comunicación, con objeto de que el IMCP tenga una participación directa en la determinación y precisión de los puntos indicados en el apartado anterior. Reflexiones. Es importante recordar que cada vez se toma más conciencia en la comunidad financiera y de negocios, de la importancia de contar con los Dictámenes de Estados Financieros emitidos por Contador Público, no solamente para efectos fiscales, sino también para efectos financieros, con independencia de que estos sean o no obligatorios. Así lo demuestran los hechos, baste recordar que de los aproximadamente 90,000 dictámenes que para efectos fiscales se presentaron el último año, cerca del 30% fueron Dictámenes voluntarios. Consideramos importante no hacer especulaciones sobre la participación del Profesional, pues en tanto no se conozcan las reglas y la información que se requerirá, la relación con quienes se presta el servicio no cambia; debemos seguir asistiendo a los contribuyentes con la calidad que siempre lo hemos realizado, ya que estamos convencidos de que el dictamen fiscal ha generado una cultura en los empresarios mexicanos, que les da certeza en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y recibir una serie de beneficios que les otorga esta relación con los Profesionales de la Contaduría, entre los cuales están: i) las recomendaciones para mejorar controles internos, ii) observancia de las Normas de Información Financiera, iii) la confianza que la opinión profesional le agrega a la información financiera que es fundamental para acceder a mejores condiciones crediticias y/o de aportaciones de capital, entre otros. Por todo lo anterior, advertimos que, con independencia de la existencia de la alternativa de no presentar el Dictamen Fiscal, en la práctica la mayoría de los contribuyentes preferirán presentar voluntariamente el Dictamen Fiscal, por las ventajas reales que podrán obtener y por las desventajas que representará no hacerlo. En adición, los contribuyentes que no obstante lo anterior tomaran la opción de no presentar el Dictamen Fiscal, seguirán requiriendo del apoyo de la Contaduría Pública para efectos de cumplimentar la información que mediante reglas de carácter general se determine, como requisito para ejercer la opción que nos ocupa. Por último, me permito comentar que estoy convocando a Junta de Gobierno para atender coordinadamente los nuevos retos que enfrentaremos. Asimismo, quisiera transmitirles la confianza que en el CEN tenemos sobre la calidad de los servicios que la Profesión agrupada en el IMCP otorga a la comunidad de negocios y a la sociedad en general, y en el compromiso del CEN y de los Consejos Directivos encabezados por los Presidentes de cada una de las Federadas al IMCP, para continuar trabajando intensamente en la consecución de los grandes objetivos institucionales. Reciban un cordial saludo. *El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP C.P.C. Luis Raúl Michel Domínguez Presidente c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2009-2010 El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión Colegas a ver que sigue Saludos...
Tópico: Retencion IDE en pago de creditos; a partir de hoy?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2010 14:03:58 Asunto: Re: Retencion IDE en pago de creditos; a partir de hoy?
EstudianteLCP: Gracias por tu informacion, Saludos.
Tópico: ASOCIACION PATRONAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2010 13:09:31 Asunto: Re: ASOCIACION PATRONAL
[color=blue]Muchas Gracias a todos, no me queda duda, que aún tengo mucho que aprender.[/color] Petrus: La vida es puro aprender ...Saludos.
Tópico: dictamen fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2010 12:22:04 Asunto: Re: dictamen fiscal
Da fisco facilidad; dudan expertos Por Ma. Dolores Ortega (01-Jul-2010).- Para reducir la complejidad del sistema fiscal mexicano, la Secretaría de Hacienda decretó ayer facilidades administrativas en cinco aspectos: elimina la obligatoriedad de dictámenes fiscales, de cumplimiento ante el IMSS y para devolución de IDE, aminora la información sobre el IETU y el IVA, y extiende la vigencia de la Firma Electrónica Avanzada. [u]Pero fiscalistas advirtieron que aunque los beneficios entran en vigor hoy (jueves), tres días antes de elecciones en 12 Estados del País[/u], el condicionamiento de algunos a reglas que aún está por emitir la autoridad fiscal, genera dudas sobre su aplicación. El decreto publicado por Hacienda en el Diario Oficial de la Federación establece que los contribuyentes obligados a dictaminar por contador autorizado sus estados financieros o el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS podrán optar por ya no presentarlos para el ejercicio 2010 y posteriores. Pero esa facilidad está condicionada a que dichos causantes presenten ellos mismos la información de sus estados financieros y del IMSS en los plazos y medios que, mediante reglas de carácter general, establezca la autoridad. Otra medida es que las personas físicas y morales ya no estarán obligadas a presentar mensualmente el listado de los conceptos con que determinaron el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) en cada pago mensual, y ahora podrán hacerlo sólo de forma anual los meses de enero. Además, a partir del 1 de septiembre, los causantes que soliciten devoluciones del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), ahora podrán optar por no presentar el dictamen requerido. Para estas últimas dos medidas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también tiene pendiente emitir las reglas. Adicionalmente, a los contribuyentes del IVA y de actividades con tasa cero del mismo gravamen, el decreto quita la obligación de presentar en la declaración anual la información con que determinaron ese impuesto cada mes, siempre que cumplan con presentarla mensualmente. Hacienda también amplió de dos a cuatro años la vigencia de los certificados de Firma Electrónica Avanzada de personas físicas que se expidan a partir de hoy. Mmmm...bueno vienen elecciones...... Y el dictamen para efecto INFONAVIT ?
Tópico: dictamen fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2010 15:32:12 Asunto: Re: dictamen fiscal
Así es CP_PACO, esperemos noticias Saludos...
Tópico: dictamen fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2010 14:55:38 Asunto: Re: dictamen fiscal
La ultima y nos vamos... [color=blue]SEGUNDO.- Lo dispuesto en el artículo tercero del presente Decreto será aplicable a los dictámenes [u]sobre estados financieros que deban presentarse por el ejercicio fiscal de 2010 y posteriores.[/u]Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintinueve de junio de dos mil diez.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Javier Cordero Arroyo.- Rúbrica.[/color]

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