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Tópico: ISR ANUAL SC
JOEGON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 25, 2010 18:02:04 Asunto: Re: ISR ANUAL SC
Que tal Revisa lo siguiente: Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan: I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos en los términos de la fracción II del artículo 110 de esta Ley, adicionarán a la utilidad fiscal o reducirán de la pérdida fiscal, según corresponda, el monto de los anticipos y rendimientos que, en su caso, hubieran distribuido a sus miembros en los términos de la fracción mencionada, en el ejercicio por el que se calcule el coeficiente. II.La utilidad fiscal para el pago provisional se determinará multiplicando el coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción anterior, por los ingresos nominales correspondientes al periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago. Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos en los términos de la fracción II del artículo 110 de esta Ley, disminuirán la utilidad fiscal para el pago provisional que se obtenga conforme al párrafo anterior con el importe de los anticipos y rendimientos que las mismas distribuyan a sus miembros en los términos de la fracción mencionada, en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago. O sea que si en 1 mes cobras y no retiras (anticipos) pues tendras un Pago Provisionales alto. Saludos
Tópico: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2010 15:12:47 Asunto: Re: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
Esa es un realidad. gracias por sus comentarios y agregando un poquito tambien tengo el Caso de UNA A.C. que facturo con IVA pero es del Regimen en Condominio. en la CIF ni siquiera viene la obligacion del I.V.A. pero bueno nos llega de todo y eso si la frase celebre de un cliente emproblemado: ES QUE EL OTRO CONTADOR............... Etc..Etc....... Salu2
Tópico: Es deducible una erogacion no pagada al cierre de año de una Sociedad Civil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2010 14:24:07 Asunto: Es deducible una erogacion no pagada al cierre de año de una Sociedad Civil
Buenas Tardes: Donde ubico el fundamento para considerar deducible una erogacion de una Sociedad Civil, es decir en que Articulo dice q las Erogaciones son en base a flujo para una S.C. Digo, esto porque los ingresos los ubico en el Art. 18 LISR Artículo 18. Para los efectos del artículo 17 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de: I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero: Tratándose de los ingresos por la prestación de servicios personales independientes que obtengan las sociedades o asociaciones civiles y de ingresos por el servicio de suministro de agua potable para uso doméstico o de recolección de basura doméstica que obtengan los organismos descentralizados, los concesionarios, permisionarios o empresas autorizadas para proporcionar dichos servicios, se considera que los mismos se obtienen en el momento en que se cobre el precio o la contraprestación pactada. Y de los Gastos ¿Donde dice q son a Fujo ? Gracias [i]Editado: Marzo 23, 2010 14:32:49[/i] No revise bien la ley, ya obtuve la respuesta : Artículo 29. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes: III.Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, IX. Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate. Sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones. Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses. Saludos [i]Editado: Marzo 23, 2010 14:50:02[/i]
Tópico: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2010 13:58:11 Asunto: Re: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
Buen día Que tal Cphugocejo Fijese q no tuvo cuenta de bancos por el 2009. de hecho me paso por la mente el siguiente asiento contable: C/o GASTOS DE PERSONAL (Nominas) C/r CAJA CHICA Para registrar los gastos de nomina pagados en efecivo y para q no quede en rojo la cuenta de caja, previamente haría: C/o CAJA CHICA C/r Aportaciones de Capital pero seguimos con la interrogante : ¿ DE DONDE SALIO EL DINERO PARA LA APORTACION SI EL SOCIO NUNCA HA REPORTADO INGRESOS ? Como vera esta dificil la decision, pero algo tenemos que hacer y tratar de caer en los supuestos del 108 del CFF Ahora el cliente esta segun él muy asustado, pero no quiere pagar en base a una presuntiva de acuerdo a la actividad q se dedica. cabe aclarar que hasta este año 2010 aperturo su cuenta de cheques y mando imprimir facturas. Como ve ? Gracias por sus comentarios compañeros del Foro
Tópico: COMPORTAMIENTO ATIPICO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 20:13:00 Asunto: Re: COMPORTAMIENTO ATIPICO
Gracias Paisano por cierto ese tema yo lo inicie Saludos
Tópico: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 19:44:15 Asunto: Re: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
Gracias por sus comentarios Ya llegamos a una solucion, misma q les comparto: les comenté q este cliente pues venia mal asesorado y hace poco menos de 1 mes que me llego para q le vea los números. Al día de hoy se factura con un porcentaje minimo de utilidad para generar los recuersos necesarios para cubrir las nominas y sus accesorios y pues todos contentos. pero por el 2009 pues no hubo ingresos ni aportaciones es más ni siquiera tenia cuenta de bancos (CON ESO LES DIGO TODO) con las cuales puediera demostrar como pago las nominas , salvo como bien comentan ustedes, estan los recibos firmados (y solo algunos, pues traia un desorden) las liquidaciones del IMSS pagadas Asi que por los riegos q implica todo lo anterior y por asi convenir a sus intereres SE DECLARARA TODO EN C E R O S argumentando que si se presenta con informacion la anual y las informativas seria DARLE ARMAS a la autoridad para que nos mande hablar tan pronto las vea. No es lo que hubiera deseado inclusive le comente al cliente 'oye juntale para pagar lo que debe ser para al menos salir tablas' pero la respuesta fue: 'SI PAGO ESOS IMPUESTOS CERRARE EL NOGOCIO' ¿ay q le dices? pues prende una VELADORA por el 2009 y son 5 AÑITOS eso si le dije bueno de ahora en adelante te vas a IR DERECHITO, DERECHITO. y me firmas este contratito de prestacion de servicios profesionales con fecha de HOY en donde empezamos a tener relaciones comerciales TU y YO. aclarando... Como ven ??? o era así o adios cliente..............y la CHEYENNE APA !!! y asi ay munchos por aca... Saludos
Tópico: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 13:57:48 Asunto: Re: Sueldos no pagados ¿Son no deducibles? y ¿La informativa?
Pues ese art. 107 Habla de la discrepancia fiscal pero solo de LAS PERSONAS FISICAS, y en este asunto son Personas Morales. Aqui por logica (porque el fundamento legal no lo tengo bien ubicado) considero que no son dedubles esos gastos, dado que : no hay forma de demostrar como se pagaron esas nominas y sus accesorios, asi de fácil. y más aún no hubo ingresos , o mejor dicho si hubo pero no se facturaron y se cobro en efectivo. pero si no son deducibles : 1.- ¿ Qué pasa con la Informativa de SyS? se manda en ceros o con los datos reales ? 2.- ¿Como lleno la Anual, pongo en la conciliacion contable fiscal, que es una deduccion contable no fiscal (no deducibles) y q pongo en el anexo de 'OTRAS DEDUCIONES' RENGLON SUELDOS Y SALARIOS , Acaso pongo Cero ? 3.- y EL IMSS ?? CONQUE COMPULSA y como bien dices ¿COMO EXPLICAR LA FORMA DE PAGAR LAS NOMINAS 'SIN TENER DINERO' digo formalmente. Qué hago ?????? Saludos
Tópico: COMPORTAMIENTO ATIPICO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 13:11:43 Asunto: Re: COMPORTAMIENTO ATIPICO
Contador Vabdo, disculpe mi ignorancia, me puede decir como puedo entrar a revisar 'X' tema cuando ponen la liga del mismo. O sea Cual es el procediemiento, paso a paso. Gracias
Tópico: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 10:58:01 Asunto: Re: Como puedo aumentar el C.U. sin q me cueste ???
Buenos Días Señores, contadores del Foro. Le mando un saludo afectuoso y un agradecimientos por compartir con un servidor su valiosisima opinion a esta duda que expuse, ya se tomo una decision para este asunto y el contribuyente quedo conforme y seguro de q lo que va hacer esta dentro de lo legal. Saludos y nuevamente gracias.
Tópico: Donde puedo obtener un contrato individual de trabajo ?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 20, 2010 15:40:12 Asunto: Re: Donde puedo obtener un contrato individual de trabajo ?
Ya esta; jlcedem@yahoo.com.mx me sirven los del inciso b y c Gracias y saludos

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