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Tópico: PRESENTACION DE AVISOS EN LA VENTA DE VEHICULOS, CUANDO SE COBRA O CUANDO SE FACTURA?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2013 11:59:05 Asunto: Re: PRESENTACION DE AVISOS EN LA VENTA DE VEHICULOS, CUANDO SE COBRA O CUANDO SE FACTURA?
De gran utilidad, muchas gracias. Saludos.
Tópico: PRESENTACION DE AVISOS EN LA VENTA DE VEHICULOS, CUANDO SE COBRA O CUANDO SE FACTURA?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 17, 2013 12:24:40 Asunto: PRESENTACION DE AVISOS EN LA VENTA DE VEHICULOS, CUANDO SE COBRA O CUANDO SE FACTURA?
Buenos dias. Tengo la siguiente duda. Para la presentacion de los Avisos de Actividad Vulnerable 'Comercio de Vehiculos, barcos, aviones y blindaje' en este caso seria por comercio de vehiculos. En el articulo 5to del reglamento dice lo siguiente: Artículo 5.-Para efectos de la identificación de los Clientes o Usuarios, así como para la presentación de los Avisos correspondientes, la fecha del acto u operación que deberá ser considerada, será aquella en que estos se hayan celebrado. Tratándose de las Actividades Vulnerables establecidas en la fracción XII del artículo 17 de la Ley, se entenderá como fecha del acto u operación a la fecha en la que se haya otorgado el instrumento público respectivo. Para efectos de la presentación de los Avisos de quienes realicen la Actividad Vulnerable prevista en la fracción XIV del artículo 17 de la Ley, se deberá considerar como fecha del acto u operación, aquella que se establezca de conformidad con la legislación aduanera. Por lo que refiere a las personas que realizan las Actividades Vulnerables referidas en el artículo 17, fracción XV, de la Ley, la fecha del acto u operación se entenderá que corresponde a la fecha de recepción de los recursos que sean destinados al pago de la mensualidad correspondiente. No comenta nada en especifico para la fraccion IX, por lo que supongo que cae en el supuesto del primer parrafo 'Para efectos de la identificación de los Clientes o Usuarios, así como para la presentación de los Avisos correspondientes, la fecha del acto u operación que deberá ser considerada, será aquella en que estos se hayan celebrado.' por lo que se tiene que presentar el aviso cuando se haya facturado no cuando se haya cobrado. Ya que para la actividad de arrendamiento si plantea que se entendera por acto u operacion cuando se reciba el dinero correspondiente al pago de la renta. Me podrian decir si estoy en lo correcto por favor y en caso contrario si me lo podrian fundamentar legalmente. Muchas gracias
Tópico: Prorroga para registro y envio de avisos de Ley Antilavado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2013 11:14:15 Asunto: Re: Prorroga para registro y envio de avisos de Ley Antilavado
Fue un 'Felices fiestas navideñas' por parte del SAT. Que nos prepara el destino? la página funcionara o no? Que opinan ustedes? Saludos.
Tópico: ENVIO MASIVO REPORTES LEY ANTILAVADO ... VEHICULOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2013 11:52:53 Asunto: Re: ENVIO MASIVO REPORTES LEY ANTILAVADO ... VEHICULOS
A mi aun no me permite ni siquiera dar de ALTA a las empresas. Algun consejo? Saludos.
Tópico: Portal Antilavado, sigue sin funcionar
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2013 13:54:42 Asunto: Re: Portal Antilavado, sigue sin funcionar
te comparto la fabulosa y maravillos respuesta por parte del SAT a mi problema respecto al portal, donde comentaba que no me dejaba concluir el tramite, me sacaba de la aplicacion y demas problemas que yo creo que ustedes conocen. Ya elimine las cookies y el sistema sigue igual, creo que tendre que optar por la opcion de la compañera y tratar de realizar los tramites en la noche haber si asi. Estimado Usuario. En relación a su consulta se hace de su conocimiento que el SAT está trabajando en las adecuaciones a la herramienta correspondiente, por lo que se le sugiere que elimine de su equipo de cómputo archivos temporales y cookies e ingrese a la aplicación para realizar el alta y/o aviso. Finalmente se le comenta que por ajustes en el portal de prevención de lavado de dinero, se extiende el plazo para la presentación de los avisos hasta el día 17 de Diciembre de 2013.
Tópico: LEY ANTILAVADO: FACTURAS A CREDITO, SE OCUPA PRESENTAR AVISO?, RENTA DE INMUEBLES.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 02, 2013 12:52:41 Asunto: LEY ANTILAVADO: FACTURAS A CREDITO, SE OCUPA PRESENTAR AVISO?, RENTA DE INMUEBLES.
Buenos dias. Al igual que otro compañero miembro del foro, envie una escrito con las mis dudas respecto al tema de Ley Antilavado, al correo actividadesvulnerables@sat.gob.mx, sigo sin obtener respuesta. Ojala alguno de ustedes me pudiera ayudar. Respecto a las operaciones de compañias que realizan operacioens de mutuo o garantia tengo la siguiente duda. Los proveedores de servicios y de bienes, emiten una factura por dichos servicios o bienes a favor de sus clientes, la mayoría de los clientes no la paga de inmediato, pueden tardar desde 1 día hasta 90 días o más en pagarla, el hecho de considerar este tipo de operaciones como créditos o préstamos, generaría una cantidad de reportes de acuerdo a lo que marca la Ley, por lo que solicitamos la confirmación del criterio de que estas operaciones no deben ser consideradas como actividad vulnerable y por lo tanto no deben estar sujetas ni a identificación ni aviso alguno. Solicito de favor fundamenten legalmente esta confirmación de criterio para obtener la seguridad jurídica. Asi como en el caso de los arrendamientos de inmuebles. Ejemplo. Rente un inmueble en el mes de Agosto y me pagaron la renta el 5 de septiembre. Se genera el acto o la operacion segun marca la ley cuando me es realizado el pago. En este caso si tendria que presentar el aviso ya que fue el 5 de Septiembre. Pero me quedo con una duda. Si ya tengo un contrato de arrendamiento por poner un ejemplo que se realizo en el mes de Julio o Agosto (antes del 1ro de septiembre), tengo que presentar el aviso? o seria nada mas de las rentas que se realizo el contrato en el mes de Septiembre? Espero haberme explicado. Y ojala me pudieran ayudar. Saludos y buen dia.
Tópico: Dar de baja una obra en el seguro social por terminación de la misma.
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 10, 2013 15:03:33 Asunto: Dar de baja una obra en el seguro social por terminación de la misma.
Hola buenas tardes, me podrían auxiliar con el procedimiento a seguir para dar de baja una obra en el seguro social por terminación de la misma. Muchas gracias y que tengan una excelente tarde.
Tópico: DEPOSITO EFECTUADO Y FACTURA NO REALIZADA
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 06, 2013 14:30:16 Asunto: DEPOSITO EFECTUADO Y FACTURA NO REALIZADA
Hola buenos dias, espero y me puedan auxiliar, hay dos depósitos realizados en el mes de julio de 2012, los cuales no tiene factura, ya se identifico el cliente (el cual no ha solicitado la factura). La pregunta es si puedo hacer la factura con fecha de abril de 2013 y en caso de que no se pudiera, que procedimiento es el que se tiene que seguir. Muchas Gracias. Saludos. ! [i]Editado: Diciembre 17, 2013 12:31:01[/i]

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