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Tópico: jubilacion
EMB

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 17, 2008 Asunto:
pepesoto General de División. Bien entendido y enterado asi como mi agradecimiento por tus comentarios,poco a poco aprendemos mas con este magnifico foro,y sus esperiencias. gracias nuevamente. EMB
Tópico: jubilacion
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 16, 2008 Asunto:
pepesoto General de División General de División Gracias por tu opinion,como se calcula la renta vitalicia y sobre que base podria saber cuando es mayor del 30% de la pension minima garantizada. agradesco tu opinion emb
Tópico: jubilacion
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 15, 2008 Asunto:
GRACIAS ENRIQUE9727 POR PARTICIPAR EN ESTE TEMA,ENTONCES ESTA PERSONA TENDRIA QUE ESPERAR CUMPLIR COMO MINIMO LOS 60 AÑOS PARA PODER JUBILARSE,NO LO PUEDE HACER ANTICIPADAMENTE,AUNQUE TUBIERA LAS SEMANAS REQUERIDAS.
Tópico: jubilacion
EMB

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 15, 2008 Asunto: jubilacion
Compañeros de Fiscalia Reciban un cordial saludo de su servidor., Y a la ves quisiera plantearles lo siguiente haber si me pueden ayudar. Una persona tiene 30 años laborando en una empresa y su edad es de 51 años a estado asegurada todo este tiempo con la misma empresa. Y quisiera saber si existe la posibilidad de poderse jubilar del seguro social (su salud es buena y su edad como lo señalo son 51 años) Agradeciendo su apoyo Atentamente EMB
Tópico: PERSONA MORAL DE TRANSPORTE DE CARGA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 22, 2007 Asunto: Re: PERSONA MORAL DE TRANSPORTE DE CARGA
Compañeros del foro. Las personas morales transportistas tal parece que se concluye que deben de estar en el regimen simplificado y asi lograr los beneficios que en ello se señalan. Pero tengo una duda referente al calculo del isr de 2005. Ingresos 1,000.00 Egresos 1,500.00 Perdida fiscal ( 500.00) Calculo del pago prov correspondiente al mes de enero 2005 Ingresos 1,000.00 Factor de utilidad 2004 .08 Utilidad fiscal 80.00 Tasa 30% Pago Prov enero 2005 24.00 Agradeciendo su apoyo. EMB
Tópico: DESTINO SALDOS DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 11, 2007 Asunto: Re: DESTINO SALDOS DE IVA
Gracias enrique9727 por seguir en comunicacion. la palabra COMAPA .Es Comision Municipal de Agua potable y alcantarillado. Es un organismo desentralizado del estado de Tamaulipas y del municipio de Camargo,tamaulipas. que se dedica a suministrar agua. domiciliaria. Ahora bien para este tipo de contribuyentes se les solicita el famoso fromato 75 (aviso del destino del los saldos a favor de IVA) pues pienso que es el poner peros a una simple devolucion de Impuestos ,el porque lo solicitan hay te envio los fundamentos legales. 5.1.4. El Distrito Federal, los estados, los municipios, así como sus organismos descentralizados y los demás contribuyentes, que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA que resulten de la aplicación de la tasa 0% prevista en el artículo 2o.- A, fracción II, inciso h) de la Ley del IVA, deberán presentar el aviso a que se refiere el último párrafo del artículo 6o. de la Ley mencionada, conforme a lo siguiente: I. Se presentará a través de la forma oficial 75 "Aviso del destino de los saldos a favor del IVA" que se da a conocer en el Anexo 1, la cual se acompañará a cada solicitud de devolución de saldo a favor del IVA que se presente, excepto en el caso de la primera solicitud del contribuyente. En el citado aviso se informará el destino del monto obtenido en la devolución inmediata anterior, ya sea que se haya destinado para invertirse en infraestructura hidráulica, o bien, al pago de los derechos establecidos en los artículos 222 y 276 de la LFD. Así mismo, se informará, en su caso, el remanente de dicho monto que esté pendiente de destinar a la inversión o a los pagos mencionados, a la fecha de presentación del aviso. II. Cuando los contribuyentes informen haber destinado a los conceptos mencionados, un monto inferior al obtenido en la devolución inmediata anterior, la diferencia que exista entre el monto total de la devolución obtenida y la cantidad que se haya destinado a los referidos conceptos, se disminuirá de las cantidades cuya devolución se solicite, hasta el monto de ésta. Las cantidades disminuidas en los términos de esta fracción, podrán ser devueltas posteriormente a los contribuyentes, debiendo presentar conjuntamente con la solicitud de devolución, el aviso a que se refiere esta regla, en el cual se informará el monto que de dichas cantidades se ha destinado a la inversión en infraestructura hidráulica o al pago de los derechos establecidos en los artículos 222 y 276 de la LFD. Se considerará que no es aplicable lo dispuesto por el séptimo párrafo del artículo 22 del CFF, tratándose de las resoluciones que se emitan sobre solicitudes de devolución de saldos a favor de IVA, que presenten los contribuyentes a que se refiere el artículo 2o.- A, fracción II, inciso h) de la Ley del IVA, en las que proceda otorgar la devolución en cantidad menor a la solicitada, por ubicarse en el supuesto previsto en el primer párrafo de esta fracción. III. Los contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2003 hayan realizado erogaciones por concepto de inversiones en infraestructura hidráulica o de los derechos establecidos en los artículos 222 y 276 de la LFD, podrán considerar que las devoluciones que obtengan en los términos de la presente regla se han destinado a los citados conceptos en los términos del artículo 6o. de la Ley del IVA, hasta agotar el monto de las erogaciones realizadas, debiendo proporcionar la información a través de la citada forma oficial 75, acompañada en su caso con documentación comprobatoria del Programa de Obras Anuales conjuntamente con la solicitud de devolución correspondiente, así como la conciliación entre el importe de dichas erogaciones y el del saldo a favor. IV. Adicionalmente, los contribuyentes estarán obligados a presentar la forma oficial 75 "Aviso del destino de los saldos a favor del IVA" durante el mes de enero de 2008, cuando durante el año de 2007 hayan obtenido sólo una devolución, o cuando hayan obtenido más de una devolución y no hayan presentado ninguna solicitud durante los tres últimos meses de 2007. En estos casos, los contribuyentes deberán presentar el aviso ante la ALAC que corresponda a su domicilio fiscal, en el que se informará el destino de la última devolución obtenida, o bien, las razones por las que no se ha realizado la inversión en infraestructura hidráulica ni el pago de los derechos establecidos en los artículos 222 y 276 de la LFD. Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable cuando los contribuyentes presenten una solicitud de devolución de saldos a favor del IVA durante el mes de enero de 2008; en este caso, el aviso se presentará de conformidad con lo dispuesto en la fracción I de esta regla. En ningún caso procederá la devolución de saldos a favor del IVA por la aplicación de la tasa 0% prevista en el artículo 2o.- A, fracción II, inciso h) de la Ley del IVA, cuando se omita la presentación del aviso en los términos de la presente regla. Esta limitante no aplicará cuando se trate de la primera solicitud de devolución que se presente. Te agradesco la atencion y tus comentarios, creo que el motivo de este foro e retroalimentarnos ante temas tan dificiles o diversos.que son ocacionados por las autoridades fiscales EMB EMB
Tópico: DESTINO SALDOS DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2007 Asunto: Re: DESTINO SALDOS DE IVA
Gracias enrique9727 por tu contestacion,te señalare que este organismo comapa es independiente de la presidencia municipal.con sus derechos y obligaciones. Obligaciones. como realiza operaciones gravadas (cobra IVA 10% al comercio) por el servicio de llevar el agua a su establecimiento.ademas tambien cobra al 10% por vender agua en Bloque o sea en pipas de 35,000 mi litros. Asi mismo cobra IVA 0% por llevar el agua hasta los domicilios particulares . como realiza pagos por servicios que paga (luz) asi como diveros insumos y demas materiales el paga IVA. Motivo por el que tiene derecho a la devolucion del IVA a favor, pero con la salvedad de que tiene que informar en el formato 75 por el destino que que le dara al IVA que le regresen las autoridades fiscales ( SAT) espero enrique 9727 y demas foristas que han visitado este tema me puedan dar su opinion sobre la ya citada forma 75 . agradeciendo sus opiniones. EMB amp1952@prodigy.net
Tópico: DESTINO SALDOS DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2007 Asunto: DESTINO SALDOS DE IVA
Compañeros con el gusto de siempre saludo a todos los foristas. estoy buscando su apoyo con base en la esperiencia que pudieran tener sobre la FORMA FISCAL 75 que es el aviso del destino de los saldos a favro de IVA. El organismo es una COMAPA MUNICIPAL que nunca a efectuado tramites sobre devolucion de IVA hoy realizara su primer tramite de Devolucion de IVA y corresponde a los meses de Enero a Abril de este 2007. y dentro de los requisitos señala la presentacion del citado formulario 75 en cada una de las devoluciones . Al analizar el formato.donde esta el RESUMEN señala un renglon el saldo a favor de IVA devulto con anterioridad o monto pendiente de comprobar.creo que en este no hay problema de anotara (cero) por ser la primera vez. En el 2do renglon .señala comprobacion total de erogaciones efectuadas con anterioridad a la devolucion o cantidades erogadas pendientes de agotar. (ESTA ES MI GRAN DUDA) se anotara (cero) por ser la primera devolucion. la intencion y de acuerdo con el derecho que se tiene de solicitar la devolucion de IVA a favor de ejercicios anteriores ,si se anota (cero) que consecuencias podria tener en las devoluciones anteriores que posteriormente se soliciten. Agradeciendo su apoyo EMB. ampe1952@prodigy.net
Tópico: DEM SALDOS DE IVA A FAVOR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
GRACIAS MEDIMPEX,POR ACLARAR LA DUDA ENTONCES ESTE NUEVO DEM IVA A FAVOR SE APLICARA HASTA EL 2008 O SE APLICARAN LOS DOS CON LA MODALIDAD QUE DEL NUEVO VA EL DISKET YA VALIDADO. GRACIAS MENDEZ
Tópico: DEM SALDOS DE IVA A FAVOR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2007 Asunto: DEM SALDOS DE IVA A FAVOR
COMPAÑEROS VIENDO SOBRE ESTE TEMA LO QUE SE SEÑALO EN LA PREGUNTA DEL 3 DE OCT 2007. TENGO UNA DUDA Y ESPERO SU APOYO SOBRE ELLO, YA VALIDE LA INFORMACION (PERFECTO) PREPARE EL SEÑALADO DISKET PARA LLEVAR AL SAT. MI PREGUNTA ES QUE SI HAY QUE LLENAR LA SOLICITUD FORMATO 32 Y AHORA SI ACOMPAÑAR EL NUEVO DISKET. O ES CON LO QUE SE IMPRIME EN EL DEM-SALDOS A FAVOR DE IVA EN ESTA NO ESTAN LOS DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL NI LA FIRMA. AGRADECIENDO SU APOYO MENDEZ.

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