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15/Ene/08 9:24
jubilacion

Compañeros de Fiscalia
Reciban un cordial saludo de su servidor., Y a la ves quisiera plantearles lo siguiente haber si me pueden ayudar.

Una persona tiene 30 años laborando en una empresa y su edad es de 51 años a estado asegurada todo este tiempo con la misma empresa. Y quisiera saber si existe la posibilidad de poderse jubilar del seguro social (su salud es buena y su edad como lo señalo son 51 años)

Agradeciendo su apoyo

Atentamente

EMB
 
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EMB
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15/Ene/08 10:33
Re: jubilacion

Si trabaja en el seguro social, podria jubilarse de ese patron.

Si no labora procederia pensionarse en el seguro social. Este seria un derecho minimo de ley.

La pension por vejez (anticipada o censantia) procede a los 60 años de edad, mientras la pension completa se coseguiria a los 65 años.

El patron tiene las obligaciones de brindar los servicios de seguridad social para con sus trabajadores contratados, luego el gobierno entraria a cumplir la obligacion que le corresponderia cubrir el patron. Para que se de esto se dé, el patron de pagar cuotas patronales. Y con estas cuotas se generan fondos de pensiones por retiro y otros tipos pensiones y fondos.

Los fondos de jubilaciones no son obligatorias para todos los patrones, algunos patrones se autoobligarian aun más, con el fin otorgar a sus trabajadores mayores prestaciones, a las minimas de ley.

El retiro de haber minimo de ley, es la pension del ISSSTE o el IMSS o de las fuerzas armadas, dependiendo donde se trabajo. Mientras que la jubilacion seria una prestacion extra, que seria prorcionada por la propia empresa.

Sugiero por favor leer los articulos 154 al 160 para la pension por cesantia de la LSS y los articulos 161 al 164 para la pension por vejez
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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15/Ene/08 11:32

GRACIAS ENRIQUE9727
POR PARTICIPAR EN ESTE TEMA,ENTONCES ESTA PERSONA TENDRIA QUE ESPERAR CUMPLIR COMO MINIMO LOS 60 AÑOS PARA PODER JUBILARSE,NO LO PUEDE HACER ANTICIPADAMENTE,AUNQUE TUBIERA
LAS SEMANAS REQUERIDAS.
 
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EMB
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15/Ene/08 20:20
Re: jubilacion

:| Buenas noches. Un trabajador puede pensionarse anticipadamente, siempre y cuando la pensión en el sistema actual de rentas vitalicias, sea mayor en un 30% sobre la pensión mínima garantizada por el gobierno.

Salutes,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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16/Ene/08 10:25

pepesoto
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Gracias por tu opinion,como se calcula la renta vitalicia y sobre que base podria saber cuando es mayor del 30% de la pension minima garantizada.

agradesco tu opinion

emb
 
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EMB
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16/Ene/08 22:43
Re: jubilacion

:| Buenas ncohes. Le puede servir mi comentario... click flecha :arrow:

Salutes,
El Lic.
 
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pepesoto
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17/Ene/08 12:24

pepesoto
General de División.

Bien entendido y enterado asi como mi agradecimiento por tus comentarios,poco a poco aprendemos mas con este magnifico foro,y sus esperiencias.

gracias nuevamente.

EMB
 
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EMB
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17/Ene/08 13:59
Re: jubilacion

Ese tipo de pension anticipada, nunca le puse antencion a las disposiciones, ni en la escuela ni hasta el dia de ayer... Siempre era como si me hablaran en chino, bueno hasta hoy fue que entendi un poquito, creo que me haria falta documentarme más de este tema.

Que bueno es aprender algo todo los dias.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Ene/08 9:14
Re: jubilacion

[quote:9ece5d7c9c="EMB"]
Una persona tiene 30 años laborando en una empresa y su edad es de 51 años a estado asegurada todo este tiempo con la misma empresa. Atentamente

EMB[/quote:9ece5d7c9c]

Con 30 años de estar cotizando es posible que ya tenga derecho a pensión anticipada... sólo que el monto sería como de $2,100.00.

Lo recomendable es seguir cotizando y en las últimas 250 semanas "buscar" alcanzar un SBC más alto, con lo cual facilmente a los 60 años puede llegar a obtener una pensión de $30,000.00 mensuales.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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22/Ene/08 11:25
Re: jubilacion

con esa ejemplificacion no cabe duda que el trabajo... es una fuente de riqueza.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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