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Tópico: DIOT por extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2009 10:59:28 Asunto: DIOT por extranjero
Buenos dias Compañeros. mi planteamiento es este.-soy persona fisica por honorarios. En el mes de noviembre pasado,compre un carro americano y el titulo de ese llego a mi nombre,posteriormente me presente a agencia aduanal a realizar la importacion definitiva de el carro.yo mismo me lo endose, ahora bien en el pedimento aduanal,aparece el vendedor y comprador es el mismo, uno con direccion en el extranjero y otro con direccion en mexico.soy la misma persona. trato de presentar la declaracion del DIOT de noviembre y me encuentro con el problema de donde registrar esta operacion,donde yo soy el contribuyente y a la vez soy el proveedor. en este mes esta operacion representa el 70% del total de IVA acreditable Agradeciendo sus comentarios,para poder cumplir con el DIOT correctamente. EMB
Tópico: Página del SAT saturada
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2009 21:13:57 Asunto: Re: Página del SAT saturada
COMPAÑEROS FORISTAS. EN ESTE MOMENTO TENGO PROBLEMAS PARA ENVIAR DECARACIONES DEL DIOT ME DA ESTA INFORMACION Technical Information (for support personnel) • Error Code: 500 Internal Server Error. Unspecified error (-2147467259) PREGUNTO COMPAÑEROS SI EXISTE SOLUCION A ESTE ERROR,SE DA POR SATURACION O QUE ESTA SUCEDIENDO. LOS DEMAS OPCIONES SI SE PUEDEN REALIZAR COMO POR EJEMPLO PRESENTAR DECLARACIONES EN CERO. EL DIA DE HOY UN CONTRIBUYENTE INTERMEDIO RECIBIO UN REQUERIMIENTO DE DIOT CORRESPONDIENTE AL MES DE JULIO,POR ESO ME URGE PRESENTARLA EL DIA DE HOY QUIZA ANTES DE LA 24 HIRAS DOCE DE LA NOCHE PARA QUE NO SE LE MULTE. USTEDES SABEN EL MONTO DE LA INFRACCION PARA ESTE TIPO DE CONTRIBUYENTE, AGRADESCO SU CONTESTACION DE FORMA INMEDIATA. GARCIAS COMPAÑEROS. EMB
Tópico: No permite validar con datos en DIOT 2009
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Mensaje Foro: Software Enviado: Enero 23, 2009 17:45:45 Asunto: Re: No permite validar con datos en DIOT 2009
COMPAÑEROS YO ESTOY ENPROBLEMADO CON EL DIOT 2009 COMO LO SEÑALAN ,NO HE PODIDO VALIDAR VARIAS DECLARACIONES DE DIC-2008 BORRE TODA LA INFORMACON DEL DIOT 2008, BAJE EL DIOT 2009, LE DI DE ALTA A UN CONTRIBUYENTE LE DI LOS DATOS MANUALMENTE DE UN PROVEEDOR, Y PASA LO MISMO NO ME DEJA VALIDAR. CUAL SERA LA SOLUCION AGRADESCO ATENTAMENTE EMB
Tópico: semnas cotizadas
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 15, 2009 17:47:17 Asunto: Re: semnas cotizadas
Gracias compañeros por sus comentarios, tal parece que es un problema de la pagina del IMSS en ese apartado ya que hoy lo intente y procedio el registro en automatico. al tener el repore de las semanas cotizadas las presenta del año 1982 en adelante, de las semanas anteriores año 1972 y posteriores donde quedaron,tendria el trabajador de demostrar sus semanas cotizadas en estos periodos. agradeciendo su comentarios EMB
Tópico: semnas cotizadas
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 14, 2009 12:31:27 Asunto: semnas cotizadas
Compañeros foristas. El IMSS en su página de Internet ya permite la consulta de las semanas cotizadas de un trabajador, y entre a la página bajo los siguientes pasos. 1.-elegí la ventana se semanas cotizadas. 2.- Registro. Al realizar esta operación me solicita que tenga una clave o pasword En este punto al solicitar la clave para el pasword, me señala en la página lo siguiente. invalid path/preregistro was requested Yo no entiendo esto que señale, no se si ustedes tengan experiencia o les a pasado lo mismo. Agradeciendo sus comentarios EMB
Tópico: Tarjetas de Crédito o Empresariales para que no graven IDE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2008 Asunto: Re: Tarjetas de Crédito o Empresariales para que no graven I
Muy buena idea la tarjeta o linea de credito, si hay buen control se podria realizar diariamente, solamente podriamos pensar en lo barbaro que son los de hacienda, donde puedan decir que es una simulacion para evadir el IDE y acusen de delito de defraudacion fiscal. seguimos aprendiendo de estos magnificas ideas y su aplicacion dependera de cada uno de los foristas. antentamente EMB
Tópico: IDE en Repecos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2008 Asunto: Re: IDE en Repecos
lobozac General de División Esto que les envie esta en la resolucion miselanea nueva y como se la gastan las autoridades hacendarias, sera plan con maña porque si se hace efectivo el pago del 100% del ISR a la entida federativa.ya no se podra acreditar el IDE .en el ISR por no haberlo pagado a la Federacion gracias por participar.
Tópico: IDE en Repecos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2008 Asunto: Re: IDE en Repecos
Compañeros. Quisiera su opinión sobre los contribuyentes del Régimen Intermedio. Respecto al IDE. Ya que como se señala, solo podrá acreditar del ISR efectivamente pagado a la Fereracion. Con la regla de la Resolución Miscelánea. (El 100% del ISR se pagara a la entidad federativa. ¿Entonces el IDE donde lo podrá acreditar este tipo de contribuyentes. REGIMEN INTERMEDIO Ley ISR Artículo 136-Bis. Con independencia de lo dispuesto en el artículo 127 de esta Ley, los contribuyentes a que se refiere esta Sección efectuarán pagos mensuales mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas de la Entidad Federativa en la cual obtengan sus ingresos. El pago mensual a que se refiere este artículo, se determinará aplicando la tasa del 5% al resultado que se obtenga de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 127, para el mes de que se trate una vez disminuidos los pagos provisionales de los meses anteriores correspondientes al mismo ejercicio. Capítulo I.3.28.1 De los pagos a que se refieren los artículos 136-Bis, 139, fracción VI y 154-Bis de la Ley del ISR Entero del ISR por personas físicas del régimen intermedio ubicadas en entidades federativas en convenio I.3.28.1. Para los efectos del artículo 136-Bis de la Ley del ISR, los contribuyentes del régimen intermedio a que se refiere la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, que obtengan sus ingresos en Entidades Federativas que hayan suscrito el Anexo 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, enterarán mensualmente dicho pago a través de los medios electrónicos y procedimientos establecidos en los Capítulos II.2.12. o II.2.13., según corresponda. Para los efectos de esta regla, el pago se efectuará por la totalidad del ISR que corresponda en términos del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, sin hacer la separación del pago a que se refieren los dos primeros párrafos del artículo 136-Bis de la citada Ley. Agradeciendo sus comentarios EMB
Tópico: IDE en Repecos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2008 Asunto: Re: IDE en Repecos
Gracias Chavalon, entendido tu comentario fundamentado y acertado. EMB
Tópico: IDE en Repecos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2008 Asunto: Re: IDE en Repecos
COMPAÑEROS. saludos a todos los foristas. Asisti. hace dias a una conferencia sobre este impuesto y me llamo la atencion que el conferencista señalo,que los contribuyentes del Regimen intermedio,pagaran todo el ISR al la entidad federativa ,(no encuentro el articulado de la miselanea que señale esto) si es cierto lo anterior en donde podra disminuir el IDE pagado este tipo de contribuyentes . porque la ley señala que solo se podra acreditar en impuesto pagados a la federacion. agradeciendo sus comentarios sobre el tema. EMB

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