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Tópico: DUDA EN PTU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2006 Asunto: Re: DUDA EN PTU
si son trabajadores permanentes, TIENEN DERECHO, a PTU aun que hayan trabajado menos de 60 dias, La regla es clara "trabajadores eventuales"
Tópico: EN 2005 DETERMINE INVENTARIO ACUMULABLE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 17, 2006 Asunto: Re: EN 2005 DETERMINE INVENTARIO ACUMULABLE
Me quedan dudas en tu planteamiento........... pero a tu impuesto le vas a disminuir tus pagos provisionales efectuados incluyendo los que realizaste por la acumulacion del inventario. no se si esa sea tu pregunta
Tópico: COSTO DE VENTAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 17, 2006 Asunto: Re: COSTO DE VENTAS
Raulgamas el costo de ventas llego para quedarse, yo te recomiendo que desistas y mejor determines tus deducciones como al dia de hoy la ley establece, hasta el dia de hoy el costo de ventas tiene muchisimas lagunas.... por tal motivo no han diseñado programas para su determinacion, pero estoy seguro que el SAE te ayudara mucho.
Tópico: INV ACUMULABLE EFECTO DE LA PTU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 17, 2006 Asunto: Re: INV ACUMULABLE EFECTO DE LA PTU
Si hay que acumularlo, recuerda que dentro de las deducciones para determinar la base de PTU consideraste el costo de lo vendido y dentro de ese costo de ventas iba mercancia del año 2004 ya deducida y que forma parte de tu inventario acumulable............. si disminuyes el costo de ventas de tu base para PTU tendras que acumular tu inventario acumulable
Tópico: Pago de dividendos a regimen fiscal preferente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2006 Asunto: Re: Pago de dividendos a regimen fiscal preferente
ese Dividendo es un ingreso pasivo......... para determinar su impuesto no sales del Titulo VI destinado a los REFIPRES
Tópico: Una de Costo de Ventas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2006 Asunto: Re: Una de Costo de Ventas
Si la empresa solo presta servicios, no le es aplicable el costo de venta y entra como deduccion todas los gastos que la empresa tuvo, puesto que como es prestadora de servicios no realiza adquisiciones de mercancias; por otro lado si la empresa presta servicios y proporciona bienes si le es aplicable el costo de ventas (check-a) el art. 45 I LISR
Tópico: acumulacion de inventarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2006 Asunto: Re: acumulacion de inventarios
Esta vigente regla 3.4.31........... solo consideras inventarios finales, pero al mismo costo. (checK-ala)
Tópico: trat fiscal accionista, miembro consejo ad con func de gte
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2006 Asunto: Re: trat fiscal accionista, miembro consejo ad con func de g
El inciso a) es mas caro, es decir se pagarian mas impuestos (en este caso la Persona Fisica) En el inciso b) el IMSS va a decir que lo asegures y vas a entrar en pleitos. Yo voy por el c) como accionista a parte de su sueldo se beneficia con la seguridad social (INFONAVIT) y puedes proporcionar seguridad social para enfermedades en una clinica que no sea el IMSS, aun que seguramente pagaras impuestos con la tasa maxima, pero tienes subsidio, y aparte si quieres que tambien reciba honorarios, no hay problema puede hacerlo. ah y trata de no ponerlo como empleado-gerente...........estudia bien el caso y ve como lo puedes considerar para que pueda alcanzar reparto de utilidades. (si es gerente, se olvida de PTU).
Tópico: DEPRECIACION FISCAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2006 Asunto: Re: DEPRECIACION FISCAL
Si la empresa es comercial, no hay de que preocuparse, la deduccion de activo puede entrar al 100%......... Pero si es diferente a la comercial, sì te indica que debes determinar una proporcion que formara parte del costo de lo vendido " ojo" "solo por el activo relacionado directamente con la produccion de mercancias", por otra parte, es cierto que si aplicas el costeo directo lo podrias considerar como gasto fijo y deducirlo al 100%, pues este no varia en base a tu produccion y la verdad todavia a estas alturas esta deduccion tiene muchisimas carencias, asi que no creo que se atrevan a rechazartela.
Tópico: --PREVISIÓN SOCIAL: ¿QUÉ ES "NATURALEZA ANÁLOGA"?-
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2006 Asunto: Re: --PREVISIÓN SOCIAL: ¿QUÉ ES "NATURALEZA ANÁLOGA&
Analogia es la semejanza formal en los elementos que forman parte de las prestaciones de prevision social(los elementos que forman el plan de prevision social deben de ser analogos, deben tener el mismo fin, satisfacer necesidades del trabajador). Ahora para que tengas un concepto de prevision social, verifica el el ultimo parrafo del art 8 LISR y ya entrados en materi checate la fraccion XII del art 31 LISR para que verifiques algunas reglas para su deducibilidad.

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