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Tópico: TIPO DE CAMBIO
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2006 Asunto:
Fr I Art 86 LISR, Cuando se realicen operaciones en moneda extranjera, estas deberan registrarse al tipo de cambio aplicable en la fecha en que se concierten.
Tópico: ARTICULO 37 DE RLISR
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2006 Asunto: Re: ARTICULO 37 DE RLISR
[quote:72f7620088="lobozac"]RLISR 2006 No es necesario que la documentación comprobatoria conste en forma expresa y por separado el IVA ARTÍCULO 37. Para los efectos del artículo 31, fracción VII de la Ley, [color=red:72f7620088]no será necesario que en la documentación comprobatoria conste en forma expresa y por separado el impuesto al valor agregado, cuando los actos o actividades de que se trate estén afectos a la tasa del 0%[/color:72f7620088] en el citado impuesto. PUES AQUI DEJANDOLES ESTA INFORMACION QUE A VECES SE NOS OLVIDA ENLAZAR CON LAS "NUEVAS" DISPOSICIONES POR ESO DEL TEMA TAN ACTUAL DEL DESGLOSE DEL IVA EN LOS COMPROBANTES SALUDOS[/quote:72f7620088] OK.... Primero, dices que" No es necesario que la documentación comprobatoria conste en forma expresa y por separado el IVA" es cierto esto...??? y el articulo 29 de CFF?. Afortunadamente despues nos mencionas el art 37 de RLISR lo cual me hace suponer que a lo que te refieres es a que, " No es necesario que la documentación comprobatoria conste en forma expresa y por separado el IVA [b:72f7620088]de los actos o actividades afectos a tasa 0%[/b:72f7620088]" Pero existe o existio alguna vez esta obligacion? Segundo, el articulo 29 CFF señala " Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición, en el comprobante que al efecto se expida se deberá indicar el importe total de la operación y, [b:72f7620088][u:72f7620088]cuando así proceda[/u:72f7620088][/b:72f7620088] en términos de las disposiciones fiscales, el monto de los impuestos que se[u:72f7620088][b:72f7620088] trasladan[/b:72f7620088][/u:72f7620088]... [color=red:72f7620088][b:72f7620088][u:72f7620088]Pregunta[/u:72f7620088] ¿procede,en el caso de actividades afectas a la tasa del 0% el traslado de IVA?[/b:72f7620088][/color:72f7620088], desglosados por tasas de impuesto. SI su respuesta fue... No procede...!!! Entonces por que habria de señalar alguna tasa? mucho menos trasladar IVA, pues de acuerdo a las disposiciones fiscales no procede el traslado. Impuesto trasladado = impuesto cobrado En mi opinio el 37 del Reglamento es un parche a la mala redaccion del 31 f VII, pero no tiene relacion con las reformas del 29 CFF. Claro esta es mi opinion.... Y respeto tu opinion Lobozac, asi como todas las que lleguen.
Tópico: ARTICULO 37 DE RLISR
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto:
Creo que es discrepancia en la forma de interpretar las reformas fiscales... CFF Art 29.... en el comprobante que al efecto se expida se deberá indicar el importe total de la operación y, cuando así proceda en términos de las disposiciones fiscales, el monto de los impuestos que se trasladan, desglosados por tasas de impuesto... Primero, el articulo 37 menciona que "Para efectos del articulo 31 f VII no será necesario que en la documentación comprobatoria conste en forma expresa y por separado el impuesto al valor agregado.... Donde esta la ralacion? no la veo muy clara.. Regreso mas tarde para ver que hubo...
Tópico: ARTICULO 37 DE RLISR
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto:
Perdon .... No entendi muy bien.... que tiene que ver con las reformas? Gracias.
Tópico: ANTICIPO, COMO APLICA?? HELP ME!!!
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 25, 2006 Asunto:
Puedes efectuar la devolucion de dicho anticipo para no realizar el pago de IVA, para ISR si vas a tener que acumular, a menos que no expidas comprobante y ampares ese deposito con algun contrato que no te genere impuestos.
Tópico: imss 2005 deducible
EDPZ

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 21, 2006 Asunto:
"... la fecha de expedicion de la documentacion comprobatoria de un gasto deducible debera corresponder al ejercicio por el que se efectua la deduccion." (El reglamento otorga ciertas facilidades) Si tu comprobante reune los requisitos, pasa. En el caso de las diferencias de COP, el comprobante tiene fecha de expedicion del ejercicio, aun que el periodo de pago sea 2005, tendrias que observar si tu recibo de telefono cumple con lo comentado.
Tópico: RETIROS DE SOCIOS EN S.C
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2006 Asunto:
Los retiros de la sociedad que mencionas son asimilables a sueldos y creo que es muy conveniente que retires por los dos, es decir, un cheque para cada uno de esta manera reduces la carga tributaria, en lugar de tener una base para impuesto grande, vas a tener dos bases pequeñas.
Tópico: letra o numero
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2006 Asunto:
Es cierto Anaili, solo que hay que tener cuidado cuando se expiden comprobantes al publico en general, estos sí llevan numero y letra.
Tópico: imss 2005 deducible
EDPZ

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 19, 2006 Asunto:
La obligacion surgio en 2005 pero eso no les quita la naturaleza de erogaciones 100% deducibles, si no fueran deducibles, quien se dictaminaria para efectos del SS. Es un gasto estrictamente indispensable efectuado en el ejercicio.
Tópico: COMPROBANTE DEDUCIBLE?
EDPZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2006 Asunto:
Consideralo como empleado pagale sueldos, solo que lo vas a tener que inscribir al IMSS, dalo de alta con jornada reducida.

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