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Tópico: COMO SE LEEN LOS ARCHIVOS DE PAGO GENERADOS POR EL SUA?
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 21, 2005 Asunto:
Lo que puedes hacer es primero abrirlo en Word. El archivo de pago se compone de5 grupos: 1. Al principio trae la información del patron y se identifica con un 02+Registro Patronal. 2. Siguen los importes de cuotas pagadas y se identifica con un 03+Registro Patronal 3. Siguen los movimientos de cada empleado que conforman dicho pago y se identifica con un 04+Registro Patronal 4. Al parecer es información de control que no es necesaria para retrabajar y se identifica con un 05+Registro Patronal 5. Al parecer es información de control que no es necesaria para retrabajar y se identifica con un 06+Registro Patronal Ya sabiendo que cada parte del archivo (la que nos va a servir para sacar las cuotas) empieza con un 03 o un 04 puedes trabajar la información con opciones de word. Nota: disculpa que te menciona las opciones en ingles pero es como manejo el Office. Utilizo la opcion de Replace. Se reemplaza 03X9999999 (suponiendo que X9999999 son los primeros 8 digitos del registro patronal). En los botones de abajo seleccionas el de More (primero), se abre otra parte de debajo de la ventana, te posicionas en el cajón de Replace with, selecicionas el boton de Special y seleccionas la opcion de Manual Line Break. En el boton del Replace with te va a poner el codigo del corte de linea y después de eso vuelves a escribir 03 y los 8 primeros digitos del registro patronal. (en mi caso como signo de corte de pagina pone un ^l) y seleccionas la opcion de reemplazar todos. Haces lo mismo con el 04X9999999 y con el 05X9999999. Después que tienes estos reemplazos, seleccionas todo el archivo y lo copias a Excel y te lo deja en renglones. Después puedes dejar unicamente los 03X9999999 y con la opcion de Excel de Texto a columnas haces los cortes y te quedas los importes, dias cotizados, ausentismo e incapacidades del pago mensual y/o bimestral (nota: la rama de Cesantía y vejez la divide en 2). Espero esto te ayude Saludos
Tópico: EBA como Aviso de Retencion INFONAVIT
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 20, 2005 Asunto:
Si lo capturas con Cuota fija en VSM y pones la fecha de 12 de julio el SUA te calcula el bimestre completo. El trabajador puede pagar cada mes siempre y cuando no esté asegurado (desempleado) en ese momento, pero al momento de estar asegurado y que te lleve un aviso o te aparezca en la cedula ya es responsable el patrón de descontar y enterar al INFONAVIT. Saludos
Tópico: y en cuanto a las incapacidades???? que onda????....
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 19, 2005 Asunto:
Los días especificados en la incapacidad son naturales, por lo que debe regresar el 18.
Tópico: EBA como Aviso de Retencion INFONAVIT
MMartinezC

Mensajes: 28
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 19, 2005 Asunto:
En cuanto a normatividad yo no se si en la ley venga en cuanto a créditos por VSM y si es de acuerdo a avisos, las fechas que manejan son diferentes. Actualmente la mayoría dice a partir del mes siguiente, pero recordemos que en un prinicipio, cuando se hicieron convenios para cambiar de porcentaje a cuota fija, los avisos decían a partir del bimestre siguiente, y actualmente hay avisos que son de VSM y que dicen a partir del día siguiente. Ahora, si el tema de este tópico es EBA como aviso de retención, anteriormente cuando las cedulas se entregaban en papel (hojas rojas), al reverso dicen: 4. En el caso de trabajadores con crédito de vivienda, el patrón deberá realizar los descuentos que correspondan y enterarlos conjuntamente con las aportaciones, de acuerdo a lo siguiente: a)... b) Si no cuenta con aviso de retención pero sí esta marcado el nombre del trabajador, la cédula hará las veces de aviso, debiéndose realizar los descuentos y enteros, a partir del bimestre siguiente. Aquí tambien se puede confundir porque no dice si el bimestre siguiente del periodo que se trata o bimestre siguiente a la fecha de notificación, pero las areas de fiscalización en casos de requerimientos se van por bimestre siguiente al periodo de proceso, en este caso el periodo es 2do. Bimestre por lo que aplicaría a partir del 3er. Bimestre. Saludos
Tópico: EBA como Aviso de Retencion INFONAVIT
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 16, 2005 Asunto:
Daniel, en todo caso debería ser a partir de junio ya que la emisión la recibió en mayo. Por mi parte yo opino que se le debe descontar mayo-junio. Por un lado, para ayudar al acreditado a que no se atrase mas con su crédito, y por otro para que como patrón evitarme la molestia de aclarar un requerimiento posible, en este caso, del 3er. bimestre (por pagar solo un mes del bimestre), ya que en algunas localidades el area de fiscalización tienen criterios muy cerrados y no te quieren cancelar estos requerimientos y como que gastar en un juicio de nulidad por un crédito, muchas veces los abogados dicen que mejor paguen y hasta la multa, gastos de notificacion, y en veces, los gastos de ejecución tienes que terminar pagando. Saludos.
Tópico: Factor de integracion para SBC
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 15, 2005 Asunto:
Yo pienso que ya debe utilizar el de 1.0493 porque ya tiene 3 años cumplidos por lo que estaría corriendo el 4to. año (12 dias de vacaciones). Saludos
Tópico: SISTEMA DE DIFERENCIAS IMSS
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 15, 2005 Asunto:
gerardo789, buenos días: nosotros hemos calculado diferencias con el modulo que trae el IMSS y se calculan bien (siempre y cuando tengas actualizadas tus tablas de INPC y recargos). El unico problema que tuvimos en un principio fue el que te comenté, pero hallandole ya se han hecho los calculos correctos. Saludos
Tópico: SISTEMA DE DIFERENCIAS IMSS
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 14, 2005 Asunto:
El problema puede ser que estas calculando en el modulo de diferencias del SUA un pago extemporáneo. Cuando calculas en diferencias empleados que no pagaste nada por ellos en el pago original, te genera el archivo de diferencias pero al validarlo en el SUA o al llevarlo al banco te marca Disco generado incorrectamente. Si todos los empleados que estas calculando estan en este caso tienes que hacer el calculo en la opcion de Calculos de pago extemporaneo. Si tienes varios empleados y algunos si pagaste una parte y otros no pagaste nada, tienes que separar en 2 pagos. 1 por diferencias (donde si pagaste una parte) y otro por extemporáneo. Saludos
Tópico: TOPE SALARIA A PARTIR DEL 01/07/2005
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 04, 2005 Asunto: Re: TOPE SALARIA A PARTIR DEL 01/07/2005
Dalo de alta con 1190.96. El SUA automaticamente lo topa para las ramas que aplican.
Tópico: urgente por favor
MMartinezC

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 04, 2005 Asunto: Re: urgente por favor
En el siguiente link las encuentras http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Uso_Frecuente&pa=showpage&pid=882

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