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Tópico: Edo Mex*IMPTO S/EROGACIONES X REMUNERACIONE AL TRAB PERSONAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2006 Asunto: Re: Edo Mex*IMPTO S/EROGACIONES X REMUNERACIONE AL TRAB PERS
Puedes hacer una carta aclaratoria en donde solicites la cancelacion del requerimiento, en donde muestres la alta que tienes en Guadalajara y la inexistencia de empresas en el Edo de Mexico.
Tópico: como se paga
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2006 Asunto: Re: como se paga
En el portal del banco ya estan los dos tipos de pagos y en las suursales bancarias te aceptan los dos tipos de pagos, con hoja de ayuda y linea de referencia.
Tópico: Carta poder
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2006 Asunto: Re: Carta poder
Aun cuando existan diversos modelos de carta poder es importante que se redacte en base a la necesidad del tramite especifico y si es fiscal debera hacerce referencia al RFC, Domicilio, tramite especifico del otorgante, ademas de las identificaciones del otorgante y de dos testigos, pero considerando que ultimamente el SAT no esta aceptando tramites de gestion por terceros.
Tópico: Pago de impuesto sobre nómina
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2006 Asunto: Re: Pago de impuesto sobre nómina
En el estado donde se paguen los servicios personales subordinados independientemente del domicilio de la matriz es donde se pagara el impuesto sobre nominas, checa esta informacion: 10. ¿Quiénes están obligados al pago del Impuesto Sobre Nóminas? R: Las personas físicas y morales que realicen erogaciones en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal prestado dentro del territorio del Estado de Coahuila, bajo la dirección y dependencia de un tercero. 11. ¿Cuál es la tasa correspondiente al Impuesto Sobre Nóminas? R: La tasa correspondiente al Impuesto Sobre Nóminas, será el 1% sobre el monto total de las erogaciones gravadas por este impuesto. 12. ¿Con qué periodicidad se paga el Impuesto Sobre Nóminas? R: Se paga mediante declaración mensual que deberá presentarse dentro de los primeros 17 días naturales del mes siguiente a aquél en que se hubieren realizado las erogaciones objeto de este impuesto. 13. ¿En dónde se debe realizar el pago Impuesto Sobre Nóminas? R: El pago de este impuesto deberá efectuarse en las oficinas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas, Instituciones de Crédito o establecimientos autorizados mediante el formato ISN-3 14. ¿Hubo incremento al Impuesto Sobre Nóminas del 1%? ¿En dónde se publicó y cuál es el nuevo porcentaje a aplicarse? R: El porcentaje para el año fiscal 2006 sigue siendo el 1%, según la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila, Capítulo Tercero, Artículo 24 15. ¿Qué se considera como sucursales, si tiene el periodo de gracia y a partir de cuándo se aplica el estímulo? R: Se considera como sucursales los negocios que se tengan en el mismo Municipio. Se aplica el estímulo por los empleados que se contraten en cada sucursal y es por 12 meses. 16. ¿Se puede realizar el pago del impuesto vía Internet y cómo se realiza? R: En Internet puede encontrar la información y formatos para el pago, sin embargo, éste debe realizarse en la Recaudación de Rentas. En el caso del Impuesto Sobre Nóminas también puede realizarse en las Instituciones bancarias autorizadas. 17. ¿Si soy persona moral con domicilio fiscal en otro estado cómo puedo realizar el pago de Impuestos y Derechos? R: El pago debe realizarse en las oficinas recaudadoras de rentas del Estado de Coahuila. En el caso del Impuesto Sobre Nóminas también puede realizarse en las Instituciones bancarias autorizadas. 18. ¿Cuándo se recibe un requerimiento de Impuestos Estatales a pagar, qué debo hacer? R: Debe acudir a la Recaudación de Rentas de su municipio al área de Trámites Diversos o Unicaja. 19. ¿Cómo debo realizar el cálculo para el pago del Impuesto Sobre Nóminas, Impuesto Sobre Hospedaje e Impuesto Sobre Automóviles Nuevos? R: Se calcula en Impuesto Sobre Nóminas el 1% sobre las erogaciones en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones; en Impuesto Sobre Hospedaje el 3% sobre los ingresos que se obtengan por el albergue, sin incluir alimentos; en el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos se calcula aplicando la tarifa o tasa establecida en el artículo 3 de la Ley del I.S.A.N. 20. ¿Qué beneficio tengo al ejercer la opción del pago anual en Impuesto Sobre Nóminas? R: El beneficio que gozará de es un estimulo fiscal de 10% de descuento Tambien checa la siguiente liga: http://www.sfcoahuila.gob.mx/preg_frecuentes.asp
Tópico: FORMATO COMPROBACION GASTOS DE VIAJE
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Octubre 25, 2006 Asunto: Re: FORMATO COMPROBACION GASTOS DE VIAJE
Tambien a mi mandame el formato a teofiloperea@hotmail.com y gracias de antemano.
Tópico: CAMBIO DE P.F. CON ACT. EMPRESARIAL A UNA SOCIEDAD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2006 Asunto: Re: CAMBIO DE P.F. CON ACT. EMPRESARIAL A UNA SOCIEDAD
Respuestas 1.-Minimo 2 en una SRL de CV, y SA de CV 2.-Todas gravan en el Titulo II de la LISR con excepcion de las Soc y Asoc sin fines de lucro estas gravan en el Titulo III 3.-Primero tienes que constituir la sociedad, ve con un notario, el te dice como y hasta te puede dar de alta directamente, despues haces un cambio de obligaciones a la persona fisica y le das de alta la obligacion de socio o accionista, despues le das de baja las obligaciones que tenia como persona fisica, para respetar la antiguedad de tus trabajadores haces una carta de reconocimiento de antiguedad a cada uno de tus trabajadores, les das una copia y haces un escrito a la Secretaria del Trabajao y Prevision social donde anexas todas las cartas firmadas de recibido por los trabajadores. Comentarios Los controles son similares, solo que tienes libros sociales que llenar, en caso de la SA, todas las actas deben protocolizarse, en el caso de las SRL no es necesario, en las SA hay emision y control de acciones, en la SRL son partes sociales.
Tópico: Pago en parcialidades
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2006 Asunto: Pago en parcialidades
Alguno de ustedes tendra entre sus curiosidades algun escrito para solicitar pago de impuestos en parcialidades? Me pidio el patron en lo que le llega un deposito que esta esperando que le solicite el pago en parcialidades, pero no se como hacer el escrito.
Tópico: SUA Agricultores
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2006 Asunto: SUA Agricultores
Con el problema ese de que los que no han pagado IMSS por los eventuales del campo, y como ya se publicaron las reglas para el pago, tengo el problema que hay que dar de alta en el SUA a todos los trabajadores, el punto es que estuve haciendo ese trabajo antes que saliera la nueva version 3 de SUA, ya que salio todo mi padron quedo en el SUA WIN, ahora para no tener que capturar todo el padron, ¿alguno de ustedes sabe como migrar los trabajadores del SUAWIN al SUA version 3?. Me van alivianar un resto el jale si me dan algun tip para empezar con esto que ya me estan presionando para presupuestar la lana, o de plano voy a tener que empezar a pisar tecla duro y tupido.
Tópico: 7 colegiaturas, deducibles....???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto: Re: 7 colegiaturas, deducibles....???
La solucion podria ser sencilla si buscara una Sociedad o Asociacion Civil, que le pudiera dar a cambio de pequeños donativos los comprobantes para poder llenarlos y deducir el importe de las 7 colegiaturas en acuerdo de ambas partes. el hacer una SC o AC para poder deducir solo las colegiaturas de una sola persona es ademas de un rollo que saldria caro, seria muy sospechoso y caro.
Tópico: deducciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto: Re: deducciones
Puede ser al 100% si lo registras como atenciones a clientes, pero tendrias que cumplir con los requisitos de la fraccion III del articulo 32 de la Ley del Impuesto Sobre La Renta.

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