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Tópico: Opcion de no Dictamen
teofiloperea

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 31, 2011 11:50:49 Asunto: Re: Opcion de no Dictamen
Vcaspe, Gracias por la información, en efecto tienes razón, el mismo decreto te dice que si optas por no presentar el dictamen es como si lo sustituyeras por la información que mediante reglas solicitan las autoridades. Me confundí con relación a la multa, te multan si no presentas la el dictamen, si pero si acatas lo establecido en el decreto, no estas incurriendo en infracción, si estas cumpliendo con lo establecido tanto en el decreto como en las reglas. Ya hice el escrito de contestación y estoy dentro de los 5 días de aclaraciones con el IMSS, lo cual veo muy positivo que me cancelen la multa. Pero tengo la opción del recurso de inconformidad, pero ahí si que tendría que contratar a un abogado para la redacción del escrito. Sin embargo no creo que este asunto llegue tan lejos. Saludos y gracias por todo.
Tópico: Opcion de no Dictamen
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 29, 2011 12:42:48 Asunto: Re: Opcion de no Dictamen
GS, Me refiero al del IMSS Le pregunte a un sindico del contribuyente pero tampoco supo la respuesta, y la pregunta fue es si presento la informacion para optar por no dictamen, ¿me excluye de la de multa? No encontre ningun articulo que señale que si optas por no dictaminarte quedas excluido de la multa. Estuve hace poco en el IMSS y le pregunte al encargado de auditoria, el me señalaba que presentar la informacion para la opcion de no dictamen el unico beneficio y no seguro era que no les enviaran una visita domiciliaria, pero en cuanto a la multa que ellos internamente no habian recibido ninguna instruccion de detener los credito para aplicar las multas. Saludos
Tópico: Opcion de no Dictamen
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 29, 2011 11:06:07 Asunto: Opcion de no Dictamen
Con base en el decreto de por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificacion tributaria, publicado en el DOF el 30 de Junio de 2010. El dia [b]29 a Abril de 2011[/b] presente la informacion en base a las reglas generales para el cumplimiento de la obligacion prevista en el articulo tercero del decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificacion tributaria, publicado en el DOF el 30 de Junio de 2010. El dia 24 de Octubre de 2011, el IMSS me cita y me notifica credito fiscal por no presentar el Dictamen imponiendo a la empresa la multa por la no presentacion de Dictamen. Y la pregunta es la presentacion de la informacion requerida en base a las reglas generales. ¿No te excluyen de la multa por no presentar dictamen? Hay alguien en el foro que tenga una experiencia parecida y se quito la multa en base a algun escrito le agradecere quiera ayudarme con los fundamentos legales. Ya busque en la LIMSS y reglamentos y en el decreto y en ninguno señala que no se pagara la multa, sin embargo se les agradecera toda la informacion que se pueda obtener al respecto. [i]Editado: Octubre 29, 2011 11:06:42[/i]
Tópico: Actas en libros forma de impresion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2011 16:27:06 Asunto: Re: Actas en libros forma de impresion
No, Lobo Como crees se agradece tu preocupación, y mucho mas tu información que siempre sera bienvenida, ya resolví el asunto ese de las actas hace mucho, quizás no como sugeriste que hubiera ahorrado algunas horas de tiempo a los que lo hicieron pero todo lo que despeje la duda o ilustre el conocimiento es bienvenido, te puedo asegurar que poco pero se crece en conocimiento día a día, claro no con la disciplina tuya o la del pepesoto y chavalon que tienen el don de buscar y buscar hasta encontrar el conocimiento y despejar la duda propia y de los que tienen el privilegio de estar en contacto con ustedes. Sin embargo cabe un aplauso y un sincero agradecimiento por parte de un servidor.
Tópico: ABONO ORGANICO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2011 14:04:59 Asunto: Re: ABONO ORGANICO
De acuerdo con el Articulo 16 del código las actividades empresariales son: I. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes. II. Las industriales entendidas como la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores. III. [u] Las agrícolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.[/u] IV. Las ganaderas que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial. V. Las de pesca que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial. VI. Las silvícolas que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial. Segun el articulo 79 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta fraccion II nos dice quienes son los sujetos en el Régimen Simplificado. En la preparacion del fertilizantes no estan incluidas los sujetos mencionadas en el Art 79 de LISR, por lo que podria conluirse que la empresa de produccion de fertilizantes no es o no pertenece al Regimen Simplificado.
Tópico: Factura Electronica en Excel
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Julio 24, 2010 13:32:07 Asunto: Factura Electronica en Excel
Duda se pueden hacer facturas electronicas en Excel, en caso positivo hay alguien que ya tenga alguna que quiera compartir?
Tópico: Pagos Provisionales de IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2010 10:33:49 Asunto: Re: Pagos Provisionales de IETU
Con todo respeto insisto el 7 de LIETU dice que el impuesto se calculara por ejercicios. y el 9 dice {Los contribuyentes efectuaran pagos provisionales a cuenta del impuesto empresarial a tasa unica [b]del ejercicio[/b] Y si no hay impuesto en el ejercicio (art 7), porque tendria que hacer pagos provisionales art 9 ó ¿no me deja sin efectos el art 9?
Tópico: Pagos Provisionales de IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2010 00:35:27 Asunto: Re: Pagos Provisionales de IETU
Yo entiendo lo que ustedes me dicen, sin embargo quiero antes de apegarme 100% a la Ley ser congruente, porque coños tengo que pagar accesorios de una contribucion si no hay base para hacerlo, ya que la misma ley tanto de ISR como de IETU me señalan que el impuesto es ANUAL o del Ejercicio, y si en el ejercicio no hay impuesto anual para que voy ha calcular pagos provisionales y pagarlos, peor aun pagar accesorios, eso es una aberracion aunque lo diga el auditor que sea.
Tópico: Pagos Provisionales de IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 16, 2010 14:46:57 Asunto: Pagos Provisionales de IETU
La empresa tiene un ciclo en el que los ingresos mayormente los obtiene en los primeros meses del año, y los costos y gastos en el resto del año, el problema con el IETU es que le sale excesivo impuesto a pagar los primeros meses, pero como no se hicieron pagos provisionales el auditor señala que tendrian que pagarse las actualizaciones y recargos or los meses en los que salio a pagar, aun asi la cantidad a pagar de actualizaciones y recargos es enorme, durante el ejercicio no genera impuesto a pagar, entiendo que los pagos provisionales son obligatorios pero lo que no entiendo es porque pagar accesorios y la pregunta es que consecuencia fiscal tendria si no se pagan los accesorios de los pago provisionales de IETU que recomienda el auditor?
Tópico: PROGRAMA PARA CALCULO DE PTU
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Mensaje Foro: Software Enviado: Septiembre 23, 2009 17:26:20 Asunto: Re: PROGRAMA PARA CALCULO DE PTU
Ese puede servir solo hay que cambiarle el SMG de la zona que estas manejando para efectos del limite.

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