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Tópico: Gasolina
MARLA

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2005 Asunto: Re: Gasolina
aplica tanto a Personas Fìsicas como a Personas Morales
Tópico: Requerimiento de aviso de inscripción de asalariados al RFC
MARLA

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2005 Asunto: Re: Requerimiento de aviso de inscripción de asalariados al
[b:7aed828f8c]jjfarias[/b:7aed828f8c], la regla 2.3.6., en su ultimo pàrrafo, señala que: "Los empleadores que no hayan inscrito ante el RFC a las personas a las que les efectuaron pagos durante el ejercicio de 2004, de los señalados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR, [b:7aed828f8c]tendrán por cumplida esta obligación [/b:7aed828f8c]cuando la Declaración Informativa Múltiple presentada en los términos de los Capítulos 2.20. o 2.21. de esta Resolución, según corresponda, contenga la información, RFC a 10 posiciones y CURP a 18 posiciones, de las personas citadas, requerida en dicha declaración. Por lo que [b:7aed828f8c]dgus[/b:7aed828f8c], si presentaste la Declaraciòn Informativa Mùltiple, conforme se señala en el pàrrafo anterior, serà el fundamento para desvirtuar el requerimiento (en le supuesto que se refieran a trabajadores adscritos en el ejercicio 2004) Esperando lo anterior te sea de utilidad
Tópico: DUDA EN EXCEL
MARLA

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Junio 22, 2005 Asunto: Re: DUDA EN EXCEL
GERARDOBA: Ya recibì tu mensaje con el archivo adjunto MUCHAS GRACIAS :wink:
Tópico: DUDA EN EXCEL
MARLA

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Junio 22, 2005 Asunto: Re: DUDA EN EXCEL
GERARDOBA: Tambièn podrìas por favor enviarme el archivo que te enviò ByPaco al siguiente mail: marla_2197@hotmail.com, o igualmente se ByPaco puede enviarmelo directamente, mucho se lo agradecerè :wink: De antemano, gracias
Tópico: NUDA PROPIEDAD
MARLA

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2005 Asunto: Re: NUDA PROPIEDAD
Agradezco sus respuestas, me seran de mucha utilidad :wink:
Tópico: NUDA PROPIEDAD
MARLA

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2005 Asunto: NUDA PROPIEDAD
Disculpen, si alguien sabe que siginifica "nuda propiedad", mucho agredecería me comenten que es
Tópico: Asimilados ¿Pago con cheque?
MARLA

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto: Re: Asimilados ¿Pago con cheque?
VIKCAPS: Lo que tu comentas, lo fundamentamos en lo siguiente en el Art. 31 fracc. XX de la LISR: afirmativo?, entonces seguiría insistiendo en que citada disposición corresponde a pagos por la “prestación de un servicio personal subordinado” y no al hecho de pagar Honorarios que para efectos de la retención de I.S.R. se Asimilen a Sueldos (donde se supone no existe la subordinación, sino un servicio profesional independiente). En cuanto a que si no maneja chequera, transferencia electrónica, etc., entonces estaríamos ante el incumplimiento de requisito general de las deducciones (que excedan de $2,000.00 m.n.), a menos que esta liberado de tal obligación. En resumen, en aplicación estricta a la disposición fiscal, considero que si deben pagarse los Honorarios Asimilados s Sueldo con cheque nominativo, tomando en consideración que la excepción que marca la ley es para pagos que se hagan por lo prestación de un servicio personal subordinado, pero si la propia autoridad permite la Deducciones de citados conceptos sin que se efectué su pago con cheque nominativo, pues adelante (magnífico), solo tomaría mis precauciones para asegurar el criterio de la Autoridad. _________________ MARLA "Nadie puede llegar a la cima armado sólo de talento. Dios da el talento; el trabajo transforma el talento en genio" (Anna Pavlova).
Tópico: Asimilados ¿Pago con cheque?
MARLA

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto: Re: Asimilados ¿Pago con cheque?
Lo que tu comentas, lo fundamentamos en lo siguiente en el Art. 31 fracc. XX de la LISR: afirmativo?, entonces seguiría insistiendo en que citada disposición corresponde a pagos por la “prestación de un servicio personal subordinado” y no al hecho de pagar Honorarios que para efectos de la retención de I.S.R. se Asimilen a Sueldos (donde se supone no existe la subordinación, sino un servicio profesional independiente). En cuanto a que si no maneja chequera, transferencia electrónica, etc., entonces estaríamos ante el incumplimiento de requisito general de las deducciones (que excedan de $2,000.00 m.n.), a menos que esta liberado de tal obligación. En resumen, en aplicación estricta a la disposición fiscal, considero que si deben pagarse los Honorarios Asimilados s Sueldo con cheque nominativo, tomando en consideración que la excepción que marca la ley es para pagos que se hagan por lo prestación de un servicio personal subordinado, pero si la propia autoridad permite la Deducciones de citados conceptos sin que se efectué su pago con cheque nominativo, pues adelante (magnífico), solo tomaría mis precauciones para asegurar el criterio de la Autoridad.
Tópico: Asimilados ¿Pago con cheque?
MARLA

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto: Re: Asimilados ¿Pago con cheque?
Si bien en la fracción III del artículo 32, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se señala que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00, se efectúen con cheque nominativo del contribuyente (“para abono en cuenta del beneficiario”), [i:b785c2bbda]excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinando[/i:b785c2bbda]”, considero que el pago de Honorarios Asimilados a Sueldo, es únicamente para efectos de la retención I.S.R. (y tratamiento fiscal de quien percibe el ingreso), lo cual no implica que queden relevadas de la obligación de efectuar su pago con cheque nominativo, y cumplir el requisito de Deducción correspondiente
Tópico: PROPINAS Y ALIMENTOS INTEGRADOS A RESTAURANTES Y HOTELES
MARLA

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 20, 2005 Asunto: Re: PROPINAS Y ALIMENTOS INTEGRADOS A RESTAURANTES Y HOTELES
Si gustas checar informacion al respecto en la siguiente liga http://www.nuevoconsultoriofiscal.com.mx/articulos.php?id_sec=6&id_art=238

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