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Tópico: AUDITORIA A PATRONES
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 09, 2006 Asunto: Re: AUDITORIA A PATRONES
No dice si la ST-1 la entregó a los auditores con motivo de la visita o si la entregó directamente a medicina del trabajo, antes de concluir la auditoria. Normalmente medicina del trabajo pide al patrón la ST-1 y si este se niega la recaba por Auditoria. Este es el unico objeto de la misma. Rescpecto a si el medico deside una auditoría. El medico lo que hace es calificar la profesionalidad del riesgo, en base a la información que se le proporciona por auditoría, incluyendo la ST-1 obtenida. Saludos JPGR
Tópico: Representante legal socio, puede asegurarse
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 09, 2006 Asunto: Re: Representante legal socio, puede asegurarse
Solo pueden ser afiliados al Regimen Oblogatorio del IMSS quienes estan sujetos a una relación de trabajo. Si usted cambia al actual administrador, aparte de inventarle o crearle un puesto o categoría en la empresa, es probable que por el antecedente que tiene el imss de que era el Administrador único, se le envia una verificación para conocer si realmente existe una relación de trabajo, circunstancia que tendrá que manejar con cuidado en el aspecto formal (nominas, recibos de pago etc.) y material (probables testimonios que recaben los verificadores sobre si verdaderamente trabaja en la empresa). Saludos JPGR
Tópico: Duda Laborar
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 06, 2006 Asunto: Re: Duda Laborar
La regla general es que el patrón no puede cambiar unilateralmente las condiciones del trabajador que deben estar pactadas en el contrato indivudual de trabajo y su omisión no tiene porque afectar al trabajador. Solo se puede hacer cuando asi se haya pactado en el contrato individual y/o colectivo de trabajo. La consecuencia es que el trabajador podría demandar la resición de su relación de trabajo por causa imputable al patrón, con la indemnización correspondiente. Claro tendrá que probarlo. Saludos, JPGR
Tópico: Descuentos legales de un finiquito laboral
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 06, 2006 Asunto: Re: Descuentos legales de un finiquito laboral
Definitivamente no hay reforma alguna de fecha reciente a la LFTen ese sentido. Si el finiquito solo comprende sus aclances proporcionales y prima de antiguedad, de nada sirve consignar ante la Junta. Lo que seguramente pasará es que el trabajador al demandar no solo lo va a hacer para pedir el monto del finiquito, sino la indemnización por un despido injustificado y salarios caidos a fin de presionar; de ahi lo importante de que se haya cumplido con las formalidades del despido como lo es la enterga del aviso de despido y tener los elementos probatorios suficientes para comprobar lo de las faltas de asistencia. Las deudas del trabajador solo pueden descontarse cuando se trate de anticipo de salarios y No cuando se trate de prestamos personales que no tengan ese caracter en cuyo caso el patrón debe tratar de recuperarlos a traves de la via civil o mercantil. Pero si ustedes estan seguros de que no hay riesgo en un juicio, pueden sostenerse en su postura hasta que se defina el juicio, que puede ser hasta una año o mas y eso quizas desaliente al trabajador y acepte su liquidación con en descuento. INSISTO, debe valorarse el riego que se corre en el juicio. Saludos JPGR
Tópico: ASISTENCIA MEDICA A PENSIONADO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 29, 2006 Asunto: Re: ASISTENCIA MEDICA A PENSIONADO
Hay que tener en cuenta que si el trabajador sufre un accidente de trabajo obviamente que si el imss lo detecta cobrara los capitales constitutivos, aun cuando esté en el período de conservación de derechos, pues contra ese seguro no está protegido. saludos, JPGR.
Tópico: Conceptos a pagar por Jubilacion o Pension
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 15, 2006 Asunto: Re: Conceptos a pagar por Jubilacion o Pension
Si la Pensión es por invalidez, se debe pagar la prima de antiguedad cualquiera que sea el tiempo de servicio, y el mes de salario a que se refiere el art.54 de la Ley Fed. del Trabajo. JPGR.
Tópico: pensiones cobradas al patron
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 12, 2006 Asunto: Re: pensiones cobradas al patron
En relación a la sugerencia de provocar que se revisen a todos los trabajadores de una empresa, tres cosas: 1.- Nada nos garantiza que Salud en el Trabajo del IMSS vaya a emitir todas las IPP, (por enfermedad profesional) en el mismo año, y menos aún si detecta la maniobra, porque ellos estan acostumbrados a que el trabajador lo solicita cuando termina la relación de trabajo, 2.- La IPP que se les fije normalmente es con caracter provisional y revisable a los 2 años, de tal manera que si al término de ese período se les incrementa el porcentaje ello afectará a la empresa, pues se les cargará el incremento, y, 3.- Es probable que no a todos les sea otorgada la IPP, en cuyo caso, quienes no la adquirieron, y se crean con derecho, pueden impugnar en juico laboral la resolución del IMSS y no se sabría cuando ni en que sentido se vaya a resolver, es decir que habría aspectos que saldrían del control, razón por la cual no comparto la idea de propiciar la idea que se comenta. Saludos, JPGR.
Tópico: pensiones cobradas al patron
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 07, 2006 Asunto: Re: pensiones cobradas al patron
El pago de la rama de R.T. te proteje precisamente contra Riesgos de Trabajo, pero el financiamiento de la misma se busca cada año en base a la siniestralidad que se haya tenido el año inmediato anterior y que se refleja en la declaración que cada patón tiene que presentar en febrero de cada año. Al respecto las I.P.P tienen un peso especifico muy importante en la Prima de Riesgos de Trabajo. Hacer lo que ustedes se proponen pudiera resultar contrario a los intereses del Patrón ya que primero fomentarían en los trabajadores la idea de que se revisen y se les marque una I.P.P. lo que haría subir la Prima y segundo el solo cambio de razón social no sería suficiente para liberarse del impacto pués si es el mismo domicilio, giro, los mismos trabajadores, etc. es casi seguro que les fincarían la figura de la sustitución patronal prevista en la L.S.S. Saludos, JPGR
Tópico: PENSION DE VEJEZ
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 04, 2006 Asunto: Re: PENSION DE VEJEZ
Debe tomar en cuenta que el salario que servirá para para la pensión será el promedio de los últimos 5 año. Y como si se trata de una persona de mas de 65 años, es probable que el IMSS mande verificar si se da la relación de trabajo, aspectos que se sugiere ponerar. Saludos, JPGR
Tópico: descuento de comedor
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 20, 2006 Asunto: Re: descuento de comedor
Totalmente de acuerdo con el Lic. Habrá que tomar en cuenta el costo del control para ver si vale la pena llevarlo y los riesgos de errores. En caso de ser significativos los ahorros adelante. Saludos, JPGR.

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