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Tópico: ¿Realmente es obligatorio recolectar la firma del trabajor en nóminas?
Oscarbm

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Septiembre 30, 2016 13:49:49 Asunto: ¿Realmente es obligatorio recolectar la firma del trabajor en nóminas?
Buena tarde, una persona me hizo el comentario de que existia una jurisprudencia en la que hace referencia a que si a los empleados se les realizan transferencias a sus cuentas personales de manera que estas últimas coincidan con los importes reflejados en el recibo de nómina son pruebas suficientes de que el trabajador percibió y estuvo conforme con las cantidades y conceptos pagados. Me gustaría conocer en base a sus experiencias, si en realidad existe una jurisprudencia que trate dicha situación y además, si en algún asunto laboral pudiera aplicarse o si bien, existe algún artículo que me señale que debo forzosamente recolectar la firma autógrafa del empleado. Gracias.
Tópico: sueldo propio persona fisica negocio propio sin empleados
Oscarbm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2016 17:03:54 Asunto: Re: sueldo propio persona fisica negocio propio sin empleados
No, en tu caso como persona física tus ingresos serán los que efectivamente cobres durante el propio mes. En cuanto a tu sueldo puedes retirarlo a tu cuenta, retirarlo en efectivo, dejarlo en la misma cuenta del negocio o lo que sea, no importa si no expides un comprobante de sueldos a ti mismo, toda vez que tu sueldo proviene precisamente de los ingresos por los cuales ya pagaste el impuesto correspondiente a la actividad empresarial. Saludos!!
Tópico: Venta de aceite comestible 'quemado' al 0% o al 16%
Oscarbm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2016 14:21:16 Asunto: Venta de aceite comestible 'quemado' al 0% o al 16%
Buenas tardes, espero me pueda apoyar con lo siguiente: Una persona está registrada como RIF, se dedica a recolectar en los restaurantes el aceite que utilizaron para la elaboración de comida, se lo venden por litros y sin factura en la gran mayoría de los casos. Esta persona lo recolecta con sus propios medios y dinero, para revenderselo a otra persona que lo utiliza para elaborar alimento para ganado. Las facturas que tiene emitidas están facturadas a la tasa del 0%. Como comentario adicional, uno de los pocos negocios que le facturan inicialmente lo hacian a la tasa del 16% y lo que va de este año cambiaron a la tasa del 0%, por lo que se amplió mas mi duda. [b]Preguntas:[/b] ¿Consideran correcto gravar esa actividad al 0%? ¿De qué otra forma se pudiera efectuar la deducción correspondiente, ya que es imposible que el personal de las cocinas con los que se maneja le emitan facturas? En caso de que alguno de ellos pudiera facturarle y consideren que debe gravar al 16%, ¿debe realizar la retención por la adquisición de desperdicios utilizados para su comercialización? Agradezco sus comentarios, saludos.
Tópico: Código agrupador para la cuenta Descuentos sobre compra
Oscarbm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 08, 2016 10:28:29 Asunto: Re: Código agrupador para la cuenta Descuentos sobre compra
503.01 Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre compras.
Tópico: pago atipicos
Oscarbm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2016 16:47:47 Asunto: Re: pago atipicos
A uno de mis clientes igualmente le llamaron, a lo que me platicó el si fueron específicos con cantidades de ingresos percibidos y periodos. En su caso tiene ingresos elevados en efectivo justo en los periodos que dice que le comentaron, y también, no ha querido realizar el pago de sus impuestos correspondientes. Entonces habría que ver si las llamadas son por los depósitos en efectivo realizados y que llaman la atención o efectivamente hay un comportamiento atípico entre sus ingresos y sus declaraciones, desafortunadamente esta persona aplica en ambas! Saludos!!
Tópico: Ingresos en EUA se desean enviar a México
Oscarbm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2016 16:45:52 Asunto: Ingresos en EUA se desean enviar a México
Buenas tardes colegas, una consulta: Una persona realiza por temporadas trabajos en Estado Unidos, ésta persona hace trabajos médicos en ése país. Esta ocasión le irá mucho mejor y está interesado en el remanente que le genere dicho ingreso extra traerselo a sus cuentas en México pero le teme a la cuestión de los impuestos. ¿De qué manera el puede traerse su dinero y que dicho depósito no le genere impuestos? Gracias.
Tópico: Pensión por incapacidad
Oscarbm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 26, 2016 13:10:19 Asunto: Re: Pensión por incapacidad
Estimadio enrique9727 gracias por la información proporcionada, todo me queda claro, solo que continuo con la duda que te expuse en un tema anterior respecto al COVORO: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=53430&idCat=17 Espero me puedas orientar, gracias de nueva cuenta.
Tópico: ASIGNACIONES FAMILIARES
Oscarbm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 26, 2016 12:58:29 Asunto: Re: ASIGNACIONES FAMILIARES
Buen día, tratando de poner el granito de arena al tema: Para el caso del retiro por cesantía la Ley obliga al IMSS a otorgar dicha prestación en el artículo 155 fracción III, mientras que para el retiro por vejez el asegurado tiene derecho a ésta prestación en el articulo 161 fracción III. La prestación en mención se encuentra de los artículos 138 al 140 de la LSS. [quote]¿Saben cuál es el motivo de su otorgamiento de estas ayudas por asignaciones familiares, cuáles son los requisitos a cumplir? [/quote] Deacuerdo al art. 138 se otorga por concepto de carga familiar y se concederá a los beneficiarios del pensionado por invalidez. Se le otorga cierto porcentaje del valor de la pensión del pensionado a los siguientes parentescos: 1) Para su esposa o concubina (15%) 2) Para cada hijo menor de 16 años (10%) 3) En caso de no tener ninguno de los anteriores, a cada uno de sus padres si dependen económicamente del pensionado (10%). 4) Si no tiene ninguno de los anteriores, se le concederá al pensionado una ayuda asistencial (15%) 5) Si sólo tiene un ascendiente con derecho al disfrute de asignación familiar, se le concederá una ayuda asistencial (10%) Encontré esta liga donde menciona los documentos para cada tipo de parentesco: http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/IMSS-01-007.pdf [quote]¿Conocen los procedimientos para que en caso que no se incluyan, se soliciten, adicionarse en el monto de la pensión? [/quote] No, ¿presentado la documentación de la liga que mencioné anteriormente que acredite el parentesco con el pensionado?. [quote]En pensiones por invalidez, ¿Es posible solicitarse estas ayudas? [/quote] Si, salvo la ayuda asistencial del punto 4 y 5. Artículo 140 fracción IV LSS. [quote]¿Cuándo dejaríamos de percibir como pensionados, este tipo de ayudas que el Seguro Social ofrece por ley?[/quote] Las asignaciones familiares cesarán con la muerte del familiar que la originó, y en el caso de los hijos, terminarán con la muerte de éstos o cuando cumplan los dieciséis años, o bien los veinticinco años, aplicándose en lo conducente lo dispuesto por el artículo 134 de la LSS. Las asignaciones familiares concedidas para los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, podrán continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación. Gracias por motivar a profundizar en temas que comunmente se esconde detras de pólizas y trámites comúnes. Saludos cordiales.
Tópico: Pensión por incapacidad
Oscarbm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 23, 2016 10:15:21 Asunto: Pensión por incapacidad
Buen día, que me pueden comentar del siguiente caso por favor: Una persona sufrió un accidente de trabajo a mediados del 2012, a causa de este accidente la persona quedó con problemas en su rodilla por lo que se le dificulta caminar y algunos problemas por un golpe en la cabeza. Después de muchos chequeos le determinaron una incapacidad del 40% y procedió a pensionarse, en el cálculo le salió una pensión cerca de $1,400.00 y le entregaron la mínima por Ley que creo anda sobre los $2,130.00. Esta persona tiene 56 años y como todos, desea incrementar su pensión en la medida que sea posible. Tengo las siguientes preguntas: ¿Puede pensionarse por cesantia y vejez aún ya teniendo una pensión por incapacidad?. En caso de que pueda pensionarse por CyV, ¿puede a efectos de seguir cotizando, conseguir un empleo sin que le afecte el asunto de su incapacidad o bien, utilizar la modalidad 40?. En caso de que pueda pensionarse por CyV, ¿qué pasaría con la pensión que actualmente recibe? ¿se sustituye o se perciben ambas?. Agradezco sus comentarios.
Tópico: Pensión por incapacidad
Oscarbm

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Mayo 23, 2016 10:12:15 Asunto: -
Una disculpa, la consulta no corresponde a ésta sección. La envié a la sección de Seguridad Social. http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=53455&idCat=11 [i]Editado: Mayo 23, 2016 10:17:15[/i] [i]Editado: Mayo 23, 2016 10:18:15[/i]

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