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Tópico: ACTIVO TOTALMENTE DEPRECIADO Y VENDIDO PERO CON REGISTRO EN CONTABILIDAD
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2015 09:28:33 Asunto: Re: ACTIVO TOTALMENTE DEPRECIADO Y VENDIDO PERO CON REGISTRO EN CONTABILIDAD
buen dia, yo no le veo complicacion alguna, segun entiendo: 1.-los 7 activos estan totalmente depreciados, 6 de ellos estan vendidos por fuera y 1 se siniestro y fué perdida total. 2.-entonces tienes tu cuenta de activo fijo con el moi de cada uno y una cuenta de deprec acumulada con toda la depreciacion, ¿es correcto? en este sentido como la venta de los activos las hicieron por fuera entonces no tiene caso simular la venta nuevamente, simplemente da de baja los activos como si ya no fueran utiles, contablemente no tendras ni utilidad ni perdida al ya estar complemente depreciados, fiscalmente tampoco ya que no obtuviste un ingreso ni un costo. Si el activo ya fue depreciado al 100% datos para el ejemplo: Act. Fijo $ 16,000 Dep. Acum. 16000 el asiento contable seria el siguiente Cargo en Dep. Acumulada 15,999 y abono en Act. Fijo 15,999 esto es porque el 6to parrafo del articulo 31 LISR dice: ... En el caso en que los bienen dejen de ser utiles para obtener los ingresos, el contribuyente debera mantener sin deducción un peso en sus registros... Saludos...
Tópico: ingresos del extranjero y su retencion.
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 29, 2015 13:11:16 Asunto: Re: ingresos del extranjero y su retencion.
como que tipo de ingreso?
Tópico: DEDUCIBILIDAD DE LOS CHEQUES AL PORTADOR PARA PAGO Y REPOSICION DE GASTOS
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2015 19:31:04 Asunto: Re: DEDUCIBILIDAD DE LOS CHEQUES AL PORTADOR PARA PAGO Y REPOSICION DE GASTOS
que tal una cuenta de fondo fijo para estos pagos menores a $2,000? creas el fondo $5,000 por ejemplo, cobras el cheque al portador, pagas el telefono y registras contablemente: gastos vs fondo fijo, luego emites otro cheque y repones el fondo cuando se gaste. cuando un tercero efectue esos pagos con su dinero (igual con facturas menores a $2,000), ahi si le emites un cheque nominativo para abono en cuenta, o mejor aun le pagas del fondo fijo y seria como si la misma empresa lo halla pagado. cuando es menos de $2000 tienes esas opciones. Saludos
Tópico: ¿Psicólogo deducible para declaración anual?
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2015 09:07:58 Asunto: Re: ¿Psicólogo deducible para declaración anual?
Mi aportación a este tema seria: Sobre si son médicos o licenciados en medicina creo que debe tener un tratamiento análogo, acuérdense que donde la ley no distingue no hay que distinguir (en ningún ordenamiento se hace esta distinción). Ahora bien, entre médicos y psicologos si hay distinción, inclusive desde la propia definicion de la profesion de psicologo, ya que un psicologo no puede hacer ni prescribir tratamientos 'medicos' de salud mental ya que esta parte le corresponde de manera privativa a los 'psiquiatras'. Hay una clara distinción entre psiquiatra y psicologo desde la misma definición de sus profesiones. En mi opinión: Ir al psiquitra es un gasto medico (ya que el psiquitra es un medico); Ir al psicologo es un 'servicio profesional' prestado por un psicologo o licenciado en psicologia, osea un Servicio. y para las personas fisicas los servicios no son deducibles, a menos que sea parte de una actividad profesional y sea un gasto estrictamente indispensable para su actividad, por ejemplo un deportista de alto rendimiento que tenga como actividad la competencia en ligas o torneos oficiales (por ejemplo: un tenista) y tenga que contratar servicios de un psicologo deportivo para mantener optima su actividad que le 'genera ingresos'. bueno el parrafo anterior no le hagan mucho caso, fue un mal ejemplo, jejeje, saludos colegas.
Tópico: PERSONA FISICA CON REGIMEN DE ARRENDAMIENTO Y OPTA DED CIEGA EN 2016 NO ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTAB ELECTRONICA NI USAR MIS CUENTAS
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2015 10:57:33 Asunto: Re: PERSONA FISICA CON REGIMEN DE ARRENDAMIENTO Y OPTA DED CIEGA EN 2016 NO ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTAB ELECTRONICA NI USAR MIS CUENTAS
ta bien ta bien , pero no nos hagas bulliyng...
Tópico: PERSONA FISICA CON REGIMEN DE ARRENDAMIENTO Y OPTA DED CIEGA EN 2016 NO ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTAB ELECTRONICA NI USAR MIS CUENTAS
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2015 08:56:12 Asunto: Re: PERSONA FISICA CON REGIMEN DE ARRENDAMIENTO Y OPTA DED CIEGA EN 2016 NO ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTAB ELECTRONICA NI USAR MIS CUENTAS
Buenos dias, A manera de conclusión, creo que es correcto el topico, la obligación de la contabilidad electronico y los envio de informacion al sat estan fundamentados en el articulo 28 del codigo fraccion III y IV, y obliga a llevarla a quienes segun las disposiciones fiscales esten obligados a llevar contabilidad (no es la miscelanea la que indica quienes si y quienes no, si no las disposiciones fiscales o sea las leyes que son las unicas que pueden obligar) luego entonces la Ley de ISR dice que las personas del regimen de arrendamiento estan obligadas a llevar contabilidad en su articulo 118 fraccion II, excepto (o sea no tienen la obligacion) los que opten por la deduccion del 35% del articulo 115 de la misma ley. y por ultimo la miscelanea dice que las personas del regimen de arrendamiento y que inician en el 2016 sus envios de informacion y que esten obligadas a llevar contabilidad podran no enviarla si usan la herramienta de mis cuentas de la pagina del sat, lo cual es correcto y aplica para las personas de ese regimen que NO optaron por llevar la deduccion del 35% del articulo 115 que si estarian obligadas a llevar contabilidad segun el 118 fraccion II, mientras que las que SI optaron por la deduccion del 35% no estan obligadas a llevar contabilidad, por obviedad tampoco electronica y tampoco envios de informacion al SAT ya que el articulo 28 del codigo es claro: 'quienes las disposiciones fiscales obligue a llevar contabilidad' Saludos Colegas PD. vi comentarios acerca del iva, el cual se paga y es independiente a este analisis, con la excepcion de casa habitacion, pero ese es otro tema...
Tópico: PERSONA FISICA CON REGIMEN DE ARRENDAMIENTO Y OPTA DED CIEGA EN 2016 NO ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTAB ELECTRONICA NI USAR MIS CUENTAS
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2015 13:40:56 Asunto: Re: PERSONA FISICA CON REGIMEN DE ARRENDAMIENTO Y OPTA DED CIEGA EN 2016 NO ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTAB ELECTRONICA NI USAR MIS CUENTAS
29/Jul/15 15:56 RE: PERSONA FISICA CON REGIMEN DE ARRENDAMIENTO Y OPTA DED CIEGA EN 2016 NO ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTAB ELECTRONICA NI USAR MIS CUENTAS Cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos de manera mensual 2.8.1.5. Para los efectos del artículo 28, fracción IV del CFF, los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT, con excepción de los contribuyentes que tributen en el RIF, así como de aquellos contribuyentes que tributen conforme al Capítulo III del Título IV y artículo 100, fracción II ambos de la Ley del ISR y que registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica 'Mis cuentas', deberán enviar a través del Buzón Tributario, conforme a la periodicidad y los plazos que se indican, No estas obligado ni a usar la herramienta de mis cuentas... el parrafo comienza diciendo 'los contribuyentes que esten obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su informacion...' El articulo de Ley que expuse menciona que no estas obligado a llevar contabilidad si optas por la deduccion ciega. en este caso la miscelanea se refiere a quienes si esten obligados, que serian los que opten por la deduccion comprobada, ellos si podran optar por usar la herramienta mis cuentas... Cierto colegas? Saludos
Tópico: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2015 13:15:15 Asunto: Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?
Cualquier requerimiento surte efectos al dia siguiente de su notificacion, inclusive podrias haberlas presentado el mismo dia de la notificacion y aun asi es impugnable. Saludos.
Tópico: Perdida en tipo de cambio
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2015 13:10:51 Asunto: Re: Perdida en tipo de cambio
Tu fluctuacion la debes registrar con el tipo de cambio del ultimo dia de mes de marzo, sin enbargo si retiraste tus dolares entonces tu saldo es cero, el registro contable si lo haces en este mes no debes tener una fluctuacion ya que contablemente tu cuenta queda en ceros tambien. Abunda un poco mas para analizarlo mejor. Saludos
Tópico: Calculo de pago provisional 2015
alex_aeps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2015 12:58:28 Asunto: Re: Calculo de pago provisional 2015
te falta quitar perdidas de ejercicios anteriores y te falta quitar pagos provisionales de meses pasados efectuados... te recomiento buscar una platilla electronica de estos calculos si no tienes muchas experiencia, aqui en fiscalia en descargas seguro hay. Saludos

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