Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de TEGG360101KC4

Autor Mensaje
Tópico: iglesia urgente
TEGG360101KC4

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2007 Asunto: Re: iglesia urgente
Oigan colegas a poco los padrecitos pagan impuestos? o es una declaracion meramente informativa? Seria interesante saber cuanto son los ingresos de una Iglesia incluidas las narcolimosnas. Y son NO LUCRATIVAS? mmmm, de eso no estoy seguro.
Tópico: IMPACTO DE ASALARIADOS A HONORARIOS
TEGG360101KC4

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2007 Asunto: IMPACTO DE ASALARIADOS A HONORARIOS
Buenos dias: quisiera hacer una consulta. Una persona fisica con actividad empresarial del regimen intermedio que se dedica a prestar servicios de seguridad y tiene empleados dados de alta en el IMSS, el ya no quiere pagar los costos tan altos que genera la seguridad social, se podria contratar a estas personas por honorarios ( obviamente se darian ellos de alta en Hacienda ). Abria que hacer algunos cambios ante Hacienda para dar de baja obligaciones y dar de alta otras? Que consecuencias podria tener si estas personas se las paga por honorarios en la cuestion laboral ( en cierta forma existiria subordinacion? ). Gracias por sus comentarios.
Tópico: MODIFICACIONES DE SALARIOS MINIMOS
TEGG360101KC4

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 22, 2007 Asunto: Re: MODIFICACIONES DE SALARIOS MINIMOS
Perdon: Capturar los salarios minimos en donde, algun programa o algo asi?
Tópico: PAGOS PROVISIONALES DE IVA
TEGG360101KC4

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2007 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES DE IVA
PEERDON: ES QUE AL MOMENTO DE PUBLICAR EL MENSAJE ME MOVIO LOS DATOS PERO DEDEB DE SER OCT Y NOV A CARGO: Buenos dias: Ayuda por favor: Resulta que una P.F. por honorarios inicio operaciones en Agosto del 2006 y el IVA resulto como sigue: Mes IVA A FAVOR IVA X PAGAR Agosto $ 154.00 Sep $ 75.00 [color=red:d8a1c15dde]Oct ($ 42.00) Nov ($ 30.00) [/color:d8a1c15dde] Dic $ 1,532.00 En una pagina de internet del Banco se presentaron pagos provisionales de la siguiente forma: Mes Impuesto a favor Agosto $ 154.00 Sep. $ 75.00 Oct. $ 187.00 Nov. $ 157.00 Dic. $ 1,532.00 Entonces resulta que se duplico el impuesto a favor. Ahora mi pregunta es que necesito presentar complementarias y en el portal del Banco no me da opcion a presentarlas en $ 0.00 ya que esto se debio hacer de los meses de Oct a Dic. y en la pagina de internet me da opcion de presentarlas en $ 0.00 pero no como complementarias si no como normales, podria presentralas asi como normales o que formato debo utilizar para presentarlas como complementarias. Gracias por su ayuda.
Tópico: LEYENDA CONSTACIAS
TEGG360101KC4

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2007 Asunto: Re: LEYENDA CONSTACIAS
Si todavia esta vigente y es la forma 37 CONSTANCIA DE SUELDOS, SALARIOS, CONCEPTOS ASIMILADOS Y CRÉDITO AL SALARIO y la leyenda es asi: “Con fecha del 14 de Febrero del 2006 y folio de recepción 000001 se presento ante el SAT la declaración informativa múltiple de los pagos de las citadas remuneraciones, así mismo manifiesto que NO se realizo el cálculo anual del ISR al trabajador que se le entrega esta constancia “
Tópico: PAGOS PROVISIONALES DE IVA
TEGG360101KC4

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2007 Asunto: PAGOS PROVISIONALES DE IVA
Buenos dias: Ayuda por favor: Resulta que una P.F. por honorarios inicio operaciones en Agosto del 2006 y el IVA resulto como sigue: Mes IVA A FAVOR IVA X PAGAR Agosto $ 154.00 Sep $ 75.00 Oct $ 42.00 Nov $ 30.00 Dic $ 1,532.00 En una pagina de internet del Banco se presentaron pagos provisionales de la siguiente forma: Mes Impuesto a favor Agosto $ 154.00 Sep. $ 75.00 Oct. $ 187.00 Nov. $ 157.00 Dic. $ 1,532.00 Entonces resulta que se duplico el impuesto a favor. Ahora mi pregunta es que necesito presentar complementarias y en el portal del Banco no me da opcion a presentarlas en $ 0.00 ya que esto se debio hacer de los meses de Oct a Dic. y en la pagina de internet me da opcion de presentarlas en $ 0.00 pero no como complementarias si no como normales, podria presentralas asi como normales o que formato debo utilizar para presentarlas como complementarias. Gracias por su ayuda.
Tópico: FORMATO NUEVO GRADO DE RIESGO
TEGG360101KC4

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: FORMATO NUEVO GRADO DE RIESGO
http://www.imss.gob.mx/IMSS/IMSS_SER/IMSS_SER_TRA/formatos/
Tópico: NOMINA
TEGG360101KC4

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: NOMINA
LEY DEL SEGURO SOCIAL Artículo 12. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones; Artículo 15. Los patrones están obligados a: I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles; Fracción reformada DOF 20-12-2001 II. Llevar registros, tales como nóminas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores, además de otros datos que exijan la presente Ley y sus reglamentos. Es obligatorio conservar estos registros durante los cinco años siguientes al de su fecha; III. Determinar las cuotas obrero patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto; Fracción reformada DOF 20-12-2001 IV. Proporcionar al Instituto los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo establecidas por esta Ley y los reglamentos que correspondan; V. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Instituto, las que se sujetarán a lo establecido por esta Ley, el Código y los reglamentos respectivos; Fracción reformada DOF 20-12-2001 VI. Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los períodos de pago establecidos, las cuales, en su caso, podrán ser exhibidas por los trabajadores para acreditar sus derechos. Asimismo, deberán cubrir las cuotas obrero patronales, aun en el caso de que no sea posible determinar el o los trabajadores a quienes se deban aplicar, por incumplimiento del patrón a las obligaciones previstas en las fracciones anteriores, en este último caso, su monto se destinará a la Reserva General Financiera y Actuarial a que se refiere el artículo 280, fracción IV de esta Ley, sin perjuicio de que a aquellos trabajadores que acreditaren sus derechos, se les otorguen las prestaciones diferidas que les correspondan; Fracción reformada DOF 20-12-2001 VII. Cumplir con las obligaciones que les impone el capítulo sexto del Título II de esta Ley, en relación con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; VIII. Cumplir con las demás disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, y IX. Expedir y entregar, tratándose de trabajadores eventuales de la ciudad o del campo, constancia de los días laborados de acuerdo a lo que establezcan los reglamentos respectivos. Fracción reformada DOF 20-12-2001 Las disposiciones contenidas en las fracciones I, II, III y VI no son aplicables en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, cuando los trabajos se realicen en forma personal por el propietario, o bien, obras realizadas por cooperación comunitaria, debiéndose comprobar el hecho, en los términos del reglamento respectivo. Párrafo reformado DOF 20-12-2001 La información a que se refieren las fracciones I, II, III y IV, deberá proporcionarse al Instituto en documento impreso, o en medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos. Párrafo reformado DOF 20-12-2001 Y EN MATERIA DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA * Necesitas tener las nominas y los pagos al IMSS para que puedas deducirlos. Y ESTAS SON SOLO ALGUNOS, SE ACEPTAN MAS COMENTARIOS
Tópico: PAGOS FEDERALES DE ISR E IVA
TEGG360101KC4

Mensajes: 1
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: PAGOS FEDERALES DE ISR E IVA
Buenos dias: Alguien podria decirme que formato es para el pago del ISR e IVA Federal por ingresos por honorarios y para pagar el ISR Federal mi pago del impuesto cedular al Estado es un gasto deduicible para el Federal. Gracias.
Tópico: Error IDSE
TEGG360101KC4

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 02, 2007 Asunto: Re: Error IDSE
Perdon: Ahora si se pasaron conmigo los del IMSS, y la informacion que me dieron era incorrecta y efectivamente como lo dijeron los colegas era problema del servidor, ya pude entrar y presentar movimientos.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15