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Tópico: INVERSION EN ACTIVO FIJO
TEGG360101KC4

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2007 Asunto: Re: INVERSION EN ACTIVO FIJO
Gracias Cheque: La Inverion seria de $ 400,000 pesos. Pero yo podria deducir como activo fijo ( Edificios ) el 5% anual que es lo que me permite la LISR, ademas de que estaria obligado al pago del IA. Y si contratara a alguien externo para que la construyera con sus propios recursos y despues de terminada me la rentara en $ 10,000.00 mensuales podria deducir al año $ 120,000.00 y si la construyo por mi cuenta podria deducir $ 20,000 anual y ademas el respectivo pago del IA. La idea de esto es que como recuperar lo mas pronto mi inversion y/o como deducir lo mas que se puedan gastos.
Tópico: RENTAS ANTICIPADAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2007 Asunto: RENTAS ANTICIPADAS
Buenas tardes: Una pregunta, Las rentas pagadas por anticipado se pueden deducir en el mes en que se realiza dicha factura o comprobante fiscal. Por ejemplo: Renta mensual $ 15,000 Pague anticipadamente en el mes de Enero del 2007 un año $ 180,000 Puede deducir los $ 180,000 en el mes de Enero? Gracias
Tópico: INVERSION EN ACTIVO FIJO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2007 Asunto: INVERSION EN ACTIVO FIJO
Buenos dias: Una persona fisica con actividad empresarial regimen general quiere construir una bodega para almacenar sus materiales, que es lo que le convendria mas para poder deducir los mas rapido posible su inversion: 1.- Construirla con sus propios recursos. 2.- Que otra persona la construya con sus recursos y se la rente. Gracias.
Tópico: caja de ahorro para los trabajadores
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 26, 2007 Asunto: Re: caja de ahorro para los trabajadores
Capitulo 1. Definiciones Para los efectos de este reglamento se entenderá: 1. Por la “EMPRESA”, a la sociedad denominada “X”. 2. Por “Caja de Ahorro”, la caja de ahorro para el personal de la “EMPRESA”. 3. Por ahorro, la cantidad que el afiliado ahorrara con el fin de crear un patrimonio. 4. Por “cuenta de ahorro”, la cantidad que el afiliado tendra disponible para efectuar retiros. 5. Por “cuenta individual”, la cantidad que cada afiliado haya ahorrado conjuntamente con su rendimientos. 6. Por “afiliado”, quien pertenezca a la “Caja de ahorro” por cumplir con los requisitos que al efecto se marcan en este reglamento. 7. Por “personal de planta”, quienes sean trabajadores o empleados que prestan sus servicios subordinados a “LA EMPRESA”. 8. Por “aguinaldo”, la cantidad proporcional al salario que por ley recibe anualmente el personal de planta de “LA EMPRESA”. 9. Por “fondo de ahorro”, la prestación de prevision social que tiene establecida “LA EMPRESA” para su personal de planta. 10. Por “aportaciones de los afiliados”, las aportaciones hechas por el afiliado a la caja de ahorro, en terminos de lo previsto en el presente reglamento. 11. Por “rendimientos”, la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje de rentabilidad a los saldos según se establece en este reglamento. 12. Por “sueldo nominal”, la retribución principal que “LA EMPRESA”pague al afiliado cada mes con carácter de permanente, con exclusión de cualquier otra prestación en dinero o en especie que le pague con carácter eventual o transitorio. 13. Por “organo de administración”, el grupo de empleados a quienes se les encomienda la supervisión y manejo de la caja de ahorro, y que seran designados al efecto por los afiliados a la “Caja de Ahorro”. Capitulo 2. Integración El personal de planta y los pensionados de la “EMPRESA” establecen una “Caja de Ahorro” cuyo funcionamiento se regira de acuerdo a las disposiciones de este reglamento. La aportación a esta “Caja de Ahorro” es de carácter voluntario. Capitulo 3. Objeto La “Caja de Ahorro” tiene por objeto crear un patrimonio que permita a sus afiliados ahorrar a corto y largo plazo parte de sus ingresos. El ahorro a largo plazo tiene por objeto complementar los sistemas de retiro y pension actualmente existentes para el personal de “LA EMPRESA”, como son el SAR, el IMSS y el Fondo de Pensiones. Capitulo 4. Afiliación Todo el personal de planta que preste sus servicios subordinados a “LA EMPRESA”, así como sus pensionados y sus herederos, tendran derecho, cuando así lo deseen, a ser admitidos como afiliados a la “Caja de Ahorro” y a disfrutar de los beneficios de la misma, bastando para ello que presenten por escrito la solicitud correspondiente al organo de administración de la presente “Caja de Ahorro”. Capitulo 5. Aportaciones Los afiliados que forman parte del personal de planta decidiran la cantidad o el porcentaje de su sueldo nominal que aportaran quincenalmente a la “Caja de Ahorro”. La cantidad correspondiente le sera deducida de su pago quincenal de acuerdo con la autorización otorgada por el afiliado en su solicitud de ingreso a la “Caja de Ahorro” y se abonara a su cuenta individual. Podran tambien solicitar, si así lo desean, se les abone a su cuenta individual una porcion de su aguinaldo y/o prestamo del fondo de ahorro. Tambien tienen el derecho de cambiar el porcentaje o cantidad de su aportación en los meses de Marzo y Septiembre de cada año. Todos los afiliados podran hacer aportaciones extraordinarias, si así lo desean, depositando los dias ultimos de cada mes en las cajas de tesoreria de “LA EMPRESA”, las cantidades que deseen aportar a su cuenta individual. Capitulo 6. Rendimientos “LA EMPRESA” acreditara en las cuentas individuales de los afiliados a la “Caja de Ahorro”, el porcentaje de rentabilidad decretado por el organo de administración, de acuerdo a los resultados obtenidos en el mes inmediato anterior. Estas cantidades se acreditaran en la segunda quincena de cada mes, tomando como base el saldo promedio de la cuenta individual de cada afiliado en el mes inmediato anterior. Capitulo 7. Beneficiarios Al hacer su solicitud de ingreso a la “Caja de Ahorro”, los afiliados deberan establecer la persona o personas que seran beneficiadas de sus ahorros en caso de fallecimiento del propio afiliado, así como el porcentaje que debera corresponder a cada uno, en caso de pluralidad de ellos. El afiliado conservara siempre el derecho de cambiar a sus beneficiarios en el momento en que así lo desee, pero debera dar aviso por escrito en tal sentido al organo de administración de la “Caja de Ahorro”, donde le sellaran una copia del mismo escrito, la que servira como constancia del cambio. Si se presentare el fallecimiento de un afiliado a la “Caja de Ahorro” y este no hubiera designado beneficiarios, el organo de administración depositara el total de las aportaciones ahorradas por el afiliado fallecido en la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje del estado, para que ante ella demuestren sus derechos la personas a que se refiere el articulo 501 de la Ley Federal del Trabajo, quedando el organo de administración liberado de toda responsabilidad. Capitulo 8. Retiros Los afiliados que forma parte del personal de planta tendran el derecho de hacer retiros parciales hasta por el 100% del saldo de su cuenta de ahorro en forma quincenal. Todos los afiliados deberan hacer la solicitud de retiro correspondiente con 5 dias de anticipación, llenando la forma que para tal efecto le proporcionara la oficina del organo de administración. Las cantidades que retiren los afiliados tendran un cargo por comision de salida, que sera establecido por el propio organo de administración. La cantidad solicitada por los afiliados que forman parte del personal de planta se les entregara junto con su sueldo quincenal en las fechas acordadas; a los pensionados, se les entregara mediante la expedición de un cheque, siempre que tengan derecho a ello en los terminos de este reglamento. Tratandose de personal de planta que se retira de “LA EMPRESA” y que no se pensiona, procedera el retiro del total de las aportaciones, entregandose al afiliado o a sus beneficiarios el saldo de su cuenta individual a la fecha del retiro. El personal de planta que pasa a ser pensionada tendra la opcion de retirar todos sus saldos o permanecer como afiliado a esta caja de ahorro. Capitulo 9. Inversiones Los recursos captados en la “Caja de Ahorro” se invertiran en valores de renta fija e instrumentos de inversion bajo los lineamientos que fije al efecto el organo de administración. El organo de administración tratara de conseguir rendimientos mas altos que los que puede obtener una persona fisica en el mercado financiero, buscando siempre las mejores opciones de inversion, con el menor riesgo posible. Capitulo 10. Información El organo de administración informara y hara las gestiones conducentes con la “EMPRESA” para que se de cumplimiento a lo establecido en el presente reglamento. Así mismo, informara al personal de planta cada quincena y a los pensionados cada mes, en el recibo de pago respectivo, sobre las aportaciones, los rendimientos y el saldo de su cuenta individual. Cualquier aclaracion al respecto podra hacerla el afiliado ante el organo de administración. Capitulo 11. Impuestos En los terminos de las leyes vigentes, la “Caja de Ahorro”, se encuentra exenta del pago de impuestos, en virtud de que las aportaciones realizadas al mismo ya cubrieron el impuesto respectivo, por lo cual los retiros de la misma ya no podran ser gravados. Los rendimienstos que se obtengan seran gravados al realizar las inversiones, por lo cual tampoco procedera gravamen adicional sobre ellos. Capitulo 12. Administración La direccion, administración y supervisión de las operaciones de la “Caja de Ahorro” estaran a cargo del organo de administración, mismos que seran designados por la mayoria de los afiliados a este reglamento. Capitulo 13. Carta de adhesión La persona que se afilie a este reglamento, debera firmar una carta de adhesión en donde ademas de externar el monto que desee se le descuente de su nomina de sueldo, aceptara la designacion del organo de vigilancia, así como respetar y cumplir la normatividad inherente a este reglamento. El organo de administración entregara una copia de la adhesión al plan del afiliado correspondiente, al area encargada de la nomina de sueldos de la “EMPRESA” a efecto de que se procedan a descontar las cantidades correspondientes a la “Caja de Ahorro”. Capitulo 14. Reformas Este reglamento podra ser modificado en cualquier tiempo mediante la aprobación expresa del organo de Administración. Capitulo 15. Casos no previstos Los casos no previstos en este reglamento seran resueltos por el organo de administración. Transitorios Articulo Unico. Este reglamento entraga en vigor el dia 26 de Abril del 2007 Articulo Segundo. Este reglamento se firma el dia 25 de Abril del 2007, en la ciudad de Guanajuato, Gto. por todos los trabajadores que se desean afiliar al mismo. ____________________ __________________ NOMBRE FIRMA
Tópico: caja de ahorro para los trabajadores
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 26, 2007 Asunto: Re: caja de ahorro para los trabajadores
Artículo 109 Ingresos exentos de ISR Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: Cajas y fondos de ahorro VIII. Los provenientes de cajas de ahorro de trabajadores y de fondos de ahorro establecidos por las empresas cuando reúnan los requisitos de deducibilidad del Título II de esta Ley o, en su caso, de este Título. Artículo 110 Artículo 110.- Los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos salvo en los casos y con los requisitos siguientes: IV. Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro , siempre que los trabajadores manifiesten expresa y libremente su conformidad y que no sean mayores del treinta por ciento del excedente del salario mínimo;
Tópico: despido justificado ?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: despido justificado ?
Que cosas pasan en Mexico, y si se dirige con el jefe del jefe de su jefe, afecta a su trabajo esta irregularidad al trabajador? Pues quiza en un despido injustificado el pueda presentar pruebas de la irregularidad que detecto.
Tópico: RETENCION SUELDOS CON HOJA MEMBRETADA ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: RETENCION SUELDOS CON HOJA MEMBRETADA ?
Pienso que el detalle esta en la constancia F-37 y que fue un error de la Empresa por lo siguiente: [b:6a9bf51896]Anexo 1 - Impuesto Sobre la Renta (Resumen) Total de ingresos por sueldos, salarios y conceptos asimilados 474101 Impuesto local a los ingresos por sueldos, salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado 0 Ingresos exentos 2748 Ingresos no acumulables 0 Ingresos acumulables 471353 ISR conforme a la tarifa anual 121507 Subsidio acreditable 33799 Subsidio no acreditable 3598 Monto del subsidio acreditable fracción III (sólo para 2001) Monto del subsidio acreditable fracción IV (sólo para 2001) Impuesto sobre ingresos acumulables 87708 Impuesto sobre ingresos no acumulables 0 [color=red:6a9bf51896]Impuesto sobre la renta causado en el ejercicio que declara 25000 Impuesto retenido al contribuyente 25000 [/color:6a9bf51896]Subsidio para el empleo entregado al trabajador 0 Subsidio para la nivelación del ingreso entregado al trabajador 0 [/b:6a9bf51896] Este es un apartado de la forma 37 en donde la Empresa declaro los 25000 pero no los otros 500 ( que andan volando en la famosa hoja membretada ). Lo interesante seria saber si el impuesto retenido al trabajador que en total van a ser los 30000 estan considerados con el total de ingresos acumulables que inicialmente se le dio al trabajador o esos 500 resultaron de ingresos acumulables que no se reportaron el la forma 37? Yo tambien creo que la empresa debe presentar una declaracion complementaria de solamente este trabajador y extenderle una constancia 37 por esa declaracion.
Tópico: HORARIO DE TRABAJO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 29, 2007 Asunto: HORARIO DE TRABAJO
Buenas tardes: Como se consideraria si una persona que trabaja como personal de seguridad labora 12 horas ininterrumpidas y descansa 24 horas. Tendria que pagarle cuando trabaja 4 hrs. extras? o se las puedo considerar como normales para que a la semana cumpla las 48 hrs. que marca la Ley Federal del Trabajo que debe laborar, y si es asi debo especificarlo en su contrato individual de trabajo que le elaboraria como es que se desfazaria su horario de trabajo? Gracias.
Tópico: DECLARACION ANUAL P.F. ARRENDAMIENTO CASA HABITACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2007 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL P.F. ARRENDAMIENTO CASA HABITACION
Obviamante si no tengo deducciones personales me va a salir un impuesto a cargo, pero entonces puedo deducir como pagos provisionales de ISR en el DECLARASAT lo pagos efectuados del impuesto cedular al estado? o no los puedo deducir si obte por le deduccion ciega del 35%? Gracias
Tópico: DEDUCCIONES PERSONALES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2007 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES
Mira ojala y te ayude mi comentario: El año pasado presente de un empleado que tenia bastantes gastos por deducir porque se alivio su esposa y los comprobantes tenian incluso hasta 4 direcciones distintas al domicilio fiscal del contribuyente, obviamente esta persona en el calculo anual tuvo un saldo a favor, primero le devolvieron una parte porque le requirieron todos los comprobantes, pero despues volvio a meter un escrito y le devolvieron la totalidad que tenia a favor. A mi la verdad se me hizo bastante raro porque a este empleado le habia comentado que si todos los comprobantes no tenian la direccion fiscal, corria el riesgo de no existir devolucion, pero al final salio ganon. Saludos.

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