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Autor | Mensaje |
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Tópico: NO AVISO DE COMPENSACION...........YUPIIIIIIIIIII????????? | |
Gi1berto Mensajes: 6 |
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Dejalos que sigan con las anuales de personas fisicas... | |
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 4 |
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Efectivamente, es unicamente la mencion, enrique9727 | |
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 2 |
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Disculpas, este tema debió ir en el foro de 'seguridad social': http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=33719&idCat=11&info=Tu%20topico%20se%20ha%20agregado%20correctamente. | |
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 4 |
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Artículo 5 A. ... I. a XVII. ... XVIII. Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como tal, y XIX. ... Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: I. a IX. ... ... ... | |
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 2 |
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Artículo 5 A. ... I. a XVII. ... XVIII. Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como tal, y XIX. ... Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: I. a IX. ... ... ... | |
Tópico: ¿Compensacion de IETU no acreditado contra provisional de ISR? | |
Gi1berto Mensajes: 5 |
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Agradeceré su opinion respecto al siguiente planteamiento que se tiene en el cálculo del pago provisional del mes de diciembre: Durante todos los meses de 2008 (enero a noviembre), una persona fisica con ingresos por prestacion de servicios profesionales, en el cálculo de los pagos provisionales tuvo ISR a cargo, siendo en cada uno de los meses menores al IETU, resultando cantidades a pagar mensualmente en ambos impuestos. Al calcular impuestos del mes de diciembre, con una base acumulada (en ambos impuestos) de 236,921.23 se tienen los siguientes datos: Retenciones efectuadas por terceros 23,692.14 Pagos provisionales de ISR 2,120.00 Pagos provisionales de IETU 6,192.00 CONCEPTO>>>>>>>>>>>>>ISR>>>>>>>>>>IETU Base gravable>>>>>>>>>>236,921.23>>>>>236,921.23 ========================================= Impuesto determinado>>>> 35,687.64>>>>>>39,092.00 - Retenciones de 3os.>>>> 23,692.14>>>>>>23,692.14 - Pagos prov. ISR>>>>>>>> 2,120.00>>>>>>>2,120.00 - Pagos prov. IETU>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>6,192.00 ---------------------------------------------------------------------------------- A cargo (a favor)>>>>>>>>>9,875.50>>>>>>>7,087.86 - ISR de diciembre>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>9,875.50 ---------------------------------------------------------------------------------- Neto a cargo (a favor)>>>>>9,875.50>>>>>>>(2,787.64) De conformidad con el cuarto párrado del artículo 8 de la LIETU, los pagos provisionales de IETU podrán ser compensados contra el ISR del mismo ejercicio; [color=blue]¿segun a los datos anteriores, hay limitante para compensar contra ISR de pagos provisionales?[/color] El impuesto neto a cargo del mes de diciembre sería de 7,087.86 aunque: [color=blue]¿si no se permite compensar IETU no acreditado contra pagos provisionales de ISR, habría que pagar 9,875.50 de ISR?[/color] Nota: El ISR del ejercicio disminuirá debido a que a la base gravable se le restarán aun las deducciones personales. | |
Tópico: FORMATO NO. 10 "EDITABLE" | |
Gi1berto Mensajes: 9 |
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Gracias tambien de parte mia por el formato editable. | |
Tópico: CEDULA PARA CALCULAR LA UTILIDAD O PERDIDA CAMBIARIA | |
Gi1berto Mensajes: 6 |
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No recuerdo si ya te lo envié. ¿Puedes enviarme un mail en caso de que aun no lo tengas? | |
Tópico: CEDULA PARA CALCULAR LA UTILIDAD O PERDIDA CAMBIARIA | |
Gi1berto Mensajes: 6 |
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No me fué posible "subir" a descargas un archivo en excel que tal vez podria serte de ayuda. Si te parece enviarme tu correo para que te responda con el archivo mencionado. Saludos... gilberto_grupomerino@hotmail.com | |
Tópico: cambiar de un mes a otro | |
Gi1berto Mensajes: 13 |
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Descargando los complementos que menciona ByPaco, una opcion mas puede ser la siguiente: Columna A (por ejemplo, fila 3): Fecha de adquisicion (en formato de fecha, claro está). Columna B (misma fila 3): =FIN.MES(A3,0)+1 Con lo anterior, en B3 se toma el ultimo dia del mes de adquisición y se le adiciona un dia para indicar el primer dia del mes siguiente, evitando asi algun posible error por meses que no sean de 30 dias. Saludos... |