Foros |
Inicio » Búsqueda » Mensajes de Gi1berto
Autor | Mensaje |
---|---|
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 4 |
![]() |
Efectivamente, es unicamente la mencion, enrique9727 | |
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 2 |
![]() |
Disculpas, este tema debió ir en el foro de 'seguridad social': http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=33719&idCat=11&info=Tu%20topico%20se%20ha%20agregado%20correctamente. | |
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 4 |
![]() |
Artículo 5 A. ... I. a XVII. ... XVIII. Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como tal, y XIX. ... Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: I. a IX. ... ... ... | |
Tópico: DECRETO por el se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social. | |
Gi1berto Mensajes: 2 |
![]() |
Artículo 5 A. ... I. a XVII. ... XVIII. Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como tal, y XIX. ... Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: I. a IX. ... ... ... | |
Tópico: ¿Compensacion de IETU no acreditado contra provisional de ISR? | |
Gi1berto Mensajes: 5 |
![]() |
Agradeceré su opinion respecto al siguiente planteamiento que se tiene en el cálculo del pago provisional del mes de diciembre: Durante todos los meses de 2008 (enero a noviembre), una persona fisica con ingresos por prestacion de servicios profesionales, en el cálculo de los pagos provisionales tuvo ISR a cargo, siendo en cada uno de los meses menores al IETU, resultando cantidades a pagar mensualmente en ambos impuestos. Al calcular impuestos del mes de diciembre, con una base acumulada (en ambos impuestos) de 236,921.23 se tienen los siguientes datos: Retenciones efectuadas por terceros 23,692.14 Pagos provisionales de ISR 2,120.00 Pagos provisionales de IETU 6,192.00 CONCEPTO>>>>>>>>>>>>>ISR>>>>>>>>>>IETU Base gravable>>>>>>>>>>236,921.23>>>>>236,921.23 ========================================= Impuesto determinado>>>> 35,687.64>>>>>>39,092.00 - Retenciones de 3os.>>>> 23,692.14>>>>>>23,692.14 - Pagos prov. ISR>>>>>>>> 2,120.00>>>>>>>2,120.00 - Pagos prov. IETU>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>6,192.00 ---------------------------------------------------------------------------------- A cargo (a favor)>>>>>>>>>9,875.50>>>>>>>7,087.86 - ISR de diciembre>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>9,875.50 ---------------------------------------------------------------------------------- Neto a cargo (a favor)>>>>>9,875.50>>>>>>>(2,787.64) De conformidad con el cuarto párrado del artículo 8 de la LIETU, los pagos provisionales de IETU podrán ser compensados contra el ISR del mismo ejercicio; [color=blue]¿segun a los datos anteriores, hay limitante para compensar contra ISR de pagos provisionales?[/color] El impuesto neto a cargo del mes de diciembre sería de 7,087.86 aunque: [color=blue]¿si no se permite compensar IETU no acreditado contra pagos provisionales de ISR, habría que pagar 9,875.50 de ISR?[/color] Nota: El ISR del ejercicio disminuirá debido a que a la base gravable se le restarán aun las deducciones personales. | |
Tópico: FORMATO NO. 10 "EDITABLE" | |
Gi1berto Mensajes: 9 |
![]() |
Gracias tambien de parte mia por el formato editable. | |
Tópico: CEDULA PARA CALCULAR LA UTILIDAD O PERDIDA CAMBIARIA | |
Gi1berto Mensajes: 6 |
![]() |
No recuerdo si ya te lo envié. ¿Puedes enviarme un mail en caso de que aun no lo tengas? | |
Tópico: CEDULA PARA CALCULAR LA UTILIDAD O PERDIDA CAMBIARIA | |
Gi1berto Mensajes: 6 |
![]() |
No me fué posible "subir" a descargas un archivo en excel que tal vez podria serte de ayuda. Si te parece enviarme tu correo para que te responda con el archivo mencionado. Saludos... gilberto_grupomerino@hotmail.com | |
Tópico: cambiar de un mes a otro | |
Gi1berto Mensajes: 13 |
![]() |
Descargando los complementos que menciona ByPaco, una opcion mas puede ser la siguiente: Columna A (por ejemplo, fila 3): Fecha de adquisicion (en formato de fecha, claro está). Columna B (misma fila 3): =FIN.MES(A3,0)+1 Con lo anterior, en B3 se toma el ultimo dia del mes de adquisición y se le adiciona un dia para indicar el primer dia del mes siguiente, evitando asi algun posible error por meses que no sean de 30 dias. Saludos... | |
Tópico: Precisiones de la autoridad sobre el pago del IETU | |
Gi1berto Mensajes: 0 |
![]() |
¿Cómo ven lo que indica en uno de sus párrafos el boletín de prensa emitido por el SAT?: " A 12 días de que inició la obligación para pagar el IETU, cientos de contribuyentes han cumplido ya con esta contribución, lo que ha representado la recaudación de varios millones de pesos." Pues por supuesto que cientos de contribuyentes lo hicieron, en caso contrario ¿cómo podrían ampararse en tiempo contra dicho (leáse literalmente) IMPUESTO. Saludos....... |