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Tópico: Regimen simplificado reinversion de utilidades en Activo Fijo
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2009 09:45:15 Asunto: Regimen simplificado reinversion de utilidades en Activo Fijo
Buenos dias, Saben ustedes si existe alguna disposicion que amplie el plazo que señala el articulo segundo fraccion XVI de las disposiciones transitorias para 2002, para la reinversion de las utilidades en activo fijo y asi difererir el pago del impuesto por la salida del regimen simplificado? de antemano gracias y saludos
Tópico: ¿Cómo sería si nos animaramos?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2009 12:20:45 Asunto: Re: ¿Cómo sería si nos animaramos?
Pues bueno Vabdo, entonces no hay que criticar, solo agachar la cabeza y aguantar que nos sigan cobrando mas impuestos para que los gobernantes sigan dandose vida de reyes. A donde iremos a parar?
Tópico: PAGO APORTAC SEG SOCIAL 2008...EN 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2009 09:07:32 Asunto: Re: PAGO APORTAC SEG SOCIAL 2008...EN 2009
De antemano quiero decir que no aportaré algo en relación con el tema del tópico, solo quiero hacerte un comentario el cual espero no lo tomes a mal Lobozac; es comun ver como primer respuesta en tus aportaciones a los tópicos de los foristas frases como ' de lo que has leido tu que opinas... etc, etc, etc' Sin embargo en la duda que planteaste no haces ningun comentario acerca de lo que leiste y tu opinion, solo lanzas la duda y esperas la respuestas y hasta que alguien te da una respuesta empiezas a exponer tu opinion. entonces me pregunto porque quieres que las personas hagan algo que tu tampoco haces? saludos.
Tópico: Pagina principal fiscalia 22/08/2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2009 10:20:38 Asunto: Pagina principal fiscalia 22/08/2009
En la página de inicio de fiscalia aparece como fecha para presentacion del dictamen del regimen simplificado el 7 de agosto y la correcta es 7 de septiembre. Solo como observacion saludos.
Tópico: PAGOS AL EXTRANJERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2009 11:06:59 Asunto: PAGOS AL EXTRANJERO
Expongo caso: Italiano no residente en Mexico presta servicios en Mexico a Empresa Mexicana, ésta le paga honorarios, pregunta: Debe aplicar retencion la empresa Mexicana? segun yo no, pero no entendi muy bien lo que decia el tratado para evitar la doble tributacion con italia, transcribo el articulo que considere aplicable. ARTÍCULO 14 TRABAJOS INDEPENDIENTES 1. Las rentas que un residente de un Estado Contratante obtenga por la prestación de servicios profesionales u otras actividades de naturaleza independiente sólo pueden someterse a imposición en este Estado, excepto en las siguientes circunstancias, en que dichas rentas podrán también ser sometidas a imposición en el otro Estado Contratante: a) cuando dicho residente tenga en el otro Estado Contratante una base fija de la que disponga de manera habitual para el ejercicio de sus actividades; en tal caso, sólo puede someterse a imposici ón en este otro Estado Contratante la parte de las rentas que sean imputables a dicha base fija; o b) cuando su estancia en el otro Estado Contratante sea por un período o períodos que sumen o excedan en total de ciento ochenta y tres días en cualquier período de doce meses; en tal caso, sólo puede someterse a imposición en este otro Estado la parte de la renta obtenida de las actividades desempeñadas por él en este otro Estado. 2. La expresión «servicios profesionales» comprende especialmente las actividades independientes de carácter científico, literario, artístico, educativo o pedagógico, así como las actividades independientes de médicos, abogados, ingenieros, arquitectos, odontólogos y contadores. Agradezco sus comentarios
Tópico: Pagos prov ISR vs IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2009 13:11:28 Asunto: Re: Pagos prov ISR vs IETU
Playense, la norma dice que puedo acreditar una cantidad igual al pago provsional de ISR del mismo periodo al que corresponde el pago provisional de ietu, en este caso no tengo pago provisional a cargo de ISR por aplicacion de perdidas fiscales En los pagos provisionales de ietu de enero y febrero no deduje los pagos provisionales de isr de enero y febrero, los acredite. no es correcto 'presentastes' ni 'deducistes' lo correcto es presentaste , deduciste saludos.
Tópico: Pagos prov ISR vs IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2009 13:30:06 Asunto: Re: Pagos prov ISR vs IETU
Creo que contestaste antes de que terminara mi explicacion
Tópico: Pagos prov ISR vs IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2009 13:28:56 Asunto: Re: Pagos prov ISR vs IETU
Nuevamente gracias Chavalon, Continuamos, lo que entiendo de laredaccion del articulo es que: Al pago provisional de IETU, le puedo acreditar una cantidad igual a mi pago provisional de ISR del mismo periodo. el punto es que no tengo pago provisional del periodo porque cuando presente la anual de 2008 genere perdida, la cual me empece a aplicar en marzo. Entonces en enero y febrero si tuve pago provisional porque todavia no conocia la perdida. Despues en marzo mi pago provisional a cargo se hace cero porque ya no tengo utilidad fiscal por aplicacion de la perdida. Entonces tengo pago provisional de IETU abril 09 $ 10,000, pago provisional de ISR abr 09$ 0 porque no tengo utilidad fiscal. No se si soy claro en la explicacion de mi duda. Espero comentarios
Tópico: Pagos prov ISR vs IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2009 13:16:25 Asunto: Re: Pagos prov ISR vs IETU
Gracia por sus comentarios Chavalon y Contafer Chavalon, lo que me hace dudar es lo siguiente Contra la diferencia que se obtenga en los términos del primer párrafo de este artículo, se podrá acreditar la cantidad que se determine en los términos del penúltimo párrafo de este artículo y [u]una cantidad equivalente al monto del pago provisional del impuesto sobre la renta propio, correspondientes al mismo periodo del pago provisional del impuesto empresarial a tasa única,[/u] hasta por el monto de dicha diferencia. ya que en el mes de abril mi pago provisional es cero porque aplico perdidas de ejercicios anteriores, por lo cual en estricto sentido no tengo cantidad que acreditar contra el pago provisional de IETU, sin embargo listado de conceptos IETU si hay una opcion para acreditar los pagos provisionales efectivamente pagados. Obviamente yo quiero acreditar esos pagos de enero y febrero pero como ya lo mencione me siento inseguro por la redaccion del articulo 10 que mencionas. Espero ser claro en mi explicacion saludos.
Tópico: Pagos prov ISR vs IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2009 09:57:21 Asunto: Pagos prov ISR vs IETU
Buen dia colegas, Tengo una duda, se que este caso se ha tratado en topicos anteriores pero no encontre la información que necesito y es por esto que lo vuelvo a poner, En enero y febrero realice pagos provisionales de ISR en marzo presente la Dec Anual y tuve perdida, por lo que ahora ya no tengo pago provisional de ISR por aplicacion de pérdidas, pregunta: Los pagos provisionales de ISR que hice en enero y febrero los puedo disminuir de mi pago prov de ietu de los meses posteriores?? De antemano gracias por sus respuestas. saludos.

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