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Tópico: Problemas con la DIOT 2010
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 18, 2010 16:05:39 Asunto: Re: Problemas con la DIOT 2010
Alguien que me pueda ayudar, ya que cuando trato de instalar la diot me aparece un mensaje que dice que el archivo esta corrupto...
Tópico: DIVIDENDO FICTO-CUFIN
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2010 18:06:57 Asunto: Re: DIVIDENDO FICTO-CUFIN
Creo que en todo caso la ley ya te hace automaticamente el descuento de la cuenta de CUFIN ya que hay que recordar que para determinar la CUFIN tienes que restarle los gastos no deducibles.
Tópico: DEDUCCION DE SEMOVIENTES
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2010 17:54:28 Asunto: Re: DEDUCCION DE SEMOVIENTES
si cumples con los requisitos de deducibilidad y no es inventario, lo deducirias de acuerdo a la seccion de inversiones Artículo 40. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes: IX. [b][color=blue]100% para semovientes[/color][/b], vegetales, máquinas registradoras de comprobación fiscal y equipos electrónicos de registro fiscal.
Tópico: NO PAGO DEL 1% DE IVA
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2010 13:30:17 Asunto: Re: NO PAGO DEL 1% DE IVA
Creo que sería la opcion que dice fiscalcorp y aplicaria el incibo B de la regla que regula esta situación. b) Tratándose de las operaciones en las que las partes hayan convenido un precio total incorporado el IVA y, en su caso, el IEPS, los contribuyentes podrán emitir una nota de crédito por una cantidad que disminuirá el precio sin IVA y, en su caso, sin IEPS, consignado en el comprobante expedido con anterioridad al 2010. Dicha disminución deberá ser en una cantidad tal que la suma del precio disminuido más el IVA y, en su caso, el IEPS, calculados con las tasas y cuotas vigentes en el momento de cobro considerando dicho precio, sea igual al monto total de la factura expedida con anterioridad al 2010. Adicionalmente a lo señalado en el párrafo anterior, los contribuyentes deberán expedir por cada operación que efectivamente cobren un comprobante fiscal complementario al que hubieren expedido con anterioridad al 2010, para trasladar el IVA y, en su caso, el IEPS, calculados con las tasas y cuotas vigentes en el momento de cobro considerando el precio disminuido con la nota de crédito y, en su caso, deberán anotar la retención que corresponda. Los comprobantes fiscales que se expidan para estos efectos en 2010, adicionalmente a los requisitos que establece el artículo 29-A del CFF, deberán hacer referencia a los comprobantes fiscales que se hubieran expedido con anterioridad al 2010, para lo cual deberán llevar la siguiente leyenda: “Este comprobante es complementario del expedido con el folio __ de fecha ______”. Los montos consignados en este comprobante complementario serán los aplicables para los efectos fiscales que correspondan y no los anotados en los comprobantes expedidos con anterioridad al 2010. La presente regla será igualmente aplicable en materia de comprobantes fiscales digitales, conforme al procedimiento que se publique en la página de Internet del SAT. Asimismo, para efectos del artículo 29-A, fracción VI del CFF, los contribuyentes que al 1 de enero de 2010 tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el SAT, en los que esté impresa la tasa del 10% o 15% del IVA, podrán seguir utilizándolos hasta agotarlos o termine su vigencia, para lo cual deberán señalar en los mismos, por escrito o mediante sello, la tasa del 11% o 16%, según corresponda. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con el Reglamento del CFF.
Tópico: FOLIO ENVIO DE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2009 17:40:47 Asunto: Re: FOLIO ENVIO DE DIOT
Gracias Paco , no esperaba menos.
Tópico: FOLIO ENVIO DE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2009 16:44:22 Asunto: Re: FOLIO ENVIO DE DIOT
Penultima participación jeje No nos quejemos de las reformas al vapor echas a la ultima hora, sobre las rodillas si como buenos mexicanos hacemos lo mismo, andar el ultimo dia haciendo las tramites y despues pedir que nos trate con privilegio 'solo por esta vez', 'nada mas a mi, andele'. el que no tranza no avanza, el fin justifica los medios, etc, etc etc. que se acabe la corrupcion, menos la que yo hago!!!!! porque la mia esta justificada que todo el pais cambie, excepto yo. saludos. [i]Editado: Noviembre 26, 2009 18:26:55[/i]
Tópico: FOLIO ENVIO DE DIOT
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2009 15:15:19 Asunto: Re: FOLIO ENVIO DE DIOT
Todos estamos en contra de la corrupcion, amiguismos y compadrazgos, excepto cuando se trata de aplicar estas u otras artimañas para no regresar con las 'manos vacias' jajajja Y despues nos quejamos de nuestro Mexico lindo y querido. saludos.
Tópico: FOLIO ENVIO DE DIOT
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 25, 2009 12:37:48 Asunto: Re: FOLIO ENVIO DE DIOT
sigamos fomentando la corrupción, por un pequeño presente simbolico se empieza saludos.
Tópico: determinacion de isr para maquiladora
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 19, 2009 11:32:58 Asunto: Re: determinacion de isr para maquiladora
Para determinar tu impuesto anual debes basarte en el art. 216-bis, pero si estas hablando del ISR de pagos provisionales tienes que aplicar el procedimento del art 14, la determinacion del coeficiente la harias con la información de la anual del ejercicio inmediato anterior, si es inicio de operaciones no tendrias obligacion de efectuar pagos provisionales.
Tópico: Una de doctores
cp_enrique

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 19, 2009 11:28:33 Asunto: Re: Una de doctores
pues eso de muchos contadores no creo que llegue a tantos como los otros casos mencionados, si acaso los que llevan pequeños contribuyentes, porque seria absurdo contratar a un contador, en la mayoria de los casos para calcular los impuestos, y no pedirle la deduccion de sus honorarios.

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