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Tópico: factura de prestador de servicios en EEUU
TORREZ

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Octubre 23, 2006 Asunto:
SI SIRVE DE ALGO... Compilación de Criterios Normativos Boletín 2006 2.4.31. Los contribuyentes que pretendan deducir fiscalmente los pagos realizados a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, por servicios prestados en el extranjero, podrán utilizar los comprobantes que ellos les expidan siempre que contengan, al menos, los siguientes requisitos: 1. Nombre, denominación o razón social y domicilio de quien lo expide; 2. Lugar y fecha de expedición, descripción del servicio que amparen y el monto total de la contraprestación pagada por dichos servicios; 3. Nombre, denominación o razón social del usuario del servicio. Dichos comprobantes, en su caso, se acompañarán de su respectiva traducción al español.
Tópico: gastos de prevision social
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2006 Asunto:
...VALES DE GASOLINA NOES PREVISION SOCIAL!!
Tópico: RETENCION DE IVA
TORREZ

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Octubre 12, 2006 Asunto:
ES OPTATIVA
Tópico: AVISO RFC
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2006 Asunto:
AUNQUE EN LAS ALTAS QUE HE VENIDO PRESENTNDO MES MES HE PRESENTADO EL 100% DE LOS TRABAJADORES -ACTIVOS Y NO ACTIVOS- Y DE IGUAL FORMA EL SAT HA EMITIDO UNA RELACION DE LOS TRABAJADORES QUE YA FUERON INSCRITOS
Tópico: AVISO RFC
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2006 Asunto:
CONFORME A CRITERIO MUY PERSONAL INTERPRETO QUE LOS TRABAJADORES QUE INSCRIBA A DICIEMBRE 2006 SERAN LOS QUE SE ENCUENTRAN ACTIVOS -VIGENTES- EN MI EMPRESA DADO QUE SEGURAMENTE ESTEARAN LABORANDO EN OTRA EMPRESA EN DONDE DEBERAN HACER LO PROPIO TAMBIEN.
Tópico: AUXILIO!! PROGRAMA INTEGRAL DE COMBATE A LA EVASION FISCAL!!
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto:
EL PRESENTAR COMPLEMENTARIA SERIA ACEPTAR EL ACTO, SALVO MEJOR OPINION...
Tópico: AUXILIO!! PROGRAMA INTEGRAL DE COMBATE A LA EVASION FISCAL!!
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto:
EN MI MUY HUMILDE OPINION NO TENDRIA PORQUE PRESENTAR COMPLEMENTARIA SI EFECTIVAMENTE EFECTUO EL PAGO Y TIENE LA FACTURA O RECIBO DE HONORARIOS; TODA VEZ QUE LA AUTORIDAD TAMPOCO PUEDE HACER NADA AL RESPECTO DADO QUE EL MISMO "PROVEEDOR" DEL SERVICIO SEGURAMENTE SALIO BIEN LIBRADO CON SU EMPRESA "DE PAPEL" COMO SE LES CONOCE.
Tópico: EXPORTACION VIRTUAL
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2006 Asunto:
...y al importar la segunda empresa paga el iva respecitvo -tratándose de importacion definitiva-. En los casos de mercancias hechas en méxico para exportación terminan importandose buena parte a México sin necesidad de trasladar mercancias fisicamente a la frontera. Igual esta empresa podria efectuar ventas nacionales hasta en un 90% de su totalidad sin perder su calidad de pitex. artículo 6º del Decreto: Exportar al menos 10 por ciento de las ventas totales anuales ó 500,000 dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en otras divisas, o bien facturen productos de exportación cuando menos por el 10% de sus ventas totales anuales en caso de solicitar importaciones temporales correspondientes a las categorías I y II. (artículo 5 del Decreto) I. Materias primas, partes y componentes, materiales auxiliares, envases, material de empaque, combustibles y lubricantes que se utilicen en el proceso de producción de las mercancías de exportación; II. Contenedores y cajas de traileres Exportar al menos 30 por ciento de las ventas totales anuales en caso de solicitar importaciones temporales de los bienes incluidos en la categoría III y IV. (artículo 5 del Decreto). III.- Herramienta, equipos y accesorios de investigación, de seguridad industrial y productos necesarios para la higiene, asepsia, y para la prevención y control de la contaminación ambiental de la planta productiva, manuales de trabajo y planos industriales, así como equipo de telecomunicación y cómputo, y IV.- Maquinaria, aparatos, instrumentos y refacciones para el proceso productivo, equipo de laboratorio, de medición y de prueba de sus productos y los requeridos para el control de calidad, para capacitación de su personal, así como equipo para el desarrollo administrativo de la empresa. Los bienes señalados que se importen temporalmente en términos de este Decreto (oct 2003), podrán permanecer en territorio nacional por los plazos establecidos en la Ley Aduanera. Los porcentajes a que se refiere este artículo también podrán ser calculados con respecto a plantas o proyectos específicos de exportación en cuyo caso el programa sólo será aplicable a dichas plantas o proyectos. Para los programas autorizados por proyecto específico de exportación, las exportaciones del producto objeto del programa deberán compensar como mínimo, al término del segundo año de operación, el valor de las importaciones de las mercancías comprendidas en las fracciones III y IV del artículo 5o. de este Decreto.
Tópico: Deducción de gastos en el extranjero
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2006 Asunto:
correcto !
Tópico: EXPORTACION VIRTUAL
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2006 Asunto:
DE ACUERDO... ESPEREMOS LA COMPLEMENTACION DE LA CONSULTA DE MLUNA

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