Foros


Inicio » Comercio Exterior

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
25/Sep/06 10:52
RETENCION DE IVA

BUENOS DIAS....

ALGUNA OPINION SOBRE EL PARTICULAR SE LOS AGRADECERIAMOS INFINITAMENTE DE ANTEMANO GRACIAS...

CON RELACION A LA OBLIGACIÓN DE RETENER EL I.V.A. LAS EMPRESAS QUE CUENTAN CON PROGRAMA PITEX, AL MOMENTO DE HACER PAGOS A SUS PROVEEDORES NACIONALES.

DE ACUERDO CON EL ART. 1-A FRACCION IV DE LA LEY DEL I.V.A. Y A LA REGLA 5.2.4. DE LA 1ra RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2006, DEROGADA EL 15 DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, LES SOLICITAMOS SE SIRVAN CONFIRMARNOS SI DICHA OBLIGACIÓN SE ELIMINA, O ES OPTATIVA, Y SI EL PROVEEDOR NACIONAL AL ACEPTAR LA RETENCION EN OPERACIONES DE COMPRA-VENTA POSTERIORES AL 15 DE AGOSTO DE 2006, INCURRE EN ALGUNA RESPONSABILIDAD?

teneriaalvarez@prodigy.net.mx
 
Perfil

teneriaalvarez
Soldado

Mensajes: 10
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Sep/06 17:17
Re: RETENCION DE IVA

Desde el 2003 los proveedores nacionales han estado facturando las enajenaciones realizadas a las empresas Pitex, Maquiladoras, Ecex, o de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, [u:eedd0a6b8b]con el IVA respectivo, mismo que ha sido retenido por los adquirentes en términos de los artículos 1o-A, fracción IV y 32, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)[/u:eedd0a6b8b], así como la regla 5.2.4. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2003, 2004 y 2005; empero, a partir del 1o de abril de 2006, se ha suscitado la incertidumbre respecto a si con la publicación de la citada regla para 2006 (DOF del 31 de marzo de 2006) desaparece la retención del IVA en las enajenaciones de proveedores nacionales a esas empresas, lo anterior al establecer que:

“Para los efectos de lo previsto en el artículo 1o.-A, fracción IV de la Ley del IVA, las empresas adquirentes efectuarán la retención del IVA sólo cuando previamente hayan proporcionado a los proveedores nacionales copia de la documentación oficial que las acredite como maquiladoras, Pitex o Ecex o como empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes, así como copia del programa de proveedores nacionales que indique los bienes autorizados por los que debe efectuar la retención del IVA que les hubiera sido trasladado.”

Cabe apuntar que la LIVA en el artículo 1o-A, fracción IV sustenta la obligación de efectuar la retención del impuesto que les hubiera sido trasladado a las empresas adquirentes, y que en ningún caso las condiciona a obtener el registro en un Programa de Proveedor Nacional (inexistente a la fecha) donde señale los bienes autorizados por los que se deba efectuar la mencionada retención, tal como lo establece la regla en comento, lo cual resulta contrario a derecho, al no disponerlo de esa manera la Ley de la materia.

Por lo tanto, en el evento de que la autoridad pretenda obligar al contribuyente a retener el IVA una vez que hubiere implementado el registro en cuestión, él mismo podrá impugnar la resolución al carecer de sustento jurídico, derivado de lo anterior.
 
Alejandro Gamborino
 
Perfil

aruiz
Capitán Primero

Mensajes: 732
Ingresó: Julio 28, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Sep/06 18:15
Re: RETENCION DE IVA

aruiz

Agradecemos sus comentarios sobre el particular esperando nos aclare nuestra dudas estamos a sus ordenes gracias
 
Perfil

teneriaalvarez
Soldado

Mensajes: 10
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Sep/06 18:35
Re: RETENCION DE IVA

teneriaalvarez[/b:d7ee6f23c5], al finalizar el texto indico que no hay sustento jurídico, por lo que mi muy humilde punto de vista es que [b:d7ee6f23c5]no habría ninguna responsabilidad al aceptar la retención.

Pero, esperemos mas opciones al respecto, que te permitan tomar una mejor decisión
 
Alejandro Gamborino
 
Perfil

aruiz
Capitán Primero

Mensajes: 732
Ingresó: Julio 28, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Oct/06 22:09
Re: RETENCION DE IVA

Aqui en fiscalia hay un artículo, espero te sirva..
http://www.fiscalia.com.mx/modules.php?name=News&sid=1510&mode=thread&order=1&thold=0&file=article&
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
Perfil

mluna
Capitán Primero

Mensajes: 824
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Oct/06 13:59

ES OPTATIVA
 
TORREZ & ASOCIADOS
 
Perfil

TORREZ
Teniente

Mensajes: 242
Ingresó: Mayo 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Oct/06 21:50
Re: RETENCION DE IVA

Como la ley del LIVA es de aplicación estricta, las empresas con programas de fomento deberán seguir reteniendo el IVA según lo establece la misma, y si la no retención les es favorable de acuerdo a lo que señala el Art. Trigésimo cuarto de las reglas , entonces podrán optar por el beneficio

Es una decisión de cada empresa de acuerdo a si sale beneficiada o no con la retención.

En mi punto de vista deberán seguir reteniendo el IVA para que no se vea afectado su flujo de efectivo..

Saludos
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
Perfil

mluna
Capitán Primero

Mensajes: 824
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1