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18/Sep/06 17:07
AVISO RFC

Hola, estoy confundida en algo. Como patrón para dar de alta a un trabajador como asalariado continúo presentando el disco magnético como antes?, o bien, es a traves de Internet


Gracias 8O
 

 
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wendy
Cabo

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18/Sep/06 17:37
Re: AVISO RFC

Creo que por ahora es igual ...en disco magnético..
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
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mluna
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18/Sep/06 21:21

ES IGUAL

SALUDOS
 
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lobozac
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19/Sep/06 17:00
Re: AVISO RFC

Si, por ahora es igual, en disco magnetico
:lol:
 
kathia una vez que conquistas tus miedos, conquistas tu vida :)
 
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kathia
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20/Sep/06 11:04
Re: AVISO RFC

Checate la regla 2.3.1.15 de la 4a. resulución del 28 de agosto......
se deberán presentar en diciembre los registros de asalariados
 
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mluna
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20/Sep/06 11:54
Re: AVISO RFC

[quote:66bdc308e7="mluna"]Checate la regla 2.3.1.15 de la 4a. resulución del 28 de agosto......
[color=red:66bdc308e7]se deberán presentar en diciembre [/color:66bdc308e7]los registros de asalariados[/quote:66bdc308e7] [color=blue:66bdc308e7]?????????[/color:66bdc308e7]


2.3.1.15. Para los efectos del artículo 27, quinto párrafo del CFF, las personas que perciban ingresos de los señalados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR, deberán ser inscritas por las personas que hagan pagos de los señalados en el Capítulo I, Título IV de la Ley del ISR, en la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
La solicitudes a que se refiere esta regla, se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en el Anexo 1, rubro C, numeral 9, inciso d), punto (3) de la presente Resolución. Esta información deberá presentarse ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente.


DONDE DICE QUE EN DICIEMBRE ?

SALUDOS
 
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lobozac
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20/Sep/06 14:13
Re: AVISO RFC

[quote:fda100805b="lobozac"][quote:fda100805b="mluna"]Checate la regla 2.3.1.15 de la 4a. resulución del 28 de agosto......
[color=red:fda100805b]se deberán presentar en diciembre [/color:fda100805b]los registros de asalariados[/quote:fda100805b] [color=blue:fda100805b]?????????[/color:fda100805b]


2.3.1.15. Para los efectos del artículo 27, quinto párrafo del CFF, las personas que perciban ingresos de los señalados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR, deberán ser inscritas por las personas que hagan pagos de los señalados en el Capítulo I, Título IV de la Ley del ISR, en la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
La solicitudes a que se refiere esta regla, se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en el Anexo 1, rubro C, numeral 9, inciso d), punto (3) de la presente Resolución. Esta información deberá presentarse ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente.


DONDE DICE QUE EN DICIEMBRE ?

SALUDOS[/quote:fda100805b]

Se me paso antoar que en el 5o. transitorio es hasta diciembre
Quinto. Para los efectos de la regla 2.3.1.15. de la presente Resolución, el dispositivo magnético a que se refiere la citada regla se presentará en diciembre de 2006.
 
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mluna
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20/Sep/06 14:30
Re: AVISO RFC

[quote:6483e381ae="mluna"][quote:6483e381ae="lobozac"][quote:6483e381ae="mluna"]Checate la regla 2.3.1.15 de la 4a. resulución del 28 de agosto......
[color=red:6483e381ae]se deberán presentar en diciembre [/color:6483e381ae]los registros de asalariados[/quote:6483e381ae] [color=blue:6483e381ae]?????????[/color:6483e381ae]


2.3.1.15. Para los efectos del artículo 27, quinto párrafo del CFF, las personas que perciban ingresos de los señalados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR, deberán ser inscritas por las personas que hagan pagos de los señalados en el Capítulo I, Título IV de la Ley del ISR, en la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
La solicitudes a que se refiere esta regla, se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en el Anexo 1, rubro C, numeral 9, inciso d), punto (3) de la presente Resolución. Esta información deberá presentarse ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente.


DONDE DICE QUE EN DICIEMBRE ?

SALUDOS[/quote:6483e381ae]

Se me paso antoar que en el 5o. transitorio es hasta diciembre
Quinto. Para los efectos de la regla 2.3.1.15. de la presente Resolución, el dispositivo magnético a que se refiere la citada regla se presentará en diciembre de 2006.[/quote:6483e381ae]



ES CORRECTO, CON LAS SALVEDAD DE INFORMAR LOS MOVIMIENTOS DE TRABAJADORES (ROTACION) QUE SE TENGAN "DE AQUI A DICIEMBRE" ......ASI LO DEBO ENTENDER ?

SALUDOS
 
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lobozac
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29/Sep/06 12:55

Este tema se vuelve de actualidad.
Ya viene el cierre de año,
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vabdo
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29/Sep/06 13:23

CONFORME A CRITERIO MUY PERSONAL INTERPRETO QUE LOS TRABAJADORES QUE INSCRIBA A DICIEMBRE 2006 SERAN LOS QUE SE ENCUENTRAN ACTIVOS -VIGENTES- EN MI EMPRESA DADO QUE SEGURAMENTE ESTEARAN LABORANDO EN OTRA EMPRESA EN DONDE DEBERAN HACER LO PROPIO TAMBIEN.
 
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TORREZ
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